Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2016 (14/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Sábado 14 de mayo de 2016 /

El Peruano

identificado con DNI Nº 71921525, de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel Francisco Bolognesi", para realizar el Curso de Formación de Oficiales en el Colegio Militar de la Nación de la Ciudad de Buenos Aires, República Argentina, en el periodo comprendido del 15 de mayo de 2016 al 31 de diciembre de 2019, así como autorizar su salida del país el 14 de mayo de 2016. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2016, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje aéreo Ida: Lima ­ Buenos Aires (República Argentina) - (Clase económica): US$ 1,000.00 x 01 persona US$ 1,000.00 Gastos de Traslado (ida): US$ 886.81 x 01 persona

CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 95, del 10 de febrero de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 930 CCFFAA/CIOEC/SG, del 23 de febrero de 2016, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 15 de mayo de 2016 al 26 de setiembre de 2016, con la finalidad de brindar apoyo y entrenamiento de operaciones especiales al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de Perú, al Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjuntas y al Componente Especial del VRAEM (CE-VRAEM); Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a tres (03) militares de los Estados Unidos de América, del 15 de mayo de 2016 al 26 de setiembre de 2016, con la finalidad de brindar apoyo y entrenamiento de operaciones especiales al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de Perú, al Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjuntas y al Componente Especial del VRAEM (CE-VRAEM). Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa

US$

886.81

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 886.81/31 x 17 días x 01 persona (15 May ­ 31 May 16) US$ 486.31 US$ 886.81 x 07 meses x 01 persona (01 Jun ­31 Dic 16) US$ 6,207.67 Total: US$ 8,580.79

Artículo 3º.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por los días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, del 11 de setiembre de 2014, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 5º.- El Cadete designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6º.- El Cadete designado revistará en el Comando Administrativo del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período de tiempo que dure la Misión de Estudios. Artículo 7º.- El Cadete designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8º.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros

1

JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1380356-6

Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209.

1379906-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 499-2016-DE/SG Lima, 12 de mayo de 2016 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 353, del 02 de mayo de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de

Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 498-2016-DE/SG Lima, 12 de mayo de 2016

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