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578909 NORMAS LEGALES Jueves 25 de febrero de 2016 El Peruano / 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/.120 000.00 Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1° de la presente resolución se efectuará según el siguiente detalle: A la Región Loreto : Organismo Público Pliego : N° 453 Gobierno Regional de Loreto Unidad Ejecutora : N° 0001 Sede Central –Región Loreto Unidad Ejecutora SIAF : N° 00861 Entidad Bancaria : Banco de la Nación Cuenta Corriente : N° 00-521-034548 CCI : N° 018-521000521034548-53 RUC : N° 20493196902 Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en la Adenda de Ampliación del Convenio de Cooperación y Gestión celebrado, entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Loreto correspondiente al 30 de diciembre de 2015. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1348601-1 PRODUCE Reconforman los Comités Permanentes de Normalización y Acreditación del INACAL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 017-2016-INACAL/PE Lima, 22 de febrero de 2016 VISTO Las Notas N° 80-2015-INACAL/DN y N° 12-2016-INACAL/DN de la Dirección de Normalización; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30224, se crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad – INACAL, como un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, que constituye Pliego Presupuestal y cuenta con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; Que, los numerales 19.1 y 19.4 del artículo 19 de la citada Ley, establecen que, el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, goza de autonomía técnica y funcional y ejerce funciones a nivel nacional. Puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas y cuenta con un comité permanente de normalización, cuya conformación y principales atribuciones se desarrollan en el artículo 22 de la antes referida Ley; Que, el numeral 22.1 del artículo 22 de la Ley N° 30224, establece que el Comité Permanente de Normalización es un cuerpo colegiado de cuatro miembros, encargado de custodiar la imparcialidad y velar por el cumplimiento de los principios y políticas de normalización; Que, el numeral 22.4 del artículo 22 de la citada Ley dispone que el cargo de miembro del Comité Permanente de Normalización es retribuido mediante el pago de dietas; cuyos montos serán aprobados en el presente año fi scal en virtud de la autorización otorgada por la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, cuya Quincuagésima Disposición Complementaria Final ha autorizado en su literal b) la aprobación de dietas para el citado Comité Permanente; razón por la cual, en tanto se gestione su aprobación y autorización, el cargo será ejercido de manera Ad Honorem; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 072-2015-INACAL/PE, se designó al Comité Permanente de Normalización del INACAL; siendo necesario dar por concluidas las citadas designaciones, así como, designar a las personas que lo conformarán; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Dirección de Normalización y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modifi cado por Decreto Supremo Nº 008-2015-PRODUCE; la Resolución Suprema Nº 004-2015-PRODUCE y la Resolución Ministerial N° 178-2015-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de los miembros del Comité Permanente de Normalización del Instituto Nacional de Calidad, a que se refi ere el artículo 2 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 072-2015-INACAL/PE, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Reconformar el Comité Permanente de Normalización del Instituto Nacional de Calidad, el cual queda conformado por las siguientes personas: - José Carlos Flores Molina Presidente - Humberto Ángel Zúñiga Schroder Miembro - María Luisa Espinosa Talavera Miembro - Fanny Emma Ludeña Urquizo Miembro Artículo 3.- Precisar que los integrantes del Comité Permanente de Normalización, ejercen las funciones de dicho cargo Ad Honorem, en tanto se aprueben los montos de las dietas conforme a lo autorizado por la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Artículo 4.- Notifi car la presente resolución a las personas a señaladas en los artículos 1 y 2 de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCÍO BARRIOS ALVARADO Presidenta Ejecutiva Instituto Nacional de Calidad 1348876-1 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 018-2016-INACAL/PE Lima, 22 de febrero de 2016 VISTO: El Informe N° 004-2016-INACAL/DA de la Dirección de Acreditación; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30224, se crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad – INACAL, como un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, que constituye Pliego Presupuestal y cuenta con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; Que, los numerales 25.1 y 25.5 del artículo 25 de la citada Ley, establecen que, el órgano de línea responsable de la materia de acreditación del INACAL, es la autoridad