TEXTO PAGINA: 15
595357 NORMAS LEGALES Jueves 28 de julio de 2016 El Peruano / VISTO: El Ofi cio N° 1129-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, sobre propuesta de exclusión de la Agencia Zonal Tumbes del ámbito de intervención de la Dirección Zonal Piura; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI, de fecha 13 de enero de 2015, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, en virtud de la cual la Dirección Zonal Piura incluye dentro de su ámbito de intervención, entre otras, a la Agencia Zonal Tumbes; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0486-2015-MINAGRI, de fecha 05 de octubre de 2015, se modifi caron los artículos 38 y 43 del Manual de Operaciones del mencionado Programa, incorporándose como nueva dirección zonal a la Dirección Zonal Tumbes, cuyo ámbito de intervención comprende a las provincias de Tumbes, Contralmirante Villar y Zarumilla; Que, mediante documento del Visto, el Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL propone se excluya la Agencia Zonal Tumbes del ámbito de intervención de la Dirección Zonal Piura, sustentado en el Informe Técnico N° 056-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL –OPP/ UPS y el Informe Legal N° 326-2016-MINAGRI-DVDIAR- AGRO RURAL/ OAL, en los que se recomienda excluir la Agencia Zonal Tumbes del ámbito de intervención de la Dirección Zonal de Piura, pues el ámbito de intervención de la Dirección Zonal de Tumbes cubre la provincia de Tumbes; Que, a través del Memorándum N° 778-2016-MINAGRI-OGPP/ODOM, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Técnico N° 058-2016-MINAGRI-ODOM/OGPP, de la Ofi cina de Desarrollo Organizacional y Modernización, en el cual se emite opinión favorable sobre la propuesta de exclusión de la Agencia Zonal Tumbes del ámbito de intervención de la Dirección Zonal de Piura; Que, estando a los fundamentos reseñados, corresponde excluirse la Agencia Zonal Tumbes del ámbito de intervención de la Dirección Zonal de Piura, debiéndose, en consecuencia, modifi car los artículos 38 y 43 del Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario – AGRO RURAL; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car los artículos 38 y 43 del Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, aprobado por Resolución Ministerial N° 0015 – 2015-MINAGRI, modifi cado por las Resoluciones Ministeriales N°0486-2015-MINAGRI, N°0588-2015-MINAGRI, N°0197-2016-MINAGRI y N°0376-2016-MINAGRI, excluyendo del ámbito de intervención y dependencia jerárquica de la Dirección Zonal de Piura a la Agencia Zonal Tumbes, en los términos siguientes: “Artículo 38.- Ámbito de intervención en las Direcciones Zonales y Agencias Zonales. El ámbito de intervención de las Direcciones Zonales y Agencias Zonales es el siguiente: (…) DIRECCIONES ZONALES N° AGENCIAS ZONALES ÁMBITO DE INTERVENCIÓN (Provincias) PIURA 1 AYABACA Ayabaca 2 HUANCABAMBA Huancabamba (…) Artículo 43.- Relación de Puestos AGRO RURAL tiene la siguiente relación de puestos: N° DENOMINACIÓN DEL PUESTO NÚMERO DE PUESTOS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS Dirección Zonal Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Puno, Pasco, Piura, Tacna, Moquegua, Tumbes. 28 Director Zonal 19 Agencia Zonal 29 Jefe Zonal 92 ” Artículo 2.- Quedan subsistentes los demás extremos del Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL. Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob. pe) y en el Portal Institucional del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural. gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta Resolución en el referido Diario Ofi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1410134-1 AMBIENTE Aceptan renuncia de Secretario General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 190-2016-MINAM Lima, 26 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 293- 2011-MINAM de fecha 14 de diciembre de 2011, se designó al señor Ruperto Andrés Taboada Delgado, en el cargo de Secretario General del Ministerio del Ambiente; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, en tal sentido es necesario aceptar su renuncia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Ruperto Andrés Taboada Delgado, en el cargo de Secretario General del Ministerio del Ambiente, con efectividad al 31 de julio de 2016, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1409647-1