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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2016 (19/03/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 18

581272 NORMAS LEGALES Sábado 19 de marzo de 2016 / El Peruano Que, mediante el literal a) del artículo 39° de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se asigna en el Presupuesto Institucional del Pliego 007: Ministerio del Interior hasta la suma de S/ 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones y 00/100 Soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados, destinados exclusivamente al fi nanciamiento de acciones del Ministerio del Interior, en el marco de los fi nes del Fondo Especial para la Seguridad Ciudadana; Que, con Ofi cio N° 1227-2016-PCM/SG, del 3 de marzo de 2016, la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros remitió el Acta que da cuenta de la sesión del 16 de febrero de 2016, efectuada por el Comité de Administración del Fondo de Seguridad Ciudadana, en la que se aprueba la asignación fi nanciera de recursos del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana para el Año Fiscal 2016 por un monto total de S/ 112 395 537,00 (ciento doce millones trescientos noventa y cinco mil quinientos treinta y siete y 00/100 Soles), para la ejecución de proyectos de inversión priorizados a favor de las siguientes entidades: • Ministerio del Interior, S/ 108 954 790,00 (ciento ocho millones novecientos cincuenta y cuatro mil setecientos noventa y 00/100 Soles) para el fi nanciamiento de treinta (30) proyectos, para la adquisición de equipos de comunicación, intervenciones en comisarías, escuelas policiales, puestos de vigilancia de frontera, bases policiales, servicio de investigación criminalística y mejoramiento del servicio de unidades especializadas (Anexo 01). • Gobiernos Locales, S/ 3 440 747,00 (tres millones cuatrocientos cuarenta mil setecientos cuarenta y siete y 00/100 Soles) para el fi nanciamiento de tres (03) proyectos de inversión a favor de la Seguridad Ciudadana en los Gobiernos Locales de Paras, Ocros y Hualla del Departamento de Ayacucho (Anexo 02). Que, mediante Informe N° 000135-2016/IN/DGPP/ DPP, del 8 de marzo de 2016, la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto manifi esta lo siguiente: • Mediante Informe Nº 000071-2016/IN/DGPP/DPI, del 3 de febrero de 2016, la Dirección de Programación e Inversiones de la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto señala que producto de los requerimientos y coordinaciones efectuadas con la Dirección General de Infraestructura, Estado Mayor de la Policía Nacional del Perú, Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, Dirección Ejecutiva de Criminalística, Ofi cina General de Administración, Dirección Ejecutiva de Tecnología de Información y Comunicaciones de la Policía Nacional del Perú y Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior, se ha priorizado la ejecución de treinta y tres (33) proyectos de inversión pública por la suma total de S/ 112 395 537,00 (ciento doce millones trescientos noventa y cinco mil quinientos treinta y siete y 00/100 Soles). • El Comité de Administración del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana, mediante Acta del 16 de febrero de 2016, aprobó la asignación de recursos por la suma de S/ 112 395 537,00 (ciento doce millones trescientos noventa y cinco mil quinientos treinta y siete y 00/100 Soles) para la ejecución de proyectos priorizados por el Ministerio del Interior por la suma S/ 108 954 790,00 (ciento ocho millones novecientos cincuenta y cuatro mil setecientos noventa y 00/100 Nuevos Soles) y por Gobiernos Locales por la suma de S/ 3 440 747,00 (tres millones cuatrocientos cuarenta mil setecientos cuarenta y siete y 00/100 Soles). • A fi n de posibilitar la asignación fi nanciera de los recursos autorizados por el Comité de Administración del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana al Pliego 007: Ministerio del Interior, como a los Gobiernos Locales, se propone la aprobación de la asignación fi nanciera por el importe de S/ 112 395 537,00 (ciento doce millones trescientos noventa y cinco mil quinientos treinta y siete y 00/100 Soles). Que, a través del Ofi cio N° 000646-2016/IN/DGPP, del 8 de marzo de 2016, la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto valida la propuesta de aprobación de la asignación fi nanciera de los recursos provenientes del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto de Urgencia Nº 052-2011, que aprueba la creación del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y el Decreto Supremo Nº 010-2013-IN, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1.- Asignación Financiera Apruébese la asignación fi nanciera de los recursos provenientes del Fondo Especial de Seguridad Ciudadana por el importe de S/ 112 395 537,00 (ciento doce millones trescientos noventa y cinco mil quinientos treinta y siete y 00/100 Soles) a las siguientes entidades: Pliego: Gobierno Nacional S/ 108 954 790,00 Ministerio del Interior (Anexo 01) S/ 108 954 790,00 Gobiernos Locales (Anexo 02) S/ 3 440 747,00 Municipalidad Distrital de Paras, Ayacucho S/ 1 181 350,00 Municipalidad Distrital de Ocros, Ayacucho S/ 1 161 932,00 Municipalidad Distrital de Hualla, Ayacucho S/ 1 097 465,00 Artículo 2.- Finalidad Los recursos se destinan exclusivamente para la ejecución de los proyectos de inversión señalados en los Anexos 01 y 02 que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos asignados no pueden ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación La presente Resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de las entidades señaladas en el artículo 1. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS PEREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1358081-1 PRODUCE Disponen la publicación en el portal institucional del Ministerio, de proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley General de Pesca y su Exposición de Motivos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 108-2016-PRODUCE Lima, 18 de marzo de 2016 VISTOS: El Memorando Nº 6969-2015-PRODUCE/ DVPA del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, el Informe Nº 409-2015-PRODUCE/DGP- Diropa de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero y el Informe Nº 00018-2016-PRODUCE/OGAJ- rburneo de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 2 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú, son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos; Que, el artículo 44 de la Ley señala que las concesiones, autorizaciones y permisos, son derechos específi cos que el Ministerio de Pesquería otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, conforme a lo dispuesto en la citada Ley y en las condiciones que determina su Reglamento; Que, el artículo 78 de la Ley General de Pesca establece que las personas naturales o jurídicas que infrinjan las disposiciones establecidas en la mencionada ley y en todas las disposiciones reglamentarias sobre la materia, se harán