Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2016 (20/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Viernes 20 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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señor Manuel Abraham VÉRTIZ DOMÍNGUEZ, Director Ejecutivo de la Delegación Peruana ante el Consejo de Defensa Suramericano, y del señor Augusto MORENO O'PHELAN, Director General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa, como miembros de la Delegación Peruana ante el Consejo de Defensa Suramericano, para que participen en el mencionado evento; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la misma; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2016 del Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0472002 PCM, del 05 de junio de 2002 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; y el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del señor Manuel Abraham VÉRTIZ DOMÍNGUEZ, Director Ejecutivo de la Delegación Peruana ante el Consejo de Defensa Suramericano, identificado con DNI N° 09442012 y del señor Augusto MORENO O'PHELAN, Director General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa, identificado con DNI N° 09456847, para que participen en la actividad 2.b "Grupo de trabajo sobre modalidades para implementar un protocolo de empleo de las fuerzas militares en apoyo humanitario", del Plan de Acción 2016, que se llevara a cabo en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile el mismo que se llevará a cabo los días 02 y 03 de junio de 2016; autorizando su salida del país el 01 de junio y el retorno el 04 de junio de 2016. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora 001: Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Lima ­ Santiago de Chile (República de Chile) Lima: US$ 829.25 x 2 personas (Incluye TUUA) Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 3 días TOTAL A PAGAR: US$ US$ 2,220.00 3,878.50 US$ 1,658.50

de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo cumplirá con presentar la sustentación de viáticos, conforme a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047 ­ 2002-PCM. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa 1382602-4

Modifican la R.M. Nº 361-2016-DE/SG, a fin de incorporar a un representante del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas como integrante del Grupo de Trabajo encargado de la elaboración del Informe Sectorial para la transferencia de gobierno, periodo 2011 - 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 529-2016-DE/SG Lima, 18 de mayo de 2016 Visto, el Oficio Nº 2135 CCFFAA/SG del Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de fecha 28 de abril de 2016. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 361-2016-DE/ SG del 14 de abril de 2016, se constituyó en el Ministerio de Defensa, el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal encargado de la elaboración del Informe Sectorial para la transferencia de Gobierno, periodo 2011-2016; Que, con el documento del Visto, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, solicita que se considere a representantes de dicha institución para que integren el Grupo de Trabajo constituido con la Resolución Ministerial Nº 361-2016-DE/SG; Que, en consecuencia, resulta necesario modificar el artículo 3 de la citada Resolución Ministerial, con el objeto de incorporar a un representante del Comando conjunto de las Fuerzas Armadas como integrante del Grupo de Trabajo encargado de la elaboración del Informe Sectorial para la Transferencia de Gobierno correspondiente al periodo 2011 ­ 2016; Que, el numeral 37 del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1137, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece como función del Ministro de Defensa emitir Resoluciones Ministeriales en los asuntos que le corresponden, conforme a Ley; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 361-2016-DE/SG del 14 de abril de 2016, con el objeto de incorporar a un representante del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas como

Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro

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