Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2016 (09/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

589084 ORGANOS AUTONOMOS

NORMAS LEGALES

Jueves 9 de junio de 2016 /

El Peruano

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Establecen funcionaria responsable de remitir las ofertas de empleo de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 00256-R-16 Lima, 27 de enero del 2016 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 00199-SG-16 de la Oficina General de Recursos Humanos, sobre designación. CONSIDERANDO: Que el artículo 1º de la Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, establece que el Instituto de Radio y Televisión del Perú, mediante Radio Nacional del Perú y Canal 7, programará en horario que considere conveniente su directorio avisos de servicio público en los que ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados; Que el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 0122004-TR, que dicta disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de su programa Red CIL, Proempleo, proporcionará diariamente al Instituto de Radio y Televisión del Perú la información vinculada con la oferta de trabajo del Sector Público y Privado, a efectos del cumplimiento del artículo 1º de la Ley Nº 27736, la misma que será difundida por Canal 7 y Radio y Televisión del Perú, en el horario que disponga dicha entidad; Que el artículo 2º del citado D.S., establece que todo organismo público y empresa del Estado está obligado a remitir al Programa Red CIL, Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar, a excepción de los puestos clasificados como de confianza conforme las reglas de la normatividad laboral pública vigente; y que los organismos públicos y las empresas del Estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la institución, mediante Resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que el artículo 2º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE del 13 de setiembre del 2011, aprueba el modelo de convocatoria para la contratación administrativa de servicios, donde se establece la obligatoriedad de la publicación de los procesos para la contratación administrativa de servicios en el Servicio Nacional de Empleo de Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que con Resolución Rectoral Nº 05190-R-14 de fecha 21 de octubre del 2014, se establecieron las funciones de don VÍCTOR FÉLIX PORTOCARRERO CHÁVEZ, con código Nº 0A0379, Jefe (e) de la Oficina General de Recursos Humanos, como Responsable de remitir al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de empleo de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en cumplimiento del Decreto Supremo Nº 0122004-TR y de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE. Que mediante Resolución Rectoral Nº 00002-R-16 de fecha 11 de enero del 2016, se dan por concluidas las funciones de don VÍCTOR FÉLIX PORTOCARRERO CHÁVEZ, con código Nº 0A0379, como Jefe (e) de la Oficina General de Recursos Humanos, a partir del 11 de enero del 2016; asimismo, se encargó dicha Oficina General a doña MARIA DEL SOCORRO CANDELARIA

TORRES VILLANUEVA, con código Nº 095311, docente permanente de la Facultad de Ciencias Administrativas, a partir del 12 de enero del 2016; Que con Oficio Nº 042/DGA-OGRRHH/2016, la Jefa (e) de la Oficina General de Recursos Humanos propone se establezcan las funciones de doña MARIA DEL SOCORRO CANDELARIA TORRES VILLANUEVA, con código Nº 095311, como Responsable de remitir al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de empleo de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en cumplimiento de la norma antes señalada; Que la Dirección General de Administración mediante Proveído s/n de fecha 14 de enero del 2016, emite opinión favorable; Que cuenta con el Proveído s/n de fecha 26 de enero del 2016, del Despacho Rectoral; y, Estando a las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220; SE RESUELVE: 1º Establecer, a partir de la fecha, las funciones de doña MARIA DEL SOCORRO CANDELARIA TORRES VILLANUEVA, con código Nº 095311, Jefa (e) de la Oficina General de Recursos Humanos, como Responsable de remitir al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de empleo de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en cumplimiento del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR y de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE. 2º Dejar sin efecto, a partir del 11 de enero del 2016, la Resolución Rectoral Nº 05190-R-14 de fecha 21 de octubre del 2014, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución. 3º Encargar a la Secretaría General de la Universidad la publicación de la presente Resolución Rectoral en el Diario Oficial El Peruano. 4º Encargar a la Dirección General de Administración y a la Oficina General de Recursos Humanos, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ANTONIA FLORENCIA CASTRO RODRÍGUEZ Rectora (i) 1389566-1

Otorgan duplicados de diplomas de grado académico de Bachiller y de título profesional en Educación Técnica de la Universidad Nacional del Centro del Perú
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU RESOLUCIÓN Nº 0508-CU-2016 Huancayo, 18 de Abril de 2016. EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 07317 de fecha 25 de Febrero del 2016, por medio del cual don ETSON JONN MORALES POMACHAGUA, solicita Duplicado de Diploma de Grado Académico de Bachiller en Educación Técnica, Especialidad: Mecánica Automotriz, por pérdida. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso; asimismo promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las

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