Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2016 (15/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Miércoles 15 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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cada uno de los proyectos, de acuerdo con la asignación presupuestaria del presupuesto participativo, los cuales se encuentran en el marco del Sistema Nacional de Inversiones - SNIP; para ser discutida en el Taller de Priorización de Proyectos de Inversión. Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior del presente reglamento, se podrá incluir en la lista de proyectos a priorizar, las propuestas de los agentes participantes, a condición, que una vez priorizada se proceda a la elaboración de los perfiles de Proyectos de Inversión Pública, su declaratoria de viabilidad por la OPI y el registro en el banco de proyecto del SNIP, previo a su ejecución. Artículo 30°.- Taller de Priorización de Proyectos de Inversión El Alcalde propone la cartera de proyectos, concordante con los resultados priorizados, a ser sometida al Presupuesto Participativo, a fin que los agentes participantes consideren los citados proyectos de inversión, a ser debatidos en los talleres. FASE DE FORMALIZACIÓN Artículo 31°.- Formalización de Acuerdos y Compromisos. Comprende la inclusión de proyectos de inversión priorizados y con financiamiento en el Presupuesto Institucional de Apertura. Los Acuerdos y Compromisos que se adoptarán seguirán la siguiente secuencia: 1. El Equipo Técnico elabora el acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo. 2. Se presenta los resultados del proceso participativo consolidados en el Acta de Acuerdos y Compromisos a los Agentes Participantes para su consideración y aprobación final. 3. En el caso excepcional que se realicen propuestas de modificaciones, éstas deben ser justificadas y deberán ser evaluadas por el equipo técnico e informadas a los agentes participantes antes de ser incluidas en el documento final. 4. Todos los Agentes Participantes en el acto formalizarán los acuerdos suscribiendo el acta de Acuerdos y Compromisos. Artículo 32°.- Inclusión de Proyectos en el Presupuesto Institucional. Los proyectos de inversión priorizados en el proceso y que constituyen parte del Acta de Acuerdos y Compromisos son incluidos en el Presupuesto Institucional del Pliego Municipalidad Distrital de La Punta, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4.1 del Instructivo Nº 001-2010EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados y elevados al Concejo Municipal para su aprobación, conforme a las facultades que le confiere el artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Los documentos aprobados por el Concejo Municipal, serán remitidos a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y publicados en el portal web de la Municipalidad. Artículo 33°.- Rendición de Cuentas La Rendición de Cuentas constituye un mecanismo de transparencia en el cual el Titular del Pliego informa a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos en el año anterior por la entidad y la sociedad civil. Sobre lo siguiente: - Programación y nivel de avance en la ejecución y resultados (en términos de población beneficiada y problemas resueltos), de los proyectos priorizados en el proceso del Presupuesto participativo del año anterior. - Sustentar los cambios efectuados a los proyectos priorizados en el Presupuesto Participativo anterior y modificaciones presupuestarias realizadas. - Nivel de cumplimiento de los compromisos asumidos por cada uno de los actores, públicos y privados participantes del proceso. - Presupuesto Institucional de Apertura del presente ejercicio fiscal.

Artículo 34°.- Del Comité de vigilancia y control El Comité de vigilancia y control del Presupuesto Participativo 2017, realiza acciones de vigilancia ciudadana del proceso participativo. Se encuentra conformado por 04 Agentes Participantes elegidos como parte del Taller de Priorización y Formalización de Acuerdos. Los requisitos para poder ser elegido como miembro del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo son los siguientes: · Ser representante de la sociedad civil organizada con sede en el distrito de La Punta. · Residir en el Distrito de la Punta. · No haber sido condenado por delitos o faltas. · No haber pertenecido al Comité de Vigilancia del periodo 2016. Artículo 35°.- Funciones del Comité de Vigilancia El Comité de Vigilancia del Proceso de Presupuesto Participativo tiene las siguientes funciones: · Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Proceso del Presupuesto Participativo. · Vigilar que la Municipalidad de La Punta cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras, de los proyectos de inversión priorizados en el proceso participativo. · Vigilar que los recursos municipales destinados al Presupuesto Participativo sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. · Vigilar que la Sociedad Civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofinanciamiento de los proyectos de inversión incluidos en el Proceso de Presupuesto Participativo, · Solicitar formalmente al Alcalde, de acuerdo a las normas de transparencia, la información que requiera para desarrollar las tareas de vigilancia. · Informar semestralmente al Consejo de Coordinación Local Distrital sobre los resultados de la vigilancia. · Presentar un reclamo o denuncia al Concejo Municipal, a la Contraloría General de la República, al Ministerio Público o a la Defensoria del Pueblo, en caso encuentren indicios o pruebas de alguna irregularidad en el Proceso de Presupuesto Participativo o en la implementación de los acuerdos adoptados en éste. Artículo 36°.- Infracciones y sus correspondientes sanciones: a. Por inasistencia injustificada a un taller, perderá derecho a voto en los Talleres de Trabajo. b. Por intervenir como orador sin inscribirse previamente, se le inhabilitara como orador en el siguiente Taller. c. Por agresión física y/o verbal a otro agente participante, será retirado del taller y quedará inhabilitado para participar en todo el proceso. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.Los resultados del Presupuesto Participativo serán publicados en el portal electrónico de la municipalidad (www.munilapunta.gob.pe) y en el aplicativo informático del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF. Segunda.- Cualquier situación no prevista en el presente Reglamento será resuelta por el Equipo Técnico en forma supletoria con lo normado para el proceso. Tercera.- El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. ANEXOS Anexo Nº 01: Cronograma para el Desarrollo del Presupuesto Participativo 2017. Anexo Nº 02: Solicitud de Inscripción y Acreditación como Agente Participante. Anexo Nº 03: Padrón de Adherentes de Organizaciones Sociales No Organizadas del Distrito de La Punta

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