Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2016 (15/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

Miércoles 15 de junio de 2016 /

El Peruano

las cuales pertenecen (Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Capítulo II artículo 1º inciso 1.4). Los requisitos que deberán presentar los representantes de la sociedad civil, mencionados en el artículo 18º, literales e), f), g), y h) serán los siguientes: a. Solicitud de inscripción y acreditación, suscrita por el representante Legal de la Organización a la que pertenece. (Ver Anexo 02). b. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad ­ DNI del representante acreditado. c. En el caso de los representantes de Juntas Vecinales, una Fotocopia simple de la Resolución de Alcaldía que los reconoce como Junta Vecinal y lo mencionado en los incisos a), b), y d). d. Fotocopia fedateada de la Constancia de Inscripción de la Organización en los Registros Públicos (en el caso de los participantes mencionados en el artículo 18°, literal f). Artículo 21°.- Cuota de Género y Participación de Jóvenes Los representantes de las Juntas Vecinales, adicionalmente a los requisitos antes mencionados, deben cumplir con la cuota de género y participación de jóvenes, de acuerdo a lo siguiente: - Cuota de Género: Debe estar conformado por no menos de un treinta por ciento (30%) de hombres o mujeres. - Participación de Jóvenes: Debe estar conformada por no menos de un treinta por ciento (30%) de jóvenes (de 18 a 29 años de edad). Un representante de una Junta Vecinal puede cumplir a la vez con la Cuota de Género (hombre o mujer) y Participación de Jóvenes, si se encuentra en el rango de edad de 18 a 29 años. Artículo 22°.- Publicación de Agentes Participantes. La Municipalidad Distrital de La Punta, publicará en la Página Web de la Institución (www.munilapunta.gob.pe) la lista de Agentes Participantes definitivos, a quienes se les otorgará una credencial para los talleres de trabajo del proceso del presupuesto participativo. Artículo 23°.- Atribuciones y Responsabilidades de los Agentes Participantes. - Los Agentes Participantes asistirán de manera obligatoria a los Talleres de Capacitación y Trabajo del Proceso de Presupuesto Participativo, teniendo en cuenta lo siguiente: - La participación debe ser activa y responsable. - El diálogo entre los Agentes Participantes y el Equipo Técnico deberá ser alturado. - Los Agentes Participantes sostendrán reuniones de trabajo con sus representantes antes y durante los talleres, a fin de: - Informarles acerca del proceso. - Establecer las prioridades de la zona o territorio que representan. - Trasladar a los Talleres del Proceso de Presupuesto Participativo, los resultados propuestos y recogidos de sus reuniones de trabajo o asambleas. - Los Agentes Participantes son responsables por las propuestas que presenten, en el marco del Proceso de Presupuesto Participativo. Artículo 24°.Capacitación de Agentes Participantes Se desarrollará un taller inicial de capacitación a los Agentes Participantes acreditados, con la finalidad de dar a conocer la normativa básica y el manejo de los instrumentos de reconocimiento y priorización de problemas del Distrito. Asimismo, se dará a conocer los lineamientos y recoger los aportes de los agentes participantes necesarios para la formulación del Plan de Desarrollo Institucional - PDI de la Municipalidad.

El equipo técnico brindará la capacitación a los Agentes Participantes en los temas: Presupuesto Participativo Basado en Resultados, Sistema Nacional de Inversión Pública, Descentralización, Planeamiento y Desarrollo Local y Gestión Presupuestaria Local. La Municipalidad publicará en su Página Web el programa de capacitación destinado a los Agentes Participantes. Artículo 25°.- Conformación del Equipo Técnico Son considerados como miembros del Equipo Técnico: - Director de Planeamiento y Presupuesto, quien lo presidirá. - Responsable de la Oficina de Programación de Inversiones. - Gerente de Desarrollo Urbano. - Sr. Vicente Tomas Guerrero Acosta. Artículo 26°.- Responsabilidades del Equipo Técnico. Son responsabilidades de los miembros del Equipo Técnico: - Capacitar a los agentes participantes sobre las distintas fases del proceso y con especial énfasis en la identificación de problemas para priorizar los más urgentes. - Capacitar a la sociedad civil sobre identificación de problemas y priorización de los mismos. - Preparar y suministrar la información para el debate en los talleres de trabajo. - Apoyar en la organización y ejecución de los talleres de trabajo. - Realizar la evaluación técnica y financiera de los proyectos propuestos. - Evaluación de los problemas priorizados y planteamiento de alternativas de solución. - Elaborar el documento del Presupuesto Participativo para el año fiscal 2017, donde se refleje los compromisos y acuerdos establecidos entre los agentes participantes. - Otras que disponga el Titular del Pliego. FASE DE CONCERTACIÓN Artículo 27°.- Lineamientos Generales de la Fase de Concertación. Comprende el trabajo concertado del equipo técnico y la sociedad civil para la identificación de los problemas, evaluación técnica de las posibles soluciones y la priorización de proyectos propuestos por el Titular del pliego, que contribuyan al logro de resultados a favor del distrito. Artículo 28°.- Taller de Identificación y Priorización de Resultados. El Alcalde y el Equipo Técnico convocan a los talleres de trabajo, los cuales considera las siguientes etapas: - Primera Etapa: se presenta la visión y los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado de La Punta 2004-2015, su avance de ejecución y logro de resultados. Adicionalmente, se presenta el Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2023. En esta etapa, el Alcalde informa el monto del presupuesto institucional que será destinado al Presupuesto Participativo. - Segunda Etapa: el equipo técnico presenta el Diagnóstico Territorial del Distrito, el cual sirve de base para realizar el análisis, identificación y priorización de resultados, correspondiendo identificar los resultados especificados en términos de mejoras en el bienestar del ciudadano a fin de permitir una adecuada asignación de los recursos públicos. Artículo 29°.- Evaluación Técnica de Proyectos El objetivo de esta fase es la evaluación técnica de la cartera de proyectos que tiene la Municipalidad y que deben ser propuestas como contributivos al logro de los resultados priorizados. El resultado de esta fase esta a cargo del Equipo Técnico, culminando en una lista de proyectos, teniendo en cuenta los costos totales, y cronograma de ejecución, se asignará el presupuesto a

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