Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2016 (27/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Miércoles 27 de enero de 2016 /

El Peruano

Artículo 1º.- Autorizar la Actualización Cartográfica y Registro de Viviendas y Establecimientos, así como la ejecución de la "Encuesta Demográfica y de Salud Familiar ­ ENDES- 2016", que será aplicada a 35,900 viviendas ubicadas en el ámbito urbano y rural de los 24 departamentos del país y la Provincia Constitucional del Callao, la que estará a cargo de la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales y las Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática, pertinentes. Artículo 2º.- Aprobar, los cuestionarios de la referida Encuesta, los mismos que forman parte de la presente Resolución. Artículo 3º.- Establecer, como periodo de ejecución de las actividades descritas en el artículo 1º desde el 05 de enero al 31 de diciembre de 2016, las mismas que se efectuarán mediante entrevista directa. Registrese y comuníquese. ANIBAL SANCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1337736-2

Supremo Nº 042-2011-PCM; así como en la Resolución de Superintendente Nº 003-2016-SMV/02; RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la señora Sonia Leonor Talledo Espinosa, como responsable suplente del Libro de Reclamaciones de la Superintendencia del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Transcribir la presente resolución a la funcionaria designada y al Órgano de Control Institucional de la Superintendencia del Mercado de Valores ­ SMV. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS RIVERO ZEVALLOS Superintendente del Mercado de Valores (e) 1337742-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajadora de la SUNAT a Bélgica, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 017-2016/SUNAT Lima, 25 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que mediante Carta Nº 15.FL-0632E/P.P. de fecha 23 de diciembre de 2015, la Secretaría General de la Organización Mundial de Aduanas ­ OMA cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT para participar en la 15º Reunión del Grupo de Trabajo del Marco SAFE ­ SWG y en la Reunión de Miembros, a llevarse a cabo en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 23 al 26 de febrero de 2016; Que el objetivo de los citados eventos es conocer los resultados de las reuniones de los subgrupos SAFE, así como aportar respecto al desarrollo de la Guía de Validación y Módulos de Entrenamiento OEA, uso del Número de Identificación del Comerciante en el marco de los Acuerdos de Reconocimiento Mutuo del OEA, implementación estandarizada y armonizada de la Información Anticipada de la Carga (ACI) y recomendaciones sobre requisitos de información adicional para la Información Electrónica Anticipada (AEI); Que asimismo, se desarrollará un panel inicial dedicado a las discusiones sobre áreas potenciales a ser incluidas en el siguiente ciclo de revisión del Marco SAFE 2018; Que en la 13º Reunión del Grupo de Trabajo SAFE realizada en el mes de octubre de 2014, la representante del Perú fue elegida para ocupar la vicepresidencia del SWG por el período 2014-2015, para posteriormente asumir el cargo de presidente hasta el año 2017; Que la participación de la SUNAT en las referidas reuniones se enmarca dentro del objetivo estratégico institucional de garantizar la seguridad de la cadena logística, procurando armonizar el control aduanero y la facilitación del comercio exterior, en un marco de modernización del rol de las Aduanas, que busca proteger a la comunidad del comercio ilegal e incrementar la competitividad de la economía; Que adicionalmente a ello, los mencionados eventos son una oportunidad para mostrar los avances así como recoger experiencias respecto de la implementación del Operador Económico Autorizado a cargo de la SUNAT y el proceso de negociación de sus primeros Acuerdos de Reconocimiento Mutuo;

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Designan responsable suplente del Libro de Reclamaciones de la Superintendencia del Mercado de Valores
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 014-2016-SMV/02 Lima, 22 de enero de 2016 El Superintendente del Mercado de Valores (e) CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM se estableció la obligación de las entidades públicas comprendidas en los numerales 1 al 7 del artículo I del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, de contar con un Libro de Reclamaciones, en el cual las personas naturales o jurídicas podrán registrar sus reclamos, entendidos como la expresión de insatisfacción o disconformidad respecto de la atención brindada por la entidad pública en el ejercicio de su función administrativa; Que, la implementación de un Libro de Reclamaciones en el sector público tiene como finalidad establecer un mecanismo de participación ciudadana para salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atención en los trámites y servicios que se les brinda; Que, el artículo 5º del referido Decreto Supremo establece que mediante Resolución del titular de la entidad, se designará al Responsable del Libro de Reclamaciones de cada entidad y que las entidades deben informar a sus respectivos Órganos de Control Institucional sobre el cumplimiento de dicho Decreto Supremo; Que, en tal sentido, mediante Resolución CONASEV Nº 039-2011-EF/94.01.1, la señorita Nery Salas fue designada como Responsable del Libro de Reclamaciones de esta Superintendencia; Que, con el fin de mantener de modo ininterrumpido el servicio de atención sobre el registro de reclamaciones que pudieran presentar los usuarios a esta Superintendencia, corresponde designar a un servidor civil, para que asuma la responsabilidad del titular en caso de ausencia u otras circunstancias que impidan el ejercicio de sus funciones, y; Estando a lo dispuesto en el numeral 35 del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, y en el Decreto

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