Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2016 (28/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Jueves 28 de julio de 2016

NORMAS LEGALES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 184-2016-MINAM

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procesos de promoción bajo su competencia, conforme lo establece el artículo 6 del citado Decreto Legislativo y como Órgano de coordinación con Proinversión en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a éste último; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1224, señala que la designación de los miembros del Comité de Inversiones se efectúa mediante Resolución Ministerial, que debe ser publicada en el diario oficial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas; Que, de acuerdo al numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, el Comité de Inversiones de un Ministerio es un órgano colegiado integrado por tres funcionarios de la Alta Dirección o titulares de órganos de línea o asesoramiento de la entidad, los cuales ejercen sus funciones conforme a la Ley y el Reglamento; Que, mediante Informe N° 250-2016-MINAM/SG/OPP la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha sustentado la necesidad de designar a los miembros del Comité de Inversiones del Ministerio del Ambiente; Que, en consecuencia, resulta necesario crear el Comité de Inversiones del Ministerio del Ambiente, así como designar a sus miembros; Con el visado de la Secretaría General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM; y, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Crear el Comité de Inversiones del Ministerio del Ambiente en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 4102015-EF. Artículo 2.- Designar a los miembros del Comité de Inversiones del Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: - El/la Secretario/a General, quien lo presidirá. - Un/a Representante del Viceministerio de Gestión Ambiental. - Un/a Representante del Viceministerio Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales. Artículo 3.- El Comité de Inversiones del Ministerio del Ambiente desarrollará sus funciones conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF. Artículo 4.- Transcribir la presente resolución a los miembros designados del Comité de Inversiones del Ministerio del Ambiente, y remitir copia de la misma al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano. Asimismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1409935-4 FE DE ERRATAS

Mediante Oficio Nº 843-2016-MINAM/SG, el Ministerio del Ambiente solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 184-2016-MINAM, publicada en la edición del día 20 de julio de 2016. DICE: Visto, el Memorando N° 321-2016-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 127-2016-MINAM/VMGA/DGPNIGA de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 440-2016-MINAM/SG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y demás antecedentes; y, DEBE DECIR: Visto, el Memorando N° 321-2016-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 107-2016-MINAM/VMGA/DGPNIGA de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 440-2016-MINAM/SG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y demás antecedentes; y, 1409554-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Aceptan renuncia de Asesora I del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 232-2016-MINCETUR Lima, 27 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial, 201-2013-MINCETUR/DM, de fecha 02 de agosto de 2013, se designó a la abogada Allyson Cecilia Jaramillo Ortiz, en el cargo de Asesor I del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, Nivel F-3, cargo considerado de confianza; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, la cual es pertinente aceptar; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594 ­ Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y la Ley N° 27790 Ley de Organización y Funciones del MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por la abogada Allyson Cecilia Jaramillo Ortiz, en el cargo de Asesor I del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Nivel F-3, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1410127-1

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