Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2016 (18/11/2016)


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10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 II. 1 2 3 4 Servicio de diseño de interiores Servicio de arquitectura Servicio de asesoría de transporte vertical Servicio de diseño de paisajismo Servicio de diseño de señalética Servicio de transporte, hospedaje y alimentación Servicio de gerencia de proyecto Servicio de supervisión de obra Servicio de gerencia de construcción Servicio de control administrativo Servicio de asesoría legal Servicio de seguros Servicio de agente de compras: FF&E y OS&E Servicio de equipamiento de cómputo Servicio de licencias y software LISTA DE CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN

NORMAS LEGALES

Viernes 18 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Preparación del terreno Construcción de edificios completos o de partes de edificios Acondicionamiento de edificios Terminación de edificios 1454965-1

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a los EE.UU., en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 484-2016-DE/MGP Lima, 16 de noviembre de 2016 Visto, el Oficio N.1000-1001 del Director General de Educación de la Marina, de fecha 1 de julio de 2016; CONSIDERANDO: Que, el Jefe de la Sección Entrenamiento del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, hace de conocimiento al Director General de Educación de la Marina, las fechas de inicio y término de diversos cursos para el personal de la Marina de Guerra del Perú, bajo el Programa de Ventas Militares al Extranjero (FMS), habiendo considerado entre ellos, la Maestría de Tecnología de Sistemas de Combate, WCN 3014, a realizarse del 27 de diciembre de 2016 al 25 de diciembre de 2018; Que, la designación de Personal Naval, para que participe en la referida maestría, responde a la necesidad de capacitar a Oficiales en Instituciones Militares Extranjeras, lo que permitirá incrementar los conocimientos en el área de Sistemas de Armas y recursos informáticos para los Sistemas de Combate Avanzados de las Unidades de la Marina de Guerra del Perú, contribuyendo de esta manera a elevar el nivel profesional de la Institución; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Alférez de Fragata Alejandro DRAGO Alfaro, para que participe en la Maestría de Tecnología de Sistemas de Combate, WCN 3014, a realizarse en la Escuela Naval de Postgrado, ciudad de Monterrey, Estado de California, Estados Unidos de América, del 27 de diciembre de 2016 al 25 de diciembre de 2018; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá actualizar los conocimientos en aspectos técnicos y

estado de la técnica de los sistemas de armas, sensores acústicos y energía; así como, utilizar la comprensión de los efectos de las armas para determinar óptimas estrategias ofensivas, investigar las fuentes de energía renovables y la tecnología para apoyar los sistemas de combate; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 27 al 31 de diciembre de 2016, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y, para completar el período de duración de la Misión de Estudios a partir del 1 de enero de 2017 al 25 de diciembre de 2018, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación, sin que este día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/ SG, de fecha 14 de febrero de 2005 y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y Nº 009-2013-DE, de fecha 2 de octubre de 2013; Que, el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus

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