Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2016 (19/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Sábado 19 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

581261

FICHA PARA IDENTIFICACION DE EQUINOS Nombre:.................................. Sexo:.......................... Raza:.............................. Nº CHIP....................... Color: ......................................Edad:.......................................

Miembro anterior izquierdo...................................... Miembro anterior derecho........................................ Miembro posterior izquierdo..................................... Miembro posterior izquierdo..................................... Observaciones: ........................................................................ ........................................................................ .........................................................................
1357673-1

OTRAS MARCAS

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Rectifican la R.D. N° 3759-2013-MINCETUR/ VMT/DGJCMT, considerando como la denominación de la empresa S.R.L. (Sociedad comercial de responsabilidad limitada) consignándose en los siguientes términos: "NEGOCIACIONES LA TORRE DE BABEL S.R.L."
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 793-2016-MINCETUR/VMT/DGJCMT Lima, 11 de marzo de 2016 Vista, la Resolución Directoral 3759-2013-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de 26.12.2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 3759-2013-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 26.12.2013, se resolvió sancionar a la empresa NEGOCIACIONES LA TORRE DE BABEL S.A.C. con una multa equivalente a una (1) Unidad Impositiva Tributaria, N° fecha

por la comisión de infracción administrativa prevista en el literal g) del numeral 45.2 del artículo 45° de la Ley 27153 y normas modificatorias, concordado con el literal e) de su artículo 31° y el numeral 11.1 del artículo 11° del Reglamento de la Ley 29907; Que, posteriormente a la fecha de expedición de la mencionada Resolución Directoral se advirtió que la misma incurría en error material en cuanto a la denominación de la empresa; Que, expedida la Resolución Directoral N° 3759-2013-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 26.12.2013, se advirtió que se consignó como razón social de la empresa NEGOCIACIONES LA TORRE DE BABEL S.A.C., cuando correspondía NEGOCIACIONES LA TORRE DE BABEL S.R.L.; Que, en tal sentido el error material incurrido fue en el nombre de la denominación de la empresa, no habiéndose afectado los intereses de administrado; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 201° de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los errores materiales o aritméticos contenidos en los actos administrativos pueden ser rectificados de oficio en cualquier momento, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, por tales consideraciones, corresponde rectificar de Oficio la Resolución Directoral N° 3759-2013-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 26.12.2013; Que, asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18° de la Ley 27444, la Resolución Directoral a

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