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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE MAYO DEL AÑO 2016 (20/05/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 17

587635 NORMAS LEGALES Viernes 20 de mayo de 2016 El Peruano / SUBSECTOR INDICADOR UNIDADES SEGURIDAD Consumo anual de energía / variable subsector J/m2 J/efectivo Consumo anual de hidrocarburos / variable subsector J/m2 J/efectivo Consumo anual de electricidad / variable subsector kW.h/m2 kW.h/efectivo Consumo anual de gas / variable subsector J/m2 J/efectivo Penetración anual de calentadores solares m2 de colector/ entidad ADMINISTRATIVO Consumo anual de energía / variable subsector J/m2 J/trabajador Consumo anual de hidrocarburos / variable subsector J/m2 J/trabajador Consumo anual de electricidad / variable subsector kW.h/m2 kW.h/trabajador Penetración anual de calentadores solares m2 de colector/ entidad J: Joule kW.h: Kilowatt hora, medida de consumo de energía ANEXO 03 DEFINICIONES Auditoría Energética Revisión detallada del desempeño energético de una organización, de un proceso o de ambos. Se basa generalmente en una apropiada medición y observación del desempeño energético (eléctrico, gas natural, petróleo y sus derivados, etc.) real. Registro de Consultores en Efi ciencia Energética y Empresas de Servicios Energéticos (REMSE) Registro de Consultores en Efi ciencia Energética y Empresas de Servicios Energéticos autorizados a realizar Servicios Energéticos Consultor de Efi ciencia Energética Persona natural que se dedica a realizar estudios de viabilidad, llamados también análisis o diagnósticos energéticos; diseño, incluyendo los planes y estimaciones de costos; dirección del proyecto, compra e instalación de equipos, formación de personal, medición y comprobación de resultados y la garantía por desempeño. Empresa de Servicios Energéticos (EMSES) Empresa que se dedica a realizar estudios de viabilidad, llamados también análisis o diagnósticos energéticos; diseño, incluyendo los planes y estimaciones de costos; dirección del proyecto, compra e instalación de equipos, formación de personal, medición y comprobación de resultados y la garantía por desempeño. Línea Base Datos Energéticos revisados y establecidos formalmente, sobre los que se ha llegado a un acuerdo y que de ahí en adelante sirve como base para un desarrollo energético de comparación posterior. Armónicos Cualquier componente en la red eléctrica con frecuencia superior a 60 Hz. Factor de Potencia Es la razón entre la potencia activa o la potencia útil y la potencia total o potencia aparente. Perfi l de Consumos de Energéticos Muestra como está distribuido el consumo de energía eléctrica en una determinada residencia o construcción, en la cual es posible deducir cuál es el sector que consume mayor energía. Diagrama de Carga Analiza el comportamiento de la potencia en el tiempo. Energía Activa Es la energía eléctrica utilizada medida en kW.h por el medidor, se utiliza para hacer funcionar los equipos eléctricos. Energía Reactiva Es la energía adicional a la energía activa, que algunos equipos que tienen arrollamiento eléctrico como motores, transformadores, balastos, necesitan para su funcionamiento. Potencia Es la rapidez con que se efectúa un trabajo, cuya unidad es kilowatt (kW) Máxima Demanda en Energía Activa Es el más alto valor de las demandas de energía activa promediadas en periodos sucesivos de 15 min. Máxima Demanda en Energía Reactiva Es el más alto valor de las demandas de energía reactiva promediadas en periodos sucesivos de 15 min. ANEXO 04 SIGLAS BHP Caballo de fuerza de caldera EMSE Empresa de servicios energéticos J Joule kW Kilovatios kW.h Kilovatios hora kWARh Kilovoltio ampere reactivo hora NTP ISO 50001 Norma Técnica Peruana sobre Gestión de la Energía REMSE Registro de Consultores en Efi ciencia Energética y Empresas de Servicios Energéticos. LPUEE Ley de Promoción del Uso Efi ciente de la Energía RLPUEE Reglamento de la Ley de Promoción del Uso Efi ciente de la Energía UIT Unidades Impositivas Tributarias MINEM Ministerio de Energía y Minas DGEE Dirección General de Efi ciencia Energética 1 Extraído del apartado A.4.3. de la Norma Técnica Peruana NTP ISO 50001- 2012: Sistemas de Gestión de la Energía. Requisitos con orientación para su uso. 1382074-1 Declaran en situación de grave deficiencia eléctrica al Sistema Eléctrico de Ayacucho RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 189-2016-MEM/DM Lima, 18 de mayo de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 044-2014- EM publicado en el diario ofi cial El Peruano el 17 de diciembre de 2014, dispone que el Ministerio de Energía y Minas se encuentra facultado para declarar las situaciones de emergencia eléctrica o de graves defi ciencias del servicio eléctrico por falta de capacidad de producción y/o transporte y su respectivo plazo, a efectos de garantizar la confi abilidad del abastecimiento oportuno de energía en el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN), para lo cual establecerá la magnitud de la capacidad adicional de generación necesaria para enfrentar el evento y requerirá a la empresa pública para que, al amparo del artículo 3 de la referida norma, efectúe las contrataciones y adquisiciones de obras, bienes y servicios que sean necesarios para asegurar el suministro oportuno de energía eléctrica al SEIN; Que, con la fi nalidad de garantizar la continuidad del servicio y evitar la restricción de energía a los usuarios de Ayacucho, mediante comunicación COES/P-080-2016, ingresada el 12 abril de 2016 bajo Registro N° 2595243, el Comité de Operación Económica del Sistema - COES solicita al Ministerio de Energía y Minas que, en el marco del Decreto Supremo N° 044-2015-EM, declare en situación de grave defi ciencia eléctrica al Sistema Eléctrico de Ayacucho, debido a la falta de capacidad de transporte de la línea de transmisión L-6602 (Cobriza I – Cobriza II) de 60 kV; y asimismo, recomienda la instalación de 8 MW de generación térmica adicional en el periodo comprendido desde el 1 de julio de 2016 hasta la fecha en que se ponga en operación la línea de transmisión Friaspata - Mollepata de 220 kV y sus Subestaciones Asociadas; Que, mediante Ofi cio N° 71-2016-OS-GG, ingresado el 11 de mayo de 2015 bajo Registro N° 2604445, el