TEXTO PAGINA: 22
587444 NORMAS LEGALES Martes 17 de mayo de 2016 / El Peruano Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, modifi cado por la Primera Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley Nº 30372, establece que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas modifi caciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; asimismo, se señala que las modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional que se efectúen en el marco del presente numeral para el fi nanciamiento de proyectos de inversión, sólo se aprueban, previa suscripción de convenio, hasta el segundo trimestre del año fi scal correspondiente, no estando sujetos a dicho plazo las modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional que se aprueben para el fi nanciamiento de productos; Que, la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación, mediante los Informes Nºs 056 y 108-2016-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, sustenta y determina el costo diferencial del pago de las asignaciones temporales establecidas en la Ley y su Reglamento y las bonifi caciones por condiciones especiales de servicio correspondientes a los profesores contratados en el marco del Contrato de Servicio Docente, al que se refi ere la Ley Nº 30328; así como del costo total del pago de la asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) en el marco de lo dispuesto por la Octava Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, el literal c) del artículo 2 de la Ley Nº 30328 y en los artículos 1 y 2 de la Ley Nº 30202; asimismo, señala que se ha verifi cado el cumplimiento de las disposiciones que para tal efecto estableció el Ministerio de Educación en el marco de la normatividad de la materia. Que, a través del Informe Nº 211-2016-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Planifi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para fi nanciar los conceptos antes señalados; en virtud de lo cual, a través del Ofi cio Nº 00547-2016-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, de acuerdo a la información registrada en el “Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público” y la base de datos remitida por el Ministerio de Educación, el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 384 765 862,00), para fi nanciar el costo diferencial del pago de las asignaciones temporales establecidas en la Ley Nº 29944 y su Reglamento; las bonifi caciones por condiciones especiales de servicio correspondientes a los profesores contratados en el marco del Contrato de Servicio Docente, a las que se refi ere la Ley Nº 30328; y el costo total del pago de la asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) en el marco de lo dispuesto por la Octava Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, el literal c) del artículo 2 de la Ley Nº 30328 y en los artículos 1 y 2 de la Ley Nº 30202; Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 384 765 862,00), para fi nanciar el costo diferencial del pago de las asignaciones temporales establecidas en la Ley Nº 29944 y su Reglamento; las bonifi caciones por condiciones especiales de servicio correspondientes a los profesores contratados en el marco del Contrato de Servicio Docente, a las que se refi ere la Ley Nº 30328; y el costo total del pago de la asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) en el marco de lo dispuesto por la Octava Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, el literal c) del artículo 2 de la Ley Nº 30328 y en los artículos 1 y 2 de la Ley Nº 30202; Que, de conformidad con la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modifi catorias; DECRETA Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 384 765 862,00) del pliego Ministerio de Educación a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para fi nanciar el costo diferencial del pago de las asignaciones temporales establecidas en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-ED y las bonifi caciones por condiciones especiales de servicio correspondientes de los profesores contratados en el marco del Contrato de Servicio Docente, al que se refi ere la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones; así como el costo total del pago de la asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) en el marco de lo dispuesto por la Octava Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944, el literal c) del artículo 2 de la Ley Nº 30328 y en los artículos 1 y 2 de la Ley Nº 30202, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones para el Cumplimiento de Horas Lectivas Normadas ACTIVIDAD 5005628 : Contratación Oportuna y Pago del Personal Docente y Promotoras de las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 381 643 742,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica y Técnico Productiva PRODUCTO 3000574 : Personas con discapacidad severa acceden a Instituciones Educativas públicas especializadas con condiciones para su atención ACTIVIDAD 5004306 : Contratación oportuna y pago de personal para atención de Centros de Educación Básica Especial FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 319 860,00