Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2016 (28/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Jueves 28 de julio de 2016
Nº 412 413 414 415 416 417 418 419 420 421 422 423 424 425 426 427 428 429 430 431 432 433 434 435 436 437 438 439 440 441 442 443 444 445 446 447 448 449 450 451 452 453 454 455 456 457 458 459 460 TARATA 12. TACNA TACNA YUNGUYO CANDARAVE SANDIA SAN ROMAN 11. PUNO MOHO PUNO MELGAR DEPARTAMENTO PROVINCIA LAMPA CABANILLA CALAPUJA LAMPA OCUVIRI PALCA PARATIA SANTA LUCIA VILAVILA ANTAUTA AYAVIRI CUPI UMACHIRI LLALLI MACARI SANTA ROSA NUÑOA HUAYRAPATA ACORA CHUCUITO MAÑAZO PICHACANI PLATERIA PUNO SAN ANTONIO TIQUILLACA SAN ANTONIO DE PUTINA ANANEA

NORMAS LEGALES
DISTRITO Nº 8 9 10 11 12 13 14 15 16 2 MADRE DE DIOS 17 18 19 20 21 MANU TAHUAMANU TAMBOPATA 1 LORETO DEPARTAMENTO PROVINCIA REQUENA SOPLIN TAPICHE YAQUERANA LABERINTO LAS PIEDRAS INAMBARI TAMBOPATA TAHUAMANU IÑAPARI IBERIA MADRE DE DIOS FITZCARRALD MANU HUEPETUHE

595355
DISTRITO

1410183-2

Aprueban la Actualización del Plan de Estrategia Publicitaria Institucional "Perú, Progreso para Todos" 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 154-2016-PCM Lima, 25 de julio de 2016 VISTO: El Memorando N° 007-2016-PCM/OGCS/ DN de la Oficina General de Comunicación Social que sustenta la actualización del Plan de Estrategia Publicitaria Institucional "Perú, Progreso para Todos" 2016; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28874, Ley que Regula la Publicidad Estatal, se establecen los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2 de la precitada Ley, se entiende por publicidad estatal, aquélla que tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, siendo de aplicación a los rubros de publicidad institucional en las entidades y dependencias que conforman el Gobierno Nacional, Regional o Local; Que, el artículo 3 de la citada Ley N° 28874, dispone que, para la autorización de la realización de publicidad estatal se debe contar con un Plan de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las cuales deben adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; Que, en atención a lo establecido por el artículo 3 de la precitada Ley, a través de la Resolución Ministerial N° 0842016-PCM se aprobó el Plan de Estrategia Publicitaria Institucional "Perú, Progreso para Todos" 2016; Que, mediante el documento del visto, la Oficina General de Comunicación Social, en el marco de sus funciones, solicita la actualización del Plan de Estrategia Publicitaria Institucional "Perú, Progreso para Todos" 2016, dirigida a actualizar los recursos presupuestales para la implementación de la estrategia; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en el ámbito de su competencia, mediante el Informe N° 175-2016-PCM/OGPP emite opinión favorable para la aprobación de la propuesta de actualización del Plan referido precedentemente, tanto el aspecto de planeamiento como de presupuesto, conforme a los términos contenidos en el mencionado documento; Con el visado de la Oficina General de Comunicación Social, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, y el Reglamento de

PEDRO VILCA APAZA PUTINA QUILCAPUNCU SINA CABANILLAS CABANA JULIACA CUYOCUYO LIMBANI PATAMBUCO YUNGUYO CAIRANI CAMILACA CANDARAVE HUANUARA QUILAHUANI PACHIA PALCA ESTIQUE-PAMPA SUSAPAYA TARATA TARUCACHI TICACO

FRIAJE Nº 1 2 3 4 5 6 7 ALTO AMAZONAS LORETO 1 LORETO UCAYALI MAYNAS DEPARTAMENTO PROVINCIA DATEM DEL MARAÑON ANDOAS PASTAZA CONTAMANA NAPO INDIANA JEBEROS TROMPETERO DISTRITO

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