Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2016 (28/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Domingo 28 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la presente ordenanza y la reglamente de considerarlo conveniente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WALTER ESTEBAN SALINAS ACOSTA (e) Alcaldía

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Modifican la R.A. N° 280-2015/MDSMP, en el extremo de dejar sin efecto el plano signado N° 059-2015-SGCHU-GDU/MDSMP y aprueban nuevo plano de Lotización con su memoria descriptiva
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 085-2016/MDSMP
San Martín de Porres, 16 de febrero de 2016 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES VISTO: El expediente Nº 06968-2016 de fecha 04/02/2016, promovido por la "Asociación de Propietarios de San Remo II" (APSR II), quien pone en conocimiento sobre la esquela de observaciones del Registrador Público de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ­ SUNARP sobre el titulo Nº 2015-01122351 respecto de la rogatoria de inscripción de la Resolución de Alcaldía Nº 250-2013/MDSMP y Resolución de Alcaldía Nº 280-2015/ MDSMP del proceso de Habilitación Urbana De Oficio de la Urbanización Residencial San Remo II; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 250-2013/ MDSMP de fecha 11/10/2013 se declaró de oficio la aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble con un área de 79,200.00 m2, constituido por el terreno Inscrito en la Partida Electrónica Nº43931725 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, sobre el cual se ha constituido la "Urbanización Residencial San Remo II", ubicado en nuestra jurisdicción; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 280-2015/ MDSMP de fecha 12/11/2015 se modifica entre otros el artículo Segundo de la Resolución de Alcaldía Nº 2502013/MDSMP, dejando sin efecto el plano signado Nº 046-2013-SGCHU-GDU/MDSMP y aprobando en su lugar el plano signado Nº 059-2015-SGCHU-GDU/MDSMP; Que presentada la rogatoria para la Inscripción Registral de la Resolución de Alcaldía Nº 250-2013/ MDSMP y Resolución de Alcaldía Nº 280-2015/MDSMP, el Registrador Público de la SUNARP, mediante esquela de observación, indica una serie de observaciones de índole técnico de adecuación y error material; Que, con Informe Técnico Nº 023-2016-SMSSGHUySFL-GDU/MDSMP de fecha 15/02/2016, el técnico de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas y Saneamiento Físico Legal, señala que consta en el expediente una esquela de observaciones de SUNARP, en la que se advierte, las discrepancias en el cuadro de áreas del plano aprobado signado con el Nº 059-2015-SGCHUGDU/MDSMP y la Resolución de Alcaldía Nº 280-2015/ MDSMP, asimismo de la áreas de compensación y se aclara que el número de expediente que se menciona en la resolución, es porque la "Asociación de Propietarios de San Remo II," solo pone en conocimiento de la esquela de observación a fin de que la municipalidad levante dichas observaciones y continúe el proceso de inscripción de la habilitación urbana de Oficio ante la SUNARP, para lo cual es necesario aprobar un nuevo plano que levante las observaciones realizadas por la SUNARP; Que, a través del memorándum Nº 099-2016-GDUMDSMP del 16/02/2016, la Gerencia de Desarrollo Urbano emite su conformidad al remitir el Informe Nº 016-

2016- SGHUySFL-GDU-MDSMP de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas y Saneamiento Físico Legal, donde se indica el levantamiento de la observación antes descrita ha generado la corrección en el plano de lotización lo que implica aprobar un nuevo plano de trazado y lotización con su respectiva memoria descriptiva, que levante las observaciones, para continuar con el proceso de inscripción de la habilitación urbana de Oficio de la "Urbanización Residencial San Remo II"; Que, con Informe Nº 218-2016-MMM-GDU/MDSMP de fecha 16/02/2016 del abogado adscrito a la Gerencia de Desarrollo Urbano, considerando el artículo 201.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, opina que debe expedirse el acto administrativo a fin de levantar las observaciones de la SUNARP, que de acuerdo al artículo 201º numeral 201.1 de la Ley 27444, "todo error material o aritmético los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo en cualquier momento , de oficio o a insistencia de los administrados siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión"; De conformidad con los artículos 20º, inciso 6); 39º y 43º de la Ley Nº27972-Ley Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 29090-Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, su modificatoria Ley Nº 29898, así como su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-Vivienda, y su Modificatoria Decreto Supremo Nº 014-2015-VIVIENDA, con la Visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano; RESUELVE: Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo PRIMERO de la Resolución de Alcaldía Nº 280-2015/MDSMP de fecha 25/02/2015, en el extremo de DEJAR SIN EFECTO el plano signado Nº 059-2015-SGCHU-GDU/MDSMP, en consecuencia APROBAR el nuevo plano de Lotización Nº 006-2016-SGHUy SFL-GDU-MDSMP con su respectiva memoria descriptiva de acuerdo al siguiente cuadro general de áreas que se detalla a continuación:
DESCRIPCION ÁREA BRUTA ÁREA ÚTIL ÁREA DE RECREACIÓN PÚBLICA ÁREA DE MINISTERIO DE EDUCACIÓN AREA REMANENTE: (Mzna G-AR1 y AR 2) (Mzna E-AR 3 y AR 4) ÁREA DE COMPENSACIÓN ÁREA DE VIAS METROPOLITANAS Av. Cuzco --------- 7,781.96 m2. Av. Bertello --------- 9,804.02 m2. ÁREA DE VIAS LOCALES ÁREA (m2) 79,200.00 m2 40,675.90 m2 5,241.85 m2 951.66 m2 350.21m2 2,106.75 m2 17,585.98 m2 12,287.65 m2

Ratificando todos los demás extremos del artículo PRIMERO de la Resolución de Alcaldía Nº 280-2015/ MDSMP de fecha 25/02/2015. Artículo Segundo.- RATIFICAR en todos los demás extremos el contenido de la Resolución de Alcaldía Nº 2802015/MDSMP de fecha 25/02/2015. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de (30) días siguientes a su notificación, a cargo y costo del propietario del predio objeto de la Habilitación Urbana de Oficio. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR conforme a Ley a la "Asociación de Propietarios de San Remo II" (APSR II), el contenido de la presente resolución para su conocimiento y fines. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WALTER ESTEBAN SALINAS ACOSTA (e) Alcaldía

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