Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2016 (24/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 24 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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es necesario aceptar la renuncia de la encargatura formulada al puesto de Jefe del mencionado Programa, en tanto se designe al titular, debiéndose comunicar lo resuelto al Consejo Directivo del indicado Programa, para los fines de su competencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1077 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 014-2009-AG; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia a la encargatura de puesto Aceptar, a partir del 01 de diciembre de 2016, a la señorita Abogada Betzabeth de los Ángeles Márquez Vargas, la renuncia formulada a la encargatura del puesto de Jefe del Programa de Compensaciones para la Competitividad - AGROIDEAS, del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargatura de puesto Encargar, a partir del 01 de diciembre de 2016, al señor Ingeniero Agrónomo William Alberto Arteaga Donayre, el puesto de Jefe del Programa de Compensaciones para la Competitividad ­ AGROIDEAS, del Ministerio de Agricultura y Riego, y en tanto se designe al titular. Artículo 3.- Notificación de la Resolución Ministerial Disponer a la Oficina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria del Ministerio de Agricultura y Riego, proceda a la notificación de la presente Resolución Ministerial al Consejo Directivo del Programa de Compensaciones para la Competitividad - AGROIDEAS, así como al personal directivo comprendido en sus alcances, en el plazo de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1456267-2

Actualizan Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 263-2016-SERFOR/DE Lima, 21 de noviembre de 2016 VISTOS: Los Memorándum N° 1063 y 1217-2016-SERFOROGA de fechas 27 de setiembre y 28 de octubre de 2016, respectivamente, de la Oficina General de Administración; el Memorándum N°.746-2016-SERFOR/OGPP de fecha 5 de octubre de 2016, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal N° 275-2016-SERFOROGAJ de fecha 9 de noviembre de 2016, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre ­ SERFOR como organismo público técnico

especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, con Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, el cual establece que este organismo cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos de administración interna y órganos de línea; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece que el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP y el Presupuesto Analítico de Personal ­ PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE; Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014PCM, señala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades; Que, el numeral 5.2.2 de la Directiva N° 001-2014-SERVIR-GPGSC "Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades", aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR-PE, dispuso que "El CAP Provisional es un documento de gestión institucional cuya finalidad es habilitar temporalmente el funcionamiento de las entidades. Contiene los cargos clasificados de la Entidad en base a la estructura orgánica vigente prevista en su ROF"; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 548-2014-MINAGRI, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre ­ SERFOR; Que, con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 076-2015-SERFOR-DE, se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre ­ SERFOR; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, se dejó sin efecto la Directiva N° 001-2014-SERVIR-GPGSC "Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades"; Que, asimismo, el numeral 5 del Anexo 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH "Normas para la gestión del Proceso de Administración de Puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE (y actualizada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE), establece que "[...] El reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional. El reordenamiento de cargos podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización, o quien haga sus veces. En estos casos, la entidad deberá actualizar su CAP Provisional y publicarlo mediante resolución de su titular durante el primer bimestre de cada año, bajo responsabilidad del titular del órgano responsable de la elaboración del CAP Provisional"; Que, a través del Informe N° 488-2016-SERFOROGA-(ORH) de fecha 27 de setiembre de 2016, la Oficina de Recursos Humanos propone que se apruebe la actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre ­ SERFOR; Que, mediante los Memorándum N° 1063 y 1217-2016-SERFOR-OGA de fechas 27 de setiembre y 28 de octubre de 2016, respectivamente, la Oficina General de Administración remite la propuesta de actualización del CAP Provisional; Que, a través del Memorándum N° 746-2016-SERFOR/ OGPP de fecha 5 de octubre de 2016, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Técnico N° 150-2016-SERFOR-OPR de fecha 5 de octubre de

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