Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2016 (14/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Sábado 14 de mayo de 2016 /

El Peruano

que el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales fomente; Que, mediante Memorando N° 000170-2016/VMPCIC/ MC de fecha 12 de abril de 2016, el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales solicitó que la donación efectuada por el Banco de la Nación correspondiente al año 2015, sea distribuida en las metas presupuestales del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales y la Dirección de Artes, por un total de S/ 9 500,00 (Nueve mil quinientos con 00/100 Soles) y S/ 50 500,00 (Cincuenta mil quinientos con 00/100 Soles), respectivamente; Que, con Memorando N° 000136-2016/OT/OGA/SG/ MC de fecha 19 de abril de 2016, la Oficina de Tesorería comunicó a la Oficina General de Administración que el Banco de la Nación realizó la donación dineraria de la suma de S/ 60 000,00 (Sesenta mil con 00/100 Soles) y adjuntó el Recibo de Ingreso N° 0185-E de fecha 17 de marzo de 2016, señalando que esta fue registrada en el SIAF SP con el clasificador de ingresos 1.4.1.3.1.4 "Donaciones y transferencias de otras entidades públicas"; Que, con Resolución Ministerial N° 471-2015-MC de fecha 29 de diciembre de 2015, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos, correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, el numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, el artículo 69 del citado dispositivo legal, señala que "las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Dicha Resolución o Acuerdo, según corresponda, serán publicados en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias. En el caso de montos inferiores a las cinco (5) UIT la referida Resolución o Acuerdo se publicará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página web de la entidad, bajo responsabilidad"; Que, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01, modificada por Resolución Directoral N° 027-2014-EF/50.01, establece que se utilice el Modelo N° 04/GN para la aprobación de la incorporación de mayores fondos públicos por el titular del pliego; Que, mediante documento de Visto, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto recomienda continuar el trámite para la aceptación e incorporación de la donación recibida por el Banco de la Nación en el marco del "Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Cultura y el Banco de la Nación", para la organización del "Concurso de Dramaturgia" y otras actividades culturales que el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales fomente; Con la visación de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto designada temporalmente y la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica designada temporalmente; y, De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 30373, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Directiva N° 005-2010EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-

EF/76.01, modificada por Resolución Directoral N° 0272014-EF/50.01; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, y la Resolución Ministerial N° 471-2015-MC. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptación Aceptar y agradecer la donación efectuada por el Banco de la Nación, ascendente a la suma de S/. 60 000,00 (Sesenta mil con 00/100 Soles) destinada a la organización del "Concurso de Dramaturgia" y otras actividades culturales que el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales fomente, en el marco del Convenio Específico de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Cultura y el Banco de la Nación. Artículo 2°.- Incorporación Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 003 Ministerio de Cultura, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Cultura Administración General para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de S/. 60 000,00 (Sesenta mil con 00/100 Soles), de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS En Soles

Fuente de Financiamiento : 4 Donaciones y Transferencias Rubro : 13 Donaciones y Transferencias Unidad Ejecutora : 001 Ministerio de Cultura ­ Administración General 1.4 Donaciones y transferencias 1.4.1 Donaciones y transferencias corrientes 1.4.1.3 De otras unidades de Gobierno 1.4.1.3.1 De otras unidades de Gobierno 1.4.1.3.1.4. De otras entidades públicas TOTAL INGRESOS 60 000,00 60 000,00 60 000,00 60 000,00 60 000,00 -------------60 000,00 ========

EGRESOS Sección Primera Pliego Unidad Ejecutora Categoría Presupuestal Producto Actividad Fuente de Financiamiento Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios

En Soles : Gobierno Central : 003 Ministerio de Cultura : 001 Ministerio de Cultura ­ Administración General : 9001 Acciones Centrales : 3999999 Sin Producto : 5000002 Conducción y Orientación Superior : 4 Donaciones y Transferencias 9 500,00 -----------9 500,00 =======

TOTAL SUB-TOTAL EGRESOS

: 9002 Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos Producto : 3999999 Sin Producto Actividad : 5002004 Fomento de las industrias Culturales y Artes Fuente de Financiamiento : 4 Donaciones y Transferencias Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios TOTAL SUB-TOTAL EGRESOS TOTAL EGRESOS

Categoría Presupuestal

50 500,00 50 500,00 ======== 60 000,00 ========

Artículo 3°.- Codificación La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. Artículo 4°.Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, instruirá a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de

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