Norma Legal Oficial del día 20 de enero del año 2016 (20/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Miércoles 20 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, su cumplimiento. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1335009-1

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Aprueban la modificación del Estatuto del Organismo Público Descentralizado de la Municipalidad Distrital de Los Olivos denominado Hospital Municipal Los Olivos
ORDENANZA N° 428-CDLO Los Olivos, 29 de diciembre de 2015. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOS OLIVOS VISTO: el Dictamen Nº 026-2015-MDLO/CPAL de la Comisión Permanente de Asuntos Legales. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 194º otorga autonomía a las Municipalidades, la que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, lo que es concordante con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo establece la Constitución Política del Perú, el Concejo Municipal cumple con la función normativa a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 200º Numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, el Hospital Municipal Los Olivos (en adelante HMLO), es un Organismo Público Descentralizado de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, constituido como tal a través de la Ordenanza Nº 139-CDLO (modificada por Ordenanza Nº 171-CDLO de fecha 17 de septiembre de 2004); siendo que, con Ordenanza Nº 417-CDLO del 14 de julio de 2015 se aprobó su nuevo Estatuto; Que, mediante Oficio N° 641-2015/HMLO/DG del 24 de diciembre de 2015 el Director Ejecutivo del HMLO remite el Informe Nº 158-2015-HMLO-OAJ del 22 de diciembre de 2015 de la Oficina de Asesoría Jurídica del Hospital Municipal Los Olivos que siendo el Estatuto la norma Interna de mayor jerarquía y en el que se establece los lineamientos a seguir en el desarrollo de las actividades de la entidad y, en mérito a los documentos de gestión aprobados con Resoluciones expedidas por el Concejo Directivo y el Director Ejecutivo, resulta necesario efectuar las modificaciones al Estatuto del Hospital Municipal Los Olivos, corrigiéndose errores materiales e incluyendo unidades orgánicas dependientes de la Oficina de Administración y Finanzas y la descripción de sus funciones y la inclusión de las funciones de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, anexando al mismo la propuesta de modificatoria; Que, mediante Proveído N° 4778-2015 de fecha 28 de diciembre de 2015, el Gerente Municipal remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica el Oficio N° 646-2015-HMLODE del Director Ejecutivo del Hospital Municipal Los Olivos, en el cual se adjunta el Informe N° 106-2015-HMLO-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Hospital Municipal Los Olivos donde advierte que se ha coberturado las plazas correspondientes a los jefes de oficinas y unidades orgánicas de la Oficina de Administración y Finanzas, debido

a la responsabilidad que conlleva el cargo y en función al Artículo 32° del Reglamento de Organización y Funciones aprobado con Resolución de Consejo Directivo N° 042015-HMLO de fecha 23 de setiembre de 2015, por lo tanto existe disponibilidad presupuestal dado que la cobertura para las plazas de Jefes de Oficina y Jefes de Unidades se encuentra programada y presentada a la Dirección Nacional del Presupuesto para el año fiscal 2016; Que, mediante Acta de la Novena Sesión Ordinaria del Consejo Directivo del Hospital Municipal Los Olivos, de fecha 28 de diciembre de 2015, se aprobó por unanimidad la modificación del Estatuto del Hospital Municipal Los Olivos, de conformidad con lo establecido en el Informe N° 158-2015-HMLO-OAJ del 22 de diciembre de 2015 de la Oficina de Asesoría Jurídica del Hospital Municipal Los Olivos; Que, de conformidad con lo establecido en el Estatuto vigente en el Título Sexto ­ Disposiciones Finales, Artículo Primero señala que: "La modificación del presente Estatuto se realizará mediante Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Los Olivos a propuesta del Consejo Directivo"; Que, mediante Informe N° 580-2015/MDLO/GAJ del 28 de diciembre de 2015 la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia de lo solicitado por el Consejo Directivo del Hospital Municipal Los Olivos referente a la propuesta de Modificación del Estatuto del Hospital Municipal Los Olivos; y la corrección de los errores materiales descritos en el Informe N° 158-2015-HMLOOAJ del 22 de diciembre de 2015 de la Oficina de Asesoría Jurídica del Hospital Municipal Los Olivos; Estando a lo expuesto, y en cumplimiento de lo señalado en los Artículos 9° Inciso 8) y 40° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto en mayoría del Pleno del Concejo y con la dispensa de lectura y aprobación del acta, ha dado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA Nº 428-CDLO QUE APRUEBA LA MODIFICATORIA DEL ESTATUTO DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS DENOMINADO HOSPITAL MUNICIPAL LOS OLIVOS Artículo Primero.- APROBAR las modificatorias al Estatuto del Organismo Público Descentralizado de la Municipalidad Distrital de Los Olivos denominado Hospital Municipal Los Olivos aprobado mediante Ordenanza Nº 417- CDLO de fecha 14 de julio de 2015, que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza el cual consta de índice y cuatro ítems; I) Inclusión de Unidades Orgánicas, II) Modificación por error material, III) Modificación de los Artículos 36º 37º 38º, IV) Inclusión de los Nuevos Artículos 39º 40º 41º 42º 43º 44º 45º 46º. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL, al DIRECTOR EJECUTIVO y al PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL HOSPITAL MUNICIPAL LOS OLIVOS el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza en cuanto sea de su competencia, a la SECRETARÍA GENERAL y a la GERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN su debida publicación para los fines de publicidad, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase PEDRO M.DEL ROSARIO RAMIREZ Alcalde 1334908-1

Prorrogan vigencia del Régimen de Excepción Tributaria para la deuda vencida e impaga por concepto de Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales establecido en la Ordenanza Nº 421-CDLO
DECRETO DE ALCALDÍA N° 19-2015-MDLO Los Olivos, 30 de diciembre de 2015. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS:

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