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589098 NORMAS LEGALES Jueves 9 de junio de 2016 / El Peruano CÓDIGO Nº INFRACCION SANCION % UIT MEDIDA COMPLE- MENTARIA 05.006 Arrojar y/o depositar residuos sólidos de cualquier origen o naturaleza en áreas de uso público, privado y en lugares autorizados solo para determinado tipo de residuos. 20% 05.007 Incinerar residuos sólidos de cualquier origen o naturaleza en áreas de uso público y privado. 15% 05.008 Disponer los residuos sólidos de cualquier origen o naturaleza en la zona ribero costera. 100% DENUNCIA PENAL 05.009 Abandonar por más de un día los materiales o residuos provenientes de la limpieza de redes públicas de desagüe. 10% 05.010 Realizar cualquier actividad involucrada al Manejo de Residuos Sólidos (almacenamiento, recolección, cualquier forma de transporte, tratamiento y disposición fi nal) sin cumplir las normas técnicas vigentes o sin autorización, correspondientes a: a) Urbano b) Especial c) Peligroso 15% 25% 100% - Internamiento de vehículo menor. - Inmovilización de vehículo mayor. DENUNCIA PENAL 05.011 Segregar y esparcir residuos sólidos en la vía pública, luego que estos fueran dispuestos por los vecinos 10% 05.012 Recoger y/o comercializar los residuos sólidos urbanos o segregados a través de operadores que no cuenten con autorizaciones correspondientes. 15% 05.013 Permitir la acumulación de residuos sólidos en los terrenos sin construir. 15% 05.014 No efectuar la limpieza de los espacios públicos y la recolección de residuos sólidos a más tardar al día siguiente de la realización de eventos, ferias, manifestaciones u otras actividades. 15% DISPOSICIONES FINALES Primera.- Modifíquese e Incorpórese las infracciones contenidas en el artículo 12º de la presente Ordenanza en el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad, aprobado mediante Ordenanza Nº 020-2008-MDLP, dejando sin efecto toda aquella que se oponga a la presente ordenanza. Segunda.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios Comunales y Gestión Ambiental, la Sub Gerencia de Limpieza Pública, la Gerencia de Seguridad y la Sub Gerencia de Policía Municipal. Tercera.- Disponer que la Sub Gerencia de Limpieza Publica, proceda a difundir el horario específi co de recolección a fi n de mejorar el Servicio de Recolección de Residuos Sólidos, vigilando su cumplimiento a través de la verifi cación del horario, turnos y rutas establecidas. Cuarta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, derivándose a la Sub Gerencia de Estadística e Informática, para su respectiva publicación en la página web de la Entidad (www.munilaperla.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DIOFÉMENES ARÍSTIDES ARANA ARRIOLA Regidor 1389562-1 Derogan la Ordenanza N° 010-2015-MDLP, que reguló el servicio especial de transporte de pasajeros en vehículos menores ORDENANZA Nº 006-2016-MDLP La Perla, 31 de mayo de 2016 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE LA PERLA POR CUANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de Mayo de 2016, el Dictamen Nº 001-2016 presentado por la Comisión Ordinaria de Servicios Técnicos sobre proyecto de Ordenanza que deroga la Ordenanza Nº 010-2015- MDLP, el cual Regula el Servicio Especial de Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señalan que las Municipalidades provinciales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 9º, numeral 8 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, mediante Ordenanza Nº 010-2015-MDLP de fecha 13 de Abril de 2015, se aprobó la Ordenanza que Regula el Servicio Especial de Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores en el distrito de La Perla; Que, con el Informe Nº 026-2016-GDU-MDLP de fecha 23 de Marzo de 2016, la Gerencia de Desarrollo Urbano, sugiere que se proceda a derogar la Ordenanza Nº 010-2015-MDLP, por no ajustarse a la realidad del transporte y por no contar con estudios técnicos para su implementación en el distrito de La Perla; Que, el Informe Nº 223-2016-GAJ-MDLP de fecha 05 de Abril de 2016, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente la expedición de una ordenanza derogatoria a fi n de lograr la realización de estudios técnicos que permitan defi nir varios aspectos no contemplados, conforme a los argumentos expuestos en el Informe Nº 026-2016-GDU-MDLP de la Gerencia de Desarrollo Urbano; Que, con el Dictamen Nº 001-2016, la Comisión Ordinaria de Servicios Técnicos, aprueba y declara viable el Proyecto de Ordenanza que Deroga la Ordenanza Nº 010-2015-MDLP; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8º del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – LeyOrgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de los señores Regidores, con dispensa de la lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente Ordenanza: QUE DEROGA LA ORDENANZA Nº 010-2015-MDLP Artículo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Nº 010- 2015-MDLP – Ordenanza que Regula el Servicio Especial de Transporte de Pasajeros en Vehículos Menores. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, derivando a la Sub Gerencia de Estadística e Informática, para su respectiva publicación en la página web de la Entidad (www.munilaperla.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PATRICIA ROSA CHIRINOS VENEGAS Alcaldesa 1389561-1