Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2016 (05/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Sábado 5 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Que, de acuerdo a lo señalado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas en los documentos de Vistos, la empresa FARMAVAL PERÚ S.A. ha solicitado la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) del laboratorio LABORATORIOS SAVAL S.A ubicado en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, señalando que la citada empresa ha cumplido con el pago del derecho de tramitación previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) para las certificación señalada, incluyendo los costos por concepto de pasajes y viáticos; Que, según lo señalado en la Nota Informativa Nº 280-2016-T-OE-OGA/MINSA, la Oficina de Economía de la Oficina General de Administración ha verificado el depósito efectuado por la empresa FARMAVAL PERÚ S.A. conforme al Recibo de Ingreso Nº 3148, con el cual se cubre íntegramente los costos del viaje de inspección solicitado por la empresa en mención; Que, de acuerdo a lo señalado por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, la inspección solicitada para la obtención de la certificación antes señalada, estaba programada llevarse a cabo del 7 al 23 de noviembre de 2016; sin embargo, mediante Nota Informativa Nº 677-2016-DIGEMID-DG-DEF/MINSA, se solicitó la reprogramación de la inspección del 7 al 18 de noviembre de 2016; Que, con Memorando Nº 2253-2016-OGA/MINSA, la Oficina General de Administración informa que el viaje que realizarán los químicos farmacéuticos Elmer Edgar Andía Torre y Emerson León Paucca, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas para realizar la inspección solicitada, cuenta con las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nºs 4938-2016 y 4917-2016, correspondientes a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud, para pasajes en tarifa económica, así como los viáticos correspondientes incluido gastos de instalación, en concordancia con la normatividad vigente; Que, mediante Informe Nº 321-2016-EGC-ODRH/ MINSA, la Oficina General de Recursos Humanos emite opinión favorable respecto de la autorización de viaje de los referidos profesionales, en las nuevas fechas reprogramadas, señalando que se enmarca dentro de las normas que regulan la materia; Que, en atención a lo señalado en los considerandos precedentes, la realización del mencionado viaje tiene por objeto efectuar la supervisión de las condiciones y prácticas de fabricación de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios por parte del laboratorio extranjero y que será materia de comercialización en el país, resultando de interés institucional autorizar el viaje de los profesionales en mención; Que, conforme a lo dispuesto en el literal g) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, los viajes que realicen los profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), para las acciones de inspección de laboratorios farmacéuticos en el extranjero, en la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura y Buenas Prácticas de Laboratorio, se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Administración, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General (e), y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal g) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y sus modificatorias; y la Directiva Administrativa para la Certificación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros, aprobada por Resolución Ministerial Nº 7372010/MINSA;

SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar en comisión de servicios el viaje de los químicos farmacéuticos Elmer Edgar Andía Torre y Emerson León Paucca, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 6 al 19 de noviembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje de los citados profesionales en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial han sido íntegramente cubiertos por la empresa FARMAVAL PERÚ S.A., a través del Recibo de Ingreso detallado en los considerandos precedentes, abonado a la Oficina de Economía de la Oficina General de Administración, incluyendo la asignación por concepto de viáticos, conforme al siguiente detalle:
· Pasaje tarifa económica para 2 personas (c/persona US$ 1,023.30 incluido TUUA) : US$ 2,046.60

· Viáticos por 13 días para 2 personas : US$ 9,620.00 (c/persona US$ 4,810.00 incluido gastos de instalación) TOTAL : US$ 11,666.60

Artículo 3.- Disponer que los citados profesionales, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con copia a la Oficina General de Recursos Humanos, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudirán, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1450215-1

Aceptan renuncia de Directora Ejecutiva de la Dirección Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas de la Dirección de Salud II Lima Sur
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 867-2016/MINSA Lima, 4 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 592-2015/ MINSA de fecha 25 de setiembre de 2015, se designó entre otros, a la químico farmacéutica Vicky Roxana Flores Valenzuela, en el cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F-4, de la Dirección Ejecutiva de Medicamentos, Insumos y Drogas de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, resultando pertinente aceptar la misma; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Salud Pública y del Secretario General, y; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Único.- Aceptar la renuncia de la químico farmacéutica Vicky Roxana Flores Valenzuela, a la

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