Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2016 (20/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

587624
DEPARTAMENTO PROVINCIA DANIEL ALCIDES CARRION PASCO PASCO TAPUC

NORMAS LEGALES
DISTRITO SANTA ANA DE TUSI YANAHUANCA CHAUPIMARCA SIMON BOLIVAR TICLACAYAN YANACANCHA TACNA PACHIA PALCA SUSAPAYA TARATA ANDOAS SOPLIN REQUENA PICOTA ATALAYA CORONEL PORTILLO TAHUAMANU TAMBOPATA TAPICHE YAQUERANA PICOTA TAHUANIA MASISEA TAHUAMANU IÑAPARI LAS PIEDRAS

Viernes 20 de mayo de 2016 /

El Peruano

TACNA TARATA DATEM DEL MARAÑON LORETO

SAN MARTIN UCAYALI

MADRE DE DIOS

1382602-1

Autorizan viaje de Presidenta del CONCYTEC a la República de la India, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 096-2016-PCM Lima, 19 de mayo de 2016 VISTO: El Oficio N° 140-2016-CONCYTEC-SG, del 27 de abril de 2016, y demás documentación remitida por el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, en relación a la 5ta. Reunión Anual del Consejo de Investigación Global (GRC por sus siglas en inglés), a realizarse en la ciudad de Nueva Delhi, República de la India; y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por el Decreto Supremo N° 032-2007-ED y la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, dicha entidad se constituye en el organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - SINACYT, encargado de normar, dirigir, orientar, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 0262014-PCM, establece que una de las funciones de la institución es implementar mecanismos de coordinación, intercambio y concertación entre las instituciones integrantes del SINACYT, así como con el empresariado, universidades, embajadas y otras entidades del país y del exterior; Que, el Global Research Council - Consejo de Investigación Global (GRC) es una organización compuesta por agencias nacionales operadoras de recursos para ciencia e ingeniería en todo el mundo, cuyo fin es promover el intercambio de información y buenas prácticas entre éstas. Sus objetivos son: i) Mejorar la comunicación y la cooperación entre las agencias nacionales operadoras de recursos para ciencia e ingeniería, ii) Promover el intercambio de información y buenas prácticas, iii) Promover un foro regular para

reunir a los miembros del GRC, iv) Responder a las oportunidades y resolver problemas mutuos para apoyar la investigación y la educación; v) Ser un recurso permanente para las instituciones que deseen constituir un ambiente de investigación de primera clase; y, vi) Explorar mecanismos que apoyen la ciencia, la investigación y la empresa alrededor del mundo; Que, mediante Carta s/n del mes de marzo del 2016, el Secretario de la Junta de Investigación de Ciencia e Ingeniería (Science and Engineering Research Board SERB) y el Presidente de los Consejos de Investigación del Reino Unido (Research Councils UK - RCUK) invitan a participar a la 5ta. Reunión Anual del Consejo de Investigación Global (GRC), a realizarse del 25 al 27 de mayo de 2016, en la ciudad de Nueva Delhi, República de la India; asimismo, a una actividad para el establecimiento de redes entre los participantes el día 28 de mayo de 2016; Que, el Consejo de Investigación Global (GRC) es una oportunidad única para compartir experiencias a nivel global entre los Directores de los Consejos de Investigación. Los temas de la reunión anual del GRC serán: "la interdisciplinariedad" y "la igualdad y el status de las mujeres en la investigación"; Que, mediante Memorándum N° 017-2016-CONCYTEC-P, del 21 de abril de 2016, la Presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC señala que la participación en la 5ta. Reunión Anual del GRC permite conocer y formar parte en las discusiones sobre las temáticas técnicas mencionadas en el considerando anterior, así como obtener los antecedentes necesarios para el siguiente encuentro que el CONCYTEC organizará conjuntamente con el Natural Sciences and Engineering Research Council of Canada (NSERC) en el año 2017, además, contribuye al posicionamiento de la institución ante este importante foro internacional, y al intercambio y aprendizaje de las mejores prácticas que garanticen el éxito en la organización de este tipo de reuniones; Que, el artículo 2 de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional; Que, conforme a las funciones contenidas en los literales h) e i) del artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2007ED, corresponde al CONCYTEC promover la articulación de la investigación científica y tecnológica, la producción del conocimiento con los diversos agentes económicos y sociales, para el mejoramiento de la calidad de vida y el impulso de la productividad y competitividad del país e implementar mecanismos de coordinación, intercambio y concertación entre las instituciones integrantes del SINACYT, así como con el empresariado, universidades, embajadas y otras entidades del país y del exterior; en este sentido, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la Presidenta del CONCYTEC, para que conozca y participe en las discusiones sobre las temáticas técnicas relativas a la "Interdisciplinariedad" e "Igualdad y estatus de la mujer en la investigación", a desarrollarse en los mencionados eventos; acciones que contribuirán al posicionamiento y visibilidad del CONCYTEC, así como al intercambio y aprendizaje de las mejores prácticas que garanticen el éxito en la organización de este tipo de reuniones; siendo que los gastos que irrogue el presente viaje serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del CONCYTEC; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior con cargo a recursos públicos, por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e), f) y g) del mismo numeral, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

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