Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2016 (24/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Jueves 24 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Huanza S.A., creándose un nuevo Contrato de Concesión N° 055-95-A y un nuevo Expediente con N° 14002193-A; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 023-2012EM, publicada el 09 de febrero de 2012, se aprueba la Sexta Modificación al Contrato de Concesión Nº 05595 en los aspectos referidos al plazo de ejecución de las obras, así como su correspondiente Cronograma de Ejecución de Obras contenido en la Cláusula Sexta del referido Contrato de Concesión N° 055-95; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 003-2014EM, publicada el 18 de enero de 2014, se aprueba la regularización de la Séptima Modificación al Contrato de Concesión Nº 055-95, en el aspecto referido a la regularización de las obras del "Desplazamiento de Línea de Transmisión de 60 kV C.H. Moyopampa ­ S.E. Salamanca y C.H. Moyopampa ­ S.E. Balnearios"; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 0162014-EM, publicada el 8 de abril de 2014, se aprueba la regularización de la Octava Modificación al Contrato de Concesión Nº 055-95, en los aspectos referidos a las modificaciones en el trazo del recorrido de las líneas entre la torre 40 de la Línea de Transmisión de doble terna L-2008 y L-2009, y la S.E. Cajamarquilla y la torre 42 de la línea de doble terna L-2014 y L-2015; Que, mediante el documento con Registro N° 2625819 de fecha 21 de julio de 2016, EDEGEL S.A.A. solicita la aprobación de la transferencia de la concesión definitiva señalada en el primer considerando, a favor CONELSUR LT S.A.C.; Que, como sustento de la solicitud de transferencia, EDEGEL S.A.A. presenta el Contrato de Cesión de Posición Contractual de Concesiones y de Transferencia de Servidumbres, suscrito el 19 de julio de 2016, mediante el cual se establece que CONELSUR LT S.A.C. asumirá, a partir del 1 de octubre de 2016, todos los derechos y obligaciones derivados del Contrato de Concesión N° 055-95, así como de las servidumbres constituidas con arreglo a las disposiciones del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1436 del Código Civil, la forma de la transmisión, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en función del acto que sirve de base a la cesión y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, sobre la base del citado Contrato de Cesión de Posición Contractual de Concesiones y de Transferencia de Servidumbres, procede aprobar la transferencia solicitada y, en consecuencia, tener como titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Callahuanca ­ S.E. Cajamarquilla y S.E. Cajamarquilla ­ S.E. Chavarría a CONELSUR LT S.A.C., quien deberá elevar a escritura pública el referido Contrato de Cesión de Posición Contractual de Concesiones y de Transferencia de Servidumbres e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de los Servicios Públicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1436 del Código Civil, en el artículo 28 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, modificado por el Decreto Legislativo N° 1221, en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, y habiendo emitido opinión la Dirección General de Electricidad mediante el Informe Nº 485-2016-MEM/DGE-DCE; Con la opinión favorable de la Directora General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Callahuanca ­ S.E. Cajamarquilla y S.E. Cajamarquilla ­ S.E. Chavarría, así como de las respectivas servidumbres, que efectúa EDEGEL S.A.A. a favor de CONELSUR LT S.A.C., por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Tener como titular de la concesión definitiva mencionada en el artículo precedente a CONELSUR LT S.A.C. a partir del 1 de octubre de 2016, de acuerdo a lo señalado en el Contrato de Cesión de Posición Contractual de Concesiones y de Transferencia de Servidumbres que motivó la presente Resolución Ministerial, la que asumirá, desde la fecha indicada, todos los derechos y obligaciones que le corresponden de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, y demás normas legales y técnicas aplicables. Artículo 3.- El Ministerio dispondrá la publicación de la presente Resolución Ministerial, por una sola vez y por cuenta del nuevo titular, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1436120-1

Aprueban modificación de concesión definitiva de distribución de energía eléctrica solicitada por Electro Sur Este S.A.A. y aprueban Adenda N° 5 al Contrato de Concesión N° 008-94
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 445-2016-MEM/DM Lima, 26 de octubre de 2016 VISTO: El Expediente N° 15006193, sobre modificación de concesión definitiva de distribución de energía eléctrica, presentada por Electro Sur Este S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento B 00145 de la Partida N° 11003503 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° X Sede Cusco, Oficina Registral Cusco, y el Informe N° 473 -2016-DGE-DCE; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 060-94EM, publicada el 05 de octubre de 1994, se otorga a favor de Electro Sur Este S.A.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público de Electricidad, suscribiéndose el Contrato de Concesión N° 008-94; Que, mediante Resolución Suprema N° 105-2000EM, publicada el 08 de diciembre del 2000, se aprueba la regularización de la ampliación de la concesión, suscribiéndose el Addendum N° 1 al Contrato de Concesión N° 008-94; Que, mediante Resolución Suprema N° 0782009-EM, publicada el 04 de diciembre de 2009, se aprueba la regularización de la ampliación de las zonas de concesión, entre otras, las zonas de Vilcanota y Valle Sagrado, a favor de Electro Sur Este S.A.A. para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público de Electricidad, suscribiéndose el Addendum N° 02 al Contrato de Concesión N° 008-94; Que, mediante Resolución Suprema N° 058-2010EM, publicada el 08 de setiembre de 2010, se aprueba la reducción de concesión definitiva de las zonas de Vilcanota, Valle Sagrado y Sicuani, entre otras, a favor de Electro Sur Este S.A.A. para que las áreas excluidas de su concesión se sujeten a lo previsto en el último párrafo del artículo 30 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, suscribiéndose el Addendum N° 03 al Contrato de Concesión N° 008-94; Que, mediante Resolución Ministerial N° 464-2015EM, publicada el 11 de noviembre de 2015, se aprueba la modificación (reordenamiento) de las zonas de

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