Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2016 (19/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Sábado 19 de marzo de 2016 /

El Peruano

expedirse, deberá ser notificada al administrado, a efectos de cumplir con el acto de notificación; De conformidad con lo establecido en la Ley 27153, modificada por Leyes 27796 y 28945, el Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, y la Ley 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", estando a lo opinado en el Informe Legal N° 14-2016-MINCETUR/ VMT/DGJCMT-DCS-YCA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectificar con efecto retroactivo, la Resolución Directoral N° 3759-2013-MINCETUR/VMT/ DGJCMT, de fecha 26.12.2013, considerando como la denominación de la empresa S.R.L. (Sociedad comercial de responsabilidad limitada) consignándose en los siguientes términos: "NEGOCIACIONES LA TORRE DE BABEL S.R.L." Regístrese, comuníquese y notifíquese. MANUEL SAN ROMÁN BENAVENTE Director General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas 1357520-1

DEFENSA
Autorizan viaje del Jefe Institucional de CONIDA a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 070-2016-DE Lima, 18 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, el 24 de abril de 2014 se suscribió el Acuerdo relativo a la Adquisición de un Sistema Satelital Óptico de Observación de la Tierra de resolución submétrica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa, así como también el Protocolo de Aplicación del Acuerdo; habiendo entrado en vigencia ambos instrumentos el 21 de octubre de 2014; asimismo, el 16 de abril de 2014, las partes suscribieron el Compromiso de Suministro, el mismo que forma parte integrante del protocolo antes descrito; Que, de los instrumentos señalados en el considerando anterior, se evidencia la necesidad de la realización de reuniones en forma trimestral en la ciudad de Toulouse entre el cliente y el proveedor, para: 1). Examinar el avance de las tareas con respecto al estado previsto, así como todos los acontecimientos importantes del periodo anterior, 2). Identificar las cuestiones que plantean problemas y decidir el plan de acción, 3). Examinar el estado actual del diseño y de la calificación y la planificación actual y 4). Examinar el estado de los grandes contratos de subcontratación; Que, mediante la Carta de fecha 24 de febrero de 2016, el Jefe del Proyecto de Airbus Defence and Space ­ PerúSAT-1 invita al Jefe Institucional de CONIDA del 21 al 25 de marzo de 2016, a la planta de Airbus Defence and Space ubicada en la ciudad de Toulouse, República Francesa, para supervisar el avance del satélite PerúSAT-1 desarrollado en el marco del Compromiso de Suministro (DR1); Que, de acuerdo al procedimiento seguido para la revisión anterior del diseño del sistema, AIRBUS Defence & Space requiere que una autoridad superior al Jefe del proyecto participe de la revisión de discrepancias y en particular integre la Junta de Revisión, en tal sentido, por ser interés y obligación del Estado Peruano el cumplimiento oportuno de los compromisos derivados del citado Acuerdo y Protocolo de Aplicación, resulta necesario autorizar el viaje en Comisión de Servicio del Mayor General FAP Carlos Elías RODRÍGUEZ PAJARES, Jefe Institucional de CONIDA; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la

actividad, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación, así como su retorno UN (1) día después de la misma, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016, de la Unidad Ejecutora Nº 006: Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento; De conformidad con el Decreto Legislativo 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias que reglamentan los viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa y Directiva Nº 007-2015-CG/PROCAL aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 163-2015-CG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Mayor General FAP Carlos Elías RODRÍGUEZ PAJARES, Jefe Institucional de CONIDA, identificado con DNI Nº 43597857 a la ciudad de Toulouse, República Francesa del 21 al 25 de marzo de 2016, para que participe en la supervisión de los avances del proceso de diseño, fabricación y pruebas, así como también del desarrollo del programa de transferencia de tecnología al equipo peruano residente en la ciudad de Toulouse; en el marco del Acuerdo relativo a la Adquisición de un Sistema Satelital Óptico de Observación de la Tierra de resolución submétrica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa, así como autorizar su salida del país el 20 y su retorno el 26 de marzo de 2016. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a la Unidad Ejecutora 006 ­ Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos: Lima ­ Toulouse (República Francesa) ­ Lima del Mayor General FAP Carlos Elías RODRÍGUEZ PAJARES: (Incluye TUUA) US$ 2,468.33 x 1 persona = US$ 2,468.33 US$ 2,700.00 -------------------US$ 5,168.33

Viáticos: US$ 540.00 x 1persona x 5 días = Total a pagar =

Artículo 3º.- El personal autorizado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será

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