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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2016 (19/03/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 23

581277 NORMAS LEGALES Sábado 19 de marzo de 2016 El Peruano / VI. RESPONSABLES Ministerio de Salud • Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades (CDC). • Instituto Nacional de Salud (INS). • Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública (DGIESP). • Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA). • Ofi cina General de Comunicaciones (OGC). • Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud (CENARES). • Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (OGPPM). Gobiernos Regionales, a través de sus DIRESAs, GERESAs o las que hagan sus veces a nivel regional: • Atención de Salud de las Personas • Salud Ambiental • Vigilancia Epidemiológica • Promoción de la Salud • Comunicaciones • Laboratorio Referencial de Salud Pública VII. PLAZOS Noventa (90) días calendario. VII-a Responsables de las actividades ACTIVIDADES RESPONSABLES Monitorear la vigilancia centinela y de enfermedades febriles en establecimientos de salud priorizados de las GERESA/DIRESAS CDC, INS, DIRESAS/ GERESAS Desarrollar la vigilancia, investigación y seguimiento de casos. CDC, INS, DIRESAS/ GERESAS Capacitar al personal de los equipos regionales en vigilancia epidemiológica y control de brotes. CDC, DIGESA Fortalecer el análisis de las salas de situación de salud regionales, con énfasis en vigilancia de febriles, vigilancia centinela, casos brotes de dengue y otras arbovirosis considerando sus determinantes. CDC Difusión de la información a todos los niveles mediante boletines epidemiológicos. CDC, DIRESAS/ GERESAS Organización de servicios de salud, incluidas las Unidades de Vigilancia Clínica Intensiva DGIESP, MASSALUD Provisión de Insumos Estratégicos CENARES, DIRESAS/ GERESAS a sus redes y establecimientos de salud Fortalecer la capacidad de diagnóstico oportuno en Laboratorios en Salud Pública de regiones priorizadas. INS Monitoreo semanal de Aedes aegypti para determinar áreas de riesgo entomológico, a través de la instalación de ovitrampas. DIRESAS/GERESAS Realizar acciones de control del Aedes aegypti, a partir de una ovitrampa positiva, de acuerdo a la estratifi cación del riesgo entomológico y para mantener los niveles de infestación en bajo riesgo de transmisión. DIRESAS/GERESAS Garantizar la utilización adecuada de equipos de protección personal. DIRESAS/GERESAS Fortalecer las actividades de control vectorial mediante la capacitación en el uso de equipamiento, mezcla de insecticida y bioseguridad de fumigadores. (CENSOPAS- INS y SALUD OCUPACIONAL DIGESA) CENSOPAS- INS, SALUD OCUPACIONAL- DIGESA Mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos para el control vectorial. DIRESAS/GERESAS Fortalecer la vigilancia entomológica mediante la implementación para la detección y localización del vector utilizando ovitrampas en sistema que genere mapas en tiempo real. DIRESAS/GERESAS, DIGESA Supervisar y monitorear la efi cacia de los insecticidas ante el vector. INS Promover y desarrollar estrategias y mecanismos de comunicación con un enfoque dinámico para el cambio conductual que utiliza movilización social estratégica y comunicación social para la información y preparación de la población ante presentación de casos o brotes y campaña de difusión para comunicación del riesgo dirigido a la población en general OGC DIRESAS/GERESAS Difusión a través de medios de comunicación priorizados de los distritos de mayor riesgo DIRESAS/GERESAS Fortalecimiento de la campaña comunicacional en zonas priorizadas DIRESAS/GERESAS VIII. FINANCIAMIENTO El fi nanciamiento se efectuará según lo dispuesto en el literal b) del artículo 16, del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1156, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2014-SA, con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud, por un monto de S/ 27 645 832.00 (VEINTISIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES), siendo para los 34 distritos en epidemias un monto de S/ 19,664,769 y para los 28 distritos en elevado riesgo de dengue y fi ebre de Chikungunya un monto de S/ 7,981,063. El Ministerio de Salud transferirá el presupuesto respectivo a los Gobiernos Regionales correspondientes, conforme al “Cuadro de Distribución Presupuestal de distritos con Epidemia” y al “Cuadro de Distribución Presupuestal de distritos con Alto Riesgo para la Salud Pública”, previstos en el presente Plan de Acción. 34 DISTRITOS COMPONENTE PRESUPUESTO CONTROL VECTORIAL 10,228,114.92 COMUNICACIONES 4,868,240.00 VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA 277,750.00 LABORATORIO 591,464.00 ATENCION DE LAS PERSONAS 3,699,200.00 TOTAL 19,664,769 28 DISTRITOS COMPONENTE PRESUPUESTO CONTROL VECTORIAL 5,907,524.00 COMUNICACIONES 1,925,600.00 VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA 147,939 TOTAL 7,981,063 CUADRO DE DISTRIBUCION PRESUPUESTAL DE DISTRITOS EN EPIDEMIAS N° REGION DISTRITOS CONTROL VECTORIAL LABORATORIO COMUNICACIONES VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA ATENCION DE LAS PERSONAS TOTAL 1 ANCASH CASMA 234,799.09 30,164 122,730.00 6,960 108,800.00 503,453.20 2 AYACUCHO SANTA ROSA 55,242.05 30,264 26,540.00 1,300 108,800.00 222,146.42 3 AYACUCHO AYNA 61,989.36 35,710 1,849 108,800.00 208,348.56 4 AYACUCHO SAMUGARI 44,909.28 28,810.00 1,465 108,800.00 183,983.88 5 AYACUCHO LLOCHEGUA 26,973.46 20,140.00 941 108,800.00 156,854.59 6 CAJAMARCA JAEN 510,224.46 0 229,280.00 13,200 108,800.00 861,504.52 7 CUSCO PICHARI 162,111.25 30,336 58,930.00 3,214 108,800.00 363,391.57 8 CUSCO KIMBIRI 63,760.43 34,090.00 1,706 108,800.00 208,356.53 9 HUANUCO RUPA RUPA 335,034.14 30,236 153,700.00 8,770 108,800.00 636,540.34