Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2016 (05/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Sábado 5 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Que, mediante Informe Técnico N° 155-2016-SERFORDGPCFFS-DPR, elaborado por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, se evaluó la propuesta del "Marco Metodológico del Inventario Nacional Forestal y de Fauna Silvestre", recomendando su aprobación; Que, de acuerdo al artículo 14 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, es función del SERFOR emitir normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, las cuales deben ser aprobadas mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI; Con el visado del Director de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, de la Directora de la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Marco Metodológico del Inventario Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, el cual comprende la Memoria Descriptiva del Mapa de Ecozonas, el Manual de Campo para las Ecozonas Selva Baja, el Manual de Campo para las Ecozonas Selva Alta e Hidromórfica y el Manual de Campo para las Ecozonas Costa y Sierra, que como anexos forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. La referida resolución y sus anexos serán publicados en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN LEIGH VETTER Director Ejecutivo (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1449347-1

noviembre de 2016, de la Oficina de Asesoría Jurídica; la Solicitud de autorización de viaje al exterior y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio del Ambiente es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a lo señalado en el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, éste tiene la función general de diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, mediante Resolución Legislativa Nº 26185, el Perú aprobó la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, que tiene como objetivo lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático, señalándose que ese nivel debería lograrse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible; Que, a través del documento OF.RE (DGM-DMA) Nº 2-21-C/235 de fecha 13 de octubre de 2016, la Embajadora SDR, Directora de Medio Ambiente del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, comunica al Ministerio del Ambiente, la Notificación "CAS/NOTIF./ CMA1/OCT.16, remitida por la Secretaría Ejecutiva de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, para participar en la Primera Reunión de las Partes del Acuerdo de Paris (CMA 1); la Vigésima Segunda Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP22); y, la Décimo Segunda Conferencia en calidad de reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto (CMP12); las cuales se llevarán a cabo en la ciudad de Marrakech, Reino de Marruecos, del 07 al 18 de noviembre de 2016; Que, la asistencia y participación en el citado evento permitirá, entre otros, participar en las negociaciones a desarrollarse, así como intervenir en los temas centrales a tratarse en la Vigésima Segunda Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP22), asimismo, se podrá demostrar las prioridades en relación a la mitigación y adaptación al cambio climático en nuestro país, alinear los objetivos nacionales plasmados en las contribuciones nacionales con los medios de implementación y las metodologías de monitoreo planteadas por la Convención, estableciendo sinergias y acuerdos entre las instituciones participantes para profundizar la mitigación y adaptación al cambio climático en el ámbito de las contribuciones nacionales determinadas; de otro lado, permitirá realizar el seguimiento de temas como la construcción de capacidades y tecnología; Que, mediante Memorando Nº 270-2016-MINAMSG-OCNI el Director de la Oficina de Cooperación y Negociaciones Internacionales remite la ficha de solicitud de autorización de viaje al exterior de la señora Josefina María del Carmen del Prado Chávez ­ Herrera, Especialista en Negociaciones Ambientales Internacionales de la Oficina de Cooperación y Negociaciones Internacionales para su participación en la Vigésima Segunda Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP22); Que, asimismo, a través de Memorando Nº 051-2016-MINAM/GA el Jefe de Gabinete de Asesores remite la ficha de solicitud de autorización de viaje al exterior del señor José Luis Ruiz Pérez, Asesor del Despacho Ministerial, para su participación en el evento mencionado en el párrafo precedente; Que, teniendo en consideración que los citados viajes irrogarán gasto al Estado (por concepto de viáticos y pasajes), mediante Informe Nº 436-2016-MINAM/SG/ OGA de fecha 31 de octubre de 2016, la Oficina General de Administración remite las Certificaciones de Crédito Presupuestal correspondientes; Que, el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,

AMBIENTE
Autorizan viaje de Asesor del Despacho Ministerial y Especialista al Reino de Marruecos, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 335-2016-MINAM Lima, 2 de noviembre de 2016 Visto; el Informe Nº 436-2016-MINAM/SG/OGA de fecha 31 de octubre de 2016 y el Memorando Nº 1825-2016-MINAM/SG/OGA/PPTO de fecha 27 de octubre de 2016, ambos documentos de la Oficina General de Administración; los Memorandos Nº 1755 y 1758-2016-MINAM/SG/OPP de fecha 31 de octubre de 2016, ambos de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 270-2016-MINAM-SGOCNI de fecha 26 de octubre de 2016, de la Oficina de Cooperación y Negociaciones Internacionales; el Memorando Nº 051-2016-MINAM/GA de fecha 26 de octubre de 2016, del Jefe de Gabinete de Asesores; el Informe Nº 354-2016-MINAM/SG-OAJ de fecha 02 de

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