Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016 (24/11/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 10

605004 NORMAS LEGALES Jueves 24 de noviembre de 2016 / El Peruano 2016, mediante el cual la Ofi cina de Planeamiento y Racionalización otorga el visto bueno a la propuesta; Que, con Informe Legal N° 275-2016-SERFOR-OGAJ de fecha 9 de noviembre de 2016, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica recomienda aprobar la actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, conforme a la propuesta presentada por la Ofi cina de Recursos Humanos; Que, la dinámica institucional conlleva la necesidad de aprobar la actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, conforme a la propuesta presentada por la Ofi cina de Recursos Humanos; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Administración, de la Directora de la Ofi cina de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, así como en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, que aprobó la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH “Normas para la gestión del Proceso de Administración de Puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad – CPE” (actualizada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE); SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN LEIGH VETTER Director Ejecutivo (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1456297-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Aprueban el Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Atención del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma - versión N° 02 RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 8563-2016-MIDIS/PNAEQW Lima, 23 de noviembre de 2016. VISTO: La Resolución de Dirección Ejecutiva N° 8556-2016-MIDIS/PNAEQW, de fecha 15 de noviembre de 2016; el Informe N° 526-2016-MIDIS/PNAEQW- UOP, de fecha 15 de noviembre de 2016, de la Unidad de Organización de las Prestaciones; el Memorando N° 2506-2016-MIDIS/PNAEQW-UPP, de fecha 15 de noviembre de 2016; el Informe N° 11221-2016-MIDIS/ PNAEQW-UAJ, de fecha 15 de noviembre de 2016; el Informe N° 00537-2016-MIDIS/PNAEQW-UOP, de fecha 23 de noviembre de 2016, de la Unidad de Organización de las Prestaciones; el Memorando N° 2554-2016-MIDIS/ PNAEQW-UPP, de fecha 23 de noviembre de 2016, de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 11443-2016-MIDIS/PNAEQW-UAJ, de fecha 23 de noviembre de 2016, de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS se creó el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS, con la fi nalidad de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para niñas y niños del nivel de educación inicial a partir de los tres años de edad y del nivel de educación primaria de la educación básica en instituciones educativas públicas; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2014-MIDIS y N° 004-2015-MIDIS, se dispuso que el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, de forma progresiva atienda a los escolares de nivel secundaria de las instituciones públicas localizadas en los pueblos indígenas que se ubican en la Amazonia Peruana, y modifi ca el segundo párrafo del artículo primero del Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, estableciendo que, el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma tendrá una vigencia de seis (06) años; Que, de acuerdo con lo establecido por la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autorizó al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a realizar transferencias de recursos fi nancieros a los comités u organizaciones que se constituyan para proveer los bienes y servicios del Programa, a fi n de alcanzar los objetivos a cargo del mismo; adicionalmente, se estableció que los comités u organizaciones referidos, serán reconocidos por el MIDIS, a través del Programa de Alimentación Escolar Qali Warma, rigiéndose por los procedimientos operativos, de compras, de rendición de cuentas y demás disposiciones complementarias que fueran necesarias, establecidos por el MIDIS y, supletoriamente, por las normas del ámbito del sector privado; Que, mediante el Decreto Supremo N° 001-2013-MIDIS se establecieron las disposiciones generales para la transferencia de recursos fi nancieros a los comités u organizaciones que, de acuerdo con el modelo de cogestión, se constituyan para la provisión de bienes y servicios para la prestación del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, disponiéndose que por Resolución del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social se aprueben los procedimientos generales para la conformación y el reconocimiento de los comités u organizaciones, así como los procedimientos operativos de compras, de rendición de cuentas y demás disposiciones complementarias que sean necesarias; Que, con Resolución Ministerial N° 016-2013-MIDIS, modifi cada mediante Resolución Ministerial N° 264-2013-MIDIS, se aprobó la Directiva N° 001-2013-MIDIS, que estableció los procedimientos generales para la operatividad del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; cuyo numeral 5.2, respecto a la Fase de Compra del modelo de cogestión, señala que éste es un proceso realizado conjuntamente por el Comité de Compra y el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, para la adquisición de productos y raciones, conforme a lo dispuesto en dicha Directiva y los procedimientos específi cos establecidos en el Manual de Compras que apruebe para tales efectos, el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, a través de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 7344-2014-MIDIS/PNAEQW, de fecha 19 de diciembre del 2014, se aprobó el “Manual de Compras del Modelo de Cogestión para la Atención del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma”, como un instrumento normativo que contiene las disposiciones, lineamientos y procedimientos de observancia obligatoria aplicable al Proceso de Compra