Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2016 (03/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Viernes 3 de junio de 2016 /

El Peruano

Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 0285-2016MTC/28, ampliado con Informe N° 1364-2016-MTC/28, opina que resulta procedente aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 451-2011-MTC/03 al señor HERMENEGILDO AGUSTIN PEREZ CHAVEZ, a favor de la empresa RADIO BOLIVAR E.I.R.L., y reconocer a esta última como nueva titular de la citada autorización, asumiendo los derechos y obligaciones derivados de la misma; al haberse cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorización solicitada, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley N° 28278, su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 4512011-MTC/03 al señor HERMENEGILDO AGUSTIN PEREZ CHAVEZ, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Angasmarca ­ Cachicadan ­ Santa Cruz de Chuca ­ Santiago de Chuco, departamento de La Libertad, a favor de la empresa RADIO BOLIVAR E.I.R.L., conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión. Artículo 2.- Reconocer a la empresa RADIO BOLIVAR E.I.R.L. como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 451-2011MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1387231-1

comercial por televisión en VHF, en la localidad de Nauta, departamento de Loreto; Que, con Oficio N° 001421-2015/SGEN/RENIEC del 4 de noviembre de 2015 (registro P/D N° 193999), el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­ RENIEC remite copia autenticada del Acta de Defunción N° 5000312832 de la señora ROSA MARÍA SOLEDAD LA MADRID OLIVA con D.N.I. N° 06799766, en la que figura como fallecida el 19 de octubre de 2014, emitida por la Oficina Registral de Miraflores; Que, el literal a) del artículo 31 de la Ley de Radio y Televisión - Ley N° 28278, dispone que la autorización del servicio de radiodifusión se extingue por "Muerte, extinción o declaratoria de quiebra del titular, según sea el caso."; Que, a su vez, el artículo 81 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, dispone "La resolución que deja sin efecto o la configuración de alguna de las causales de extinción de la autorización, extingue todos los derechos que hayan sido otorgados"; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 2002-2015MTC/28, opina que corresponde declarar la extinción de la autorización otorgada con Resolución Viceministerial N° 465-2012-MTC/03 a la señora ROSA MARÍA SOLEDAD LA MADRID OLIVA, en aplicación de lo dispuesto en el literal a) del artículo 31 de la Ley de Radio y Televisión, concordado con el artículo 81 de su Reglamento, al haberse producido el fallecimiento de dicha persona con fecha 19 de octubre de 2014; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278 y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Estando a lo opinando por la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que ha quedado extinguida al 19 de octubre de 2014, la autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 465-2012-MTC/03 a la señora ROSA MARÍA SOLEDAD LA MADRID OLIVA, para prestar servicio de radiodifusión comercial por televisión en VHF, en la localidad de Nauta, departamento de Loreto; por lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, Artículo 2º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER CORONADO SALEH Viceministro de Comunicaciones 1387227-1 RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 769-2016-MTC/03 Lima, 19 de mayo de 2016 VISTOS, el Informe N° 2635-2015-MTC/28 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones y el Oficio N° 010885-2015/GRI/ SGARF/RENIEC del 28 de octubre de 2015 del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­ RENIEC; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial N° 418-2009-MTC/03 del 8 de setiembre de 2009, se otorgó autorización al señor JOSE NICOLAS FACHO BALLADARES, por el plazo de diez (10) años, que incluyó un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para prestar el servicio de radiodifusión

Declaran extinguidas autorizaciones otorgadas mediante RR.VVMMs. N°s. 4652012-MTC/03 y 418-2009-MTC/03 para prestar servicios de radiodifusión en VHF y FM
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 768-2016-MTC/03 Lima, 19 de mayo de 2016 VISTOS, el Informe N° 2002-2015-MTC/28 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones y el Oficio N° 001421-2015/SGEN/ RENIEC del 4 de noviembre de 2015; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial N° 4652012-MTC/03 del 26 de diciembre de 2012, se otorgó autorización a la señora ROSA MARÍA SOLEDAD LA MADRID OLIVA, por el plazo de diez (10) años, que incluyó un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para prestar el servicio de radiodifusión

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