Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2016 (28/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Jueves 28 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Oficio N° 1129-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, sobre propuesta de exclusión de la Agencia Zonal Tumbes del ámbito de intervención de la Dirección Zonal Piura; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI, de fecha 13 de enero de 2015, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, en virtud de la cual la Dirección Zonal Piura incluye dentro de su ámbito de intervención, entre otras, a la Agencia Zonal Tumbes; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0486-2015-MINAGRI, de fecha 05 de octubre de 2015, se modificaron los artículos 38 y 43 del Manual de Operaciones del mencionado Programa, incorporándose como nueva dirección zonal a la Dirección Zonal Tumbes, cuyo ámbito de intervención comprende a las provincias de Tumbes, Contralmirante Villar y Zarumilla; Que, mediante documento del Visto, el Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL propone se excluya la Agencia Zonal Tumbes del ámbito de intervención de la Dirección Zonal Piura, sustentado en el Informe Técnico N° 056-2016-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL ­OPP/ UPS y el Informe Legal N° 326-2016-MINAGRI-DVDIARAGRO RURAL/ OAL, en los que se recomienda excluir la Agencia Zonal Tumbes del ámbito de intervención de la Dirección Zonal de Piura, pues el ámbito de intervención de la Dirección Zonal de Tumbes cubre la provincia de Tumbes; Que, a través del Memorándum N° 778-2016-MINAGRI-OGPP/ODOM, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Técnico N° 058-2016-MINAGRI-ODOM/OGPP, de la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización, en el cual se emite opinión favorable sobre la propuesta de exclusión de la Agencia Zonal Tumbes del ámbito de intervención de la Dirección Zonal de Piura; Que, estando a los fundamentos reseñados, corresponde excluirse la Agencia Zonal Tumbes del ámbito de intervención de la Dirección Zonal de Piura, debiéndose, en consecuencia, modificar los artículos 38 y 43 del Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario ­ AGRO RURAL; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar los artículos 38 y 43 del Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL, aprobado por Resolución Ministerial N° 0015 ­ 2015-MINAGRI, modificado por las Resoluciones Ministeriales N°0486-2015-MINAGRI, N°0588-2015-MINAGRI, N°0197-2016-MINAGRI y N°0376-2016-MINAGRI, excluyendo del ámbito de intervención y dependencia jerárquica de la Dirección Zonal de Piura a la Agencia Zonal Tumbes, en los términos siguientes: "Artículo 38.- Ámbito de intervención en las Direcciones Zonales y Agencias Zonales. El ámbito de intervención de las Direcciones Zonales y Agencias Zonales es el siguiente: (...)
DIRECCIONES N° ZONALES PIURA 1 2 AGENCIAS ZONALES AYABACA HUANCABAMBA ÁMBITO DE INTERVENCIÓN (Provincias) Ayabaca Huancabamba

Artículo 43.- Relación de Puestos AGRO RURAL tiene la siguiente relación de puestos:
N° DENOMINACIÓN DEL PUESTO ÓRGANOS DESCONCENTRADOS Dirección Zonal Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Puno, Pasco, Piura, Tacna, Moquegua, Tumbes. 28 Director Zonal Agencia Zonal 29 Jefe Zonal 92 19 NÚMERO DE PUESTOS

" Artículo 2.- Quedan subsistentes los demás extremos del Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL. Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob. pe) y en el Portal Institucional del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRO RURAL (www.agrorural. gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta Resolución en el referido Diario Oficial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1410134-1

AMBIENTE
Aceptan renuncia de Secretario General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 190-2016-MINAM Lima, 26 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 2932011-MINAM de fecha 14 de diciembre de 2011, se designó al señor Ruperto Andrés Taboada Delgado, en el cargo de Secretario General del Ministerio del Ambiente; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, en tal sentido es necesario aceptar su renuncia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Ruperto Andrés Taboada Delgado, en el cargo de Secretario General del Ministerio del Ambiente, con efectividad al 31 de julio de 2016, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1409647-1

(...)

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