Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2016 (11/02/2016)
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TEXTO DE LA PÁGINA 12
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NORMAS LEGALES
Jueves 11 de febrero de 2016 /
El Peruano
Aprueban "Listado de Locales Escolares que forman parte del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares para el año 2016"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 075-2016-MINEDU Lima, 10 de febrero de 2016 VISTOS: El Oficio N° 0655-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED, Informe Nº 004-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM, Informe Nº 144-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ; y, el Informe N° 107-2016-MINEDU-SG-OGAJ; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; asimismo, el literal i) del artículo 80 de la citada Ley, establece que es función del Ministerio de Educación, el liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa; Que, a través del literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autorizó al Ministerio de Educación, durante el año fiscal 2016, a financiar el Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares 2016, que incluye el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales escolares, el mejoramiento de los servicios sanitarios, la adquisición de útiles escolares y de escritorio, materiales para uso pedagógico y equipamiento menor, hasta por la suma de S/ 358 761 130,00 (trescientos cincuenta y ocho millones setecientos sesenta y un mil ciento treinta y 00/100 soles), los que consideran, hasta la suma de S/ 5 000 000,00 (cinco millones y 00/100 Soles), para el financiamiento de los gastos operativos del seguimiento de las actividades previstas en el citado Programa, y hasta S/ 50 000 000,00 (cincuenta millones y 00/100 soles), para la adquisición de útiles escolares y de escritorio, materiales de uso pedagógico, así como equipamiento menor, para primaria y secundaria; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 593-2014-MINEDU se aprobó la "Norma Técnica que regula la ejecución del Programa Anual de Mantenimiento de Locales Escolares" (Norma Técnica General), para establecer las normas, procedimientos generales, criterios y responsabilidades para la ejecución del referido Programa en las instituciones educativas públicas a nivel nacional; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 053-2016-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares para el año 2016" (Norma Técnica Específica), que establece etapas, procedimientos, criterios y responsabilidades para la ejecución del referido Programa, en el marco de lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; entre los cuales se encuentran los criterios de selección de locales escolares y de asignación de recursos económicos para la ejecución del mantenimiento de la infraestructura de locales escolares, la adquisición de útiles escolares y de escritorio, así como materiales para uso pedagógico y equipamiento menor; Que, mediante Oficio N° 0655-2016-MINEDU/VMGIPRONIED, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa PRONIED, remite el Informe Nº 004-2016-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGM de la Unidad Gerencial de Mantenimiento y el Informe N° 144-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, a través de los cuales se solicita la aprobación del "Listado de Locales Escolares que forman parte de la ejecución del Programa de Mantenimiento de
la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares para el año 2016", a fin de materializar la asignación de recursos a favor de 51,021 locales escolares; Que, por lo expuesto, resulta necesario aprobar el "Listado de Locales Escolares que forman parte del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares para el año 2016" bajo el alcance de la Norma Técnica Específica, que serán beneficiados con la entrega de recursos conforme a la distribución de montos asignados a cada local escolar en el marco de la ejecución del referido Programa; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley Nº 26510; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Listado de Locales Escolares que forman parte del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares para el año 2016", el mismo que como Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1344317-2
ENERGIA Y MINAS
Modifican diversos artículos del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo N° 018-92EM y modifican y actualizan el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM
DECRETO SUPREMO N° 003-2016-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, dispone que labor general es toda actividad minera que presta servicios auxiliares, tales como ventilación, desagüe, izaje o extracción a dos o más concesiones de distintos concesionarios. Asimismo, el artículo 20 de dicha Ley establece que la concesión de labor general otorga a su titular el derecho a prestar servicios auxiliares a dos o más concesiones mineras; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, el transporte minero es todo sistema utilizado para el transporte masivo continuo de productos minerales, por métodos no convencionales; y, tal como lo dispone el artículo 23, la concesión de transporte minero confiere a su titular el derecho de instalar y operar un sistema de transporte masivo continuo de productos minerales entre uno o varios centros mineros y un puerto o planta de beneficio, o una refinería o en uno o más tramos de estos trayectos; Que, el artículo 42 del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por el Decreto Supremo N° 018-92-