Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2016 (30/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Miércoles 30 de marzo de 2016 /

El Peruano

Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el Portal Web Institucional del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc SINEACE 1360472-4

El Memorándum Nº 019-2016-SINEACE/ST-DECEBTP, de fecha 02 de marzo 2016, emitido por la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, el artículo 21º, numeral 21.2, del Reglamento de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE, aprobado con el Decreto Supremo Nº 018-2007-ED establece que para ser autorizado como entidad certificadora de competencias profesionales, se debe disponer de un equipo estable, y uno disponible, de especialistas en evaluación por competencias, cuyos integrantes han sido previamente certificados por el órgano competente del SINEACE; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria del 09 de julio del 2014 se declaró en reorganización el SINEACE y derogó el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley Nº 28740; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 se constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, a fin de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva mediante documento de visto, tomando en cuenta el Informe Nº 008-2016-SINEACE/DEC-EBTP-BSLL, propone la renovación de certificación de 04 evaluadores de competencias en la ocupación de Extensionista Rural Especialista en Ganado Bovino, quienes aprobaron las evaluaciones correspondientes; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión del 09 de marzo, 2016, mediante Acuerdo Nº 023-2016-CDAH, aprobó la renovación del registro como Evaluadores de Competencias a 4 postulantes, que culminaron satisfactoriamente el proceso de Renovación de Certificación para la ocupación de Extensionista Rural Especialista en Ganado Bovino, con una vigencia de cinco (05) años; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, Ley Nº 30220, Ley Universitaria y la Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Oficializar el Acuerdo Nº 023-2016CDAH del Consejo Directivo Ad Hoc, de sesión del 09 de marzo 2016, a través del cual se aprobó la renovación del Registro como Evaluadores de Competencias para la ocupación de Extensionista Rural Especialista en Ganado Bovino, a las personas comprendidas en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, con una vigencia de 05 años. Artículo 2º.- Registrar en el "Registro Nacional de Evaluadores de Competencias Profesionales de Educación Básica y Técnico Productiva", a las personas comprendidas en el artículo 1º de la presente Resolución.

Oficializan acuerdo mediante el cual se amplió la autorización a AGRO RURAL, como Entidad Certificadora de Competencias en diversas ocupaciones
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 027-2016-SINEACE/CDAH-P Lima, 23 de marzo de 2016 VISTO: El Oficio N° 006-2016-SINEACE/ST-DECEBTP, del 17 de febrero 2016, emitido por la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria del 09 de julio del 2014 se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley N° 28740; Que, mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 se constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del CONCYTEC, a efectos de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, mediante documento de Visto, la Dirección de Evaluación y Certificación Educativa Básica y Técnico Productiva del SINEACE, solicita la ampliación de autorización de la entidad certificadora de competencias "Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL", para certificar competencias en las ocupaciones "Maestra Clasificadora de Fibra de Alpaca", "Esquilador de Alpaca", "Productor de Plantones de Cacao" y "Productor de Plantones de Café y Especies Asociadas", al haber cumplido con los requisitos establecidos en el "Procedimiento del IPEBA para la Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales"; acompañando a tal efecto los Informes N° 004-2016-SINEACE/DECEBTP-BSLL, Nº 002-2016-SINEACE/ST-DEC-EBTPMDM, Nº 003-2016-SINEACE/ST-DEC-EBTP-MDM, N° 006-2016-SINEACE/DEC-EBTP-BSLL, con la documentación respectiva; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo N°0242016-CDAH, de sesión de fecha 09 de marzo 2016, se otorgó la ampliación de autorización al "Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, como Entidad Certificadora de Competencias para certificar las ocupaciones de "Maestra Clasificadora de

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