Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2016 (15/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

Miércoles 15 de junio de 2016 /

El Peruano

priorizar los proyectos de inversión pública a incorporarse, por la vía participativa al Presupuesto Institucional del año fiscal 2017 teniendo como marco el Plan de Desarrollo Local Concertado. Artículo 4°.- Ámbito y alcance El ámbito para la realización del Proceso de Presupuesto Participativo 2017 comprende: la Sociedad Civil, Organizaciones Sociales de Base y Entidades Públicas y Privadas del Distrito de La Punta. TÍTULO II DEL ROL DE LOS ACTORES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 5°.- Alcalde · Convocar a reuniones del Presupuesto Participativo en su calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital. · Organizar las actividades del proceso participativo, haciéndolas de conocimiento público. · Proponer para consideración los resultados prioritarios a favor de la población que pueden ser objeto de atención en el proceso. · Proponer la cartera de proyectos a ser sometida al Presupuesto Participativo 2017, señalando explícitamente su conexión al resultado prioritario que corresponda. · Determinar e informar a los agentes participantes el porcentaje del presupuesto institucional que corresponderá al Presupuesto Participativo. · Disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados durante el proceso del Presupuesto participativo. · Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de los acuerdos adoptados. · Rendir cuentas a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos el año anterior. Artículo 6°.- Del Concejo Municipal · Aprobar las normas complementarias que se requieran para llevar a cabo el proceso. · Fiscalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso. · Velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por la Municipalidad. Artículo 7°.- Del Consejo de Coordinación Local Distrital · Participar y promover activamente el proceso. · Responder a las convocatorias que realizan las autoridades regionales o locales. · Coordinar la incorporación de proyectos de inversión en el presupuesto institucional correspondiente. · Apoyar al Comité de Vigilancia en el cumplimiento de las acciones acordadas en el Presupuesto Participativo. Artículo 8°.- Agentes Participantes · Participar activamente con voz y voto en la discusión, definición, priorización y toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados. · Suscribir actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. · Respetar los acuerdos adoptados en las diferentes fases del proceso. · Otros que demande el proceso. Artículo 9°.- Equipo Técnico · Brindar asistencia técnica y apoyo para la organización y normal desarrollo del proceso. · Facilitar información para el desarrollo de los talleres de trabajo. · Realizar la evaluación técnica y financiera de los proyectos propuestos.

· Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y financiera. Artículo 10°.Presupuesto Oficina de Planeamiento y

· Proponer a las instancias correspondientes el Presupuesto Institucional de Apertura, incorporando los proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo. · Remitir copia del Acta de Acuerdos y Compromisos, así como el documento del proceso a la Dirección General de Presupuesto Público. · Mantener actualizado el aplicativo informático en las diversas fases del proceso. Artículo 11°.- Comité de Vigilancia · Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. · Informar al Concejo Municipal y otras dependencias públicas en el caso de incumplimiento de los acuerdos. TÍTULO III DEFINICIONES BÁSICAS Artículo 12°.- Definiciones 1. Proceso Participativo: Es el conjunto de acciones conducentes al desarrollo y formulación de instrumentos de gestión para el desarrollo regional y local, que incluyen la participación de la población, en el proceso de la toma de decisiones, como elemento primordial. 2. Presupuesto Participativo: Es un espacio de concertación por el cual al Alcalde y la sociedad civil, debidamente representada, definen las prioridades sobre los proyectos de inversión a implementar en el gobierno local, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de objetivos estratégicos. Es un proceso que busca fortalecer la gobernabilidad, a través de una mayor participación de la población. 3. Agentes Participantes: Son los que participan con voz y voto, en la discusión y toma de decisiones en el proceso, lo integran los miembros del Consejo de Concertación Local Distrital, Concejo Municipal, los representantes de la Sociedad Civil identificados para este propósito y los representantes de las organizaciones del Gobierno Nacional, Gobierno Regional del Callao y/o Municipalidad Provincial del Callao que desarrollan acciones en el ámbito del distrito y que hayan sido designados para estos fines. 4. Sociedad Civil: Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática así como a organismos e Instituciones Privadas dentro del ámbito. Son organizaciones sociales de base territorial o temática, aquellas cuyos miembros residen mayoritariamente dentro de un ámbito regional o local, tales como juntas y comités vecinales, clubes de madres, comedores populares, comités de Vaso de Leche, juntas de usuarios de riego, sindicatos, asociaciones de padres de familia, organizaciones de mujeres jóvenes o deportistas, las mesas de concertación de lucha contra la pobreza y cualquier otra agrupación social representativa de la localidad. Los organismos e instituciones privadas son organizaciones, instituciones y demás entidades privadas promotoras del desarrollo, cámara de comercio, asociaciones o gremios empresariales, laborales y agrarias, de productores o comerciantes, organismos de cooperación técnica internacional, fundaciones, iglesias, entre otros con presencia en la jurisdicción. 5. Resultado: Es el cambio en una característica, cualidad o situación que afecta, a un grupo objetivo. Esta vinculado a la solución de un problema prioritario de la población del distrito. 6. Plan de Desarrollo Local Concertado: Es un instrumento de base territorial y de carácter integral, orientador del desarrollo local y del proceso del presupuesto participativo, que contiene los acuerdos sobre la Visión de Desarrollo y Objetivos Estratégicos de mediano y largo plazo del distrito en concordancia con los planes sectoriales y nacionales.

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