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603651 NORMAS LEGALES Sábado 5 de noviembre de 2016 El Peruano / conocimientos y experiencias que redundarán en bene fi cio del Sector Defensa; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, de conformidad con el itinerario de los vuelos internacionales y con el fi n de facilitar la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación y el retorno un (1) día después de culminada la misma; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando es a otro continente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002 y su modi fi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Ministro SDR Hugo PEREYRA PLASENCIA, Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, identi fi cado con DNI N° 08227758 y del Capitán de Navío Alejandro Napoleón ORTIZ GASCO, identi fi cado con DNI N° 08104263, para que participen en la IV Sesión del Diálogo Estratégico entre Francia y el Perú en materia de Defensa, que se realizará en la ciudad de París, República Francesa, del 9 al 10 de noviembre de 2016, autorizando su salida del país el 8 de noviembre y el retorno el 11 de noviembre de 2016. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 001: Administración General, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima - París (República Francesa) - Lima US $ 2,711.96 x 2 personas (Incluye TUUA) US$ 5,423.92 Viáticos: US$ 540.00 x 2 personas x 2 días US$ 2,160.00Total : US$ 7,583.92 Artículo 3.- El mencionado personal deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dicho personal deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 4.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ Segunda Vicepresidenta de la RepúblicaEncargada del Despacho de la Presidencia de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y FinanzasEncargadao del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de CulturaEncargado del Despacho del Ministerio de Defensa 1450219-2 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban el Reglamento que establece el Procedimiento para la Transferencia de aportes previsionales de la Cuenta Individual de Capitalización del Sistema Privado de Pensiones a la Caja de Pensiones Militar Policial, y el pago de aportes previsionales a cargo del Estado, correspondiente al Personal Profesional Civil nombrado enfermeras (os) de la Policía Nacional del Perú DECRETO SUPREMO Nº 300-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante el Proceso de Evaluación y Selección de Profesionales del Área de la Salud, realizado por la Dirección de Instrucción de la Policía Nacional del Perú (PNP), a través de la Resolución Ministerial Nº 1260-95-IN/PNP, se dio de alta con fecha 01 de noviembre de 1995, como Empleados Civiles de la PNP a un grupo de Profesionales de Enfermería; Que, mediante la Octogésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se incorporó excepcionalmente por única vez, en el escalafón de O fi ciales de Servicios de la PNP, con el grado de “Mayor de Servicios PNP”, al personal profesional civil nombrado enfermeras (os) de la PNP, que causaron alta en la institución a mérito de la Resolución Ministerial Nº 1260-95-IN/PNP y que a la vigencia de dicha Disposición Complementaria se encontraban en actividad, disponiéndose que este personal se sujetará a lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 1133, encontrándose incorporados en el sistema de pensiones que rige el referido Decreto Legislativo; Que, la referida Disposición Complementaria Final establece que mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas se dictará las normas reglamentarias para establecer el procedimiento para el pago de adeudos por diferencial de aportes y transferencias del saldo de la Cuenta Individual de Capitalización y del Bono o Título de Bono de Reconocimiento del Sistema Privado de Pensiones a la Caja de Pensiones Militar Policial;