Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2016 (11/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Jueves 11 de febrero de 2016 /

El Peruano

Aprueban "Listado de Locales Escolares que forman parte del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares para el año 2016"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 075-2016-MINEDU Lima, 10 de febrero de 2016 VISTOS: El Oficio N° 0655-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED, Informe Nº 004-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM, Informe Nº 144-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ; y, el Informe N° 107-2016-MINEDU-SG-OGAJ; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; asimismo, el literal i) del artículo 80 de la citada Ley, establece que es función del Ministerio de Educación, el liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa; Que, a través del literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autorizó al Ministerio de Educación, durante el año fiscal 2016, a financiar el Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares 2016, que incluye el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales escolares, el mejoramiento de los servicios sanitarios, la adquisición de útiles escolares y de escritorio, materiales para uso pedagógico y equipamiento menor, hasta por la suma de S/ 358 761 130,00 (trescientos cincuenta y ocho millones setecientos sesenta y un mil ciento treinta y 00/100 soles), los que consideran, hasta la suma de S/ 5 000 000,00 (cinco millones y 00/100 Soles), para el financiamiento de los gastos operativos del seguimiento de las actividades previstas en el citado Programa, y hasta S/ 50 000 000,00 (cincuenta millones y 00/100 soles), para la adquisición de útiles escolares y de escritorio, materiales de uso pedagógico, así como equipamiento menor, para primaria y secundaria; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 593-2014-MINEDU se aprobó la "Norma Técnica que regula la ejecución del Programa Anual de Mantenimiento de Locales Escolares" (Norma Técnica General), para establecer las normas, procedimientos generales, criterios y responsabilidades para la ejecución del referido Programa en las instituciones educativas públicas a nivel nacional; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 053-2016-MINEDU, se aprobó la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares para el año 2016" (Norma Técnica Específica), que establece etapas, procedimientos, criterios y responsabilidades para la ejecución del referido Programa, en el marco de lo dispuesto en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; entre los cuales se encuentran los criterios de selección de locales escolares y de asignación de recursos económicos para la ejecución del mantenimiento de la infraestructura de locales escolares, la adquisición de útiles escolares y de escritorio, así como materiales para uso pedagógico y equipamiento menor; Que, mediante Oficio N° 0655-2016-MINEDU/VMGIPRONIED, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED, remite el Informe Nº 004-2016-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGM de la Unidad Gerencial de Mantenimiento y el Informe N° 144-2016-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, a través de los cuales se solicita la aprobación del "Listado de Locales Escolares que forman parte de la ejecución del Programa de Mantenimiento de

la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares para el año 2016", a fin de materializar la asignación de recursos a favor de 51,021 locales escolares; Que, por lo expuesto, resulta necesario aprobar el "Listado de Locales Escolares que forman parte del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares para el año 2016" bajo el alcance de la Norma Técnica Específica, que serán beneficiados con la entrega de recursos conforme a la distribución de montos asignados a cada local escolar en el marco de la ejecución del referido Programa; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley Nº 26510; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Listado de Locales Escolares que forman parte del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los Locales Escolares para el año 2016", el mismo que como Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1344317-2

ENERGIA Y MINAS
Modifican diversos artículos del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo N° 018-92EM y modifican y actualizan el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM
DECRETO SUPREMO N° 003-2016-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, dispone que labor general es toda actividad minera que presta servicios auxiliares, tales como ventilación, desagüe, izaje o extracción a dos o más concesiones de distintos concesionarios. Asimismo, el artículo 20 de dicha Ley establece que la concesión de labor general otorga a su titular el derecho a prestar servicios auxiliares a dos o más concesiones mineras; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, el transporte minero es todo sistema utilizado para el transporte masivo continuo de productos minerales, por métodos no convencionales; y, tal como lo dispone el artículo 23, la concesión de transporte minero confiere a su titular el derecho de instalar y operar un sistema de transporte masivo continuo de productos minerales entre uno o varios centros mineros y un puerto o planta de beneficio, o una refinería o en uno o más tramos de estos trayectos; Que, el artículo 42 del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por el Decreto Supremo N° 018-92-

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