Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2016 (27/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Domingo 27 de noviembre de 2016 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Rectifican las RR. N°s . 143 y 203-2013-SGCHUGDU-MDSMP referentes a la regularización de habilitación urbana ejecutada del Programa de Vivienda "Residencial Villa Génova"
SUBGERENCIA DE HABILITACIONES URBANAS Y SANEAMIENTO LEGAL RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 077-2016/SGHUySFL-GDU-MDSMP San Martín de Porres, 5 de octubre del 2016 EL SUBGERENTE DE HABILITACIONES URBANAS Y SANEAMIENTO FISICO LEGAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES VISTOS: Los Expedientes Administrativos Nº 40414-2016 de fecha 4/7/2016, Nº 49031-01-2016, de fecha 15/08/2016 y Nº 55142-01-2016 de fecha 09/09/2016, seguido por la empresa INMOBILIARIA SANTIAGO MAYHUASCA SURICHAQUI S.A.C debidamente representada por su Gerente General el SR. RICARDO DAVID MAYHUASCA HUAMAN, con DNI. Nº 40034647, mediante el cual solicita LA CORRECCIÓN Y/O RECTIFICACIÓN DE LA RESOLUCION DE SUGERENCIA Nº 143-2013-SGCHUGDU/MDSMP; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion de Subgerencia Nº 143-2013-SGCHU-GDU/MDSMP, de fecha 11 de abril del 2013, se resuelve aprobar la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del Programa de Vivienda "RESIDENCIA VILLA GÉNOVA", de conformidad con el plano signado con el Nº 026-2013-SGCyHU-GDUMDSMP y Memoria Descriptiva, para Uso Residencial de Densidad Media "R4" y Residencial de Densidad Alta "R5" del terreno de 39,100.00 m2, constituido por la Parcela Nº 14 del Ex Fundo Naranjal, Unidad Catastral Nº 10623, inscrita en la Ficha Nº 307203 seguido por la Partida Electrónica Nº 49083858 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, sobre el que se desarrolla el Programa de Vivienda "RESIDENCIAL VILLA GÉNOVA", ubicado en la jurisdicción del distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima; Que con Resolucion Nº 060-2013-MML-GDUSPHU, de fecha 14 de mayo del 2013, emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima, se resuelve establecer la conformidad de la Resolucion de Subgerencia Nº 143-2013-SGCHU-GDU/MDSMP, de fecha 11 de abril del 2013. Asimismo, se recomienda a esta Municipalidad realizar la corrección del error material incurrido en el Artículo Segundo de la citada Resolucion, al consignar como norma aplicada para el cálculo de aportes reglamentarios a la Ordenanza Nº 292-MML, cuando deberá aplicarse al presente procedimiento lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Construcciones. Con Resolucion de Subgerencia Nº 203-2013-SGCHU-GDU-MDSMP, de fecha 18 de junio del 2013, se vuelve a rectificar el Art. Segundo del Cuadro de Aportes Reglamentarios R4, y Cuadro de Aportes Reglamentarios R5, de la Resolucion Nº 143-2013-SGCHU-GDU/MDSMP, de fecha 11 de abril del 2013, respecto a la indicación del marco normativo donde dice: Ordenanza Nº 292-MML, deberá decir: R.N.C. Asimismo, se dispone levantar la carga dispuesta en la Resolucion Nº 143-2013-SGCHU-GDU/ MDSMP, de fecha 11 de abril del 2013, correspondiente al lote 10 de la Mz. B, del PROGRAMA DE VIVIENDA

"RESIDENCIAL VILLA GÉNOVA", la cual quedo como garantía de pago por el déficit de aporte reglamentario al Ministerio de Educación por el área de 7.66 m2, al haberse cancelado con Factura Nº 001-0007829 de fecha 31 de mayo del 2013, monto de S/. 146.89 nuevos soles, el mismo que fue valorizado mediante Resolucion Jefatural Nº 1816-2013-ED del 28 de mayo del 2013. Con Resolucion de Subgerencia Nº 273-2013-SGCHUGDU-MDSMP, del 26 de setiembre del 2013, se vuelve a rectificar el Artículo Segundo del Cuadro de Manzanas y Lotes, con respecto a la sumatoria total de áreas del Cuadro de Manzanas y Lotes, del PROGRAMA DE VIVIENDA RESIDENCIAL VILLA GÉNOVA debiendo ser esta el área de 23,476.60 m2. Que, mediante Informe Técnico Nº 080-2016-REANSGHUySFL /GDU-MDSMP, de fecha 05/10/2016, se indica en el análisis que de acuerdo a la evaluación de la documentación presentada por el administrado ha cumplido con el levantamiento de observaciones indicadas en la Esquela de Notificación Nº 110-2016-SGHUySFL de fecha 19 de agosto del 2016, de acuerdo al levantamiento de observaciones indicadas en Registros públicos; que habiéndose corregido el cuadro de datos técnicos y rectificado los planos de trazado y lotización con la memoria descriptiva, según el certificado de Búsqueda Catastral, se deberá dejar sin efecto el plano signado con el Nº 026-2013-SGCyHU-GDU-MDSMP y memoria descriptiva indicado en el Art. Primero Resolucion de Subgerencia Nº 143-2013-SGCHU-GDU/MDSMP, de fecha 11 de abril del 2013, Rectificar el Art. Segundo Resolucion de Subgerencia Nº 143-2013-SGCHUGDU/MDSMP, con respecto al cuadro de áreas y el Art. Primero de la Resolucion de Subgerencia Nº 203-2013-SGCHU-GDU-MDSMP, de fecha 18 de junio del 2013, en lo referente al cuadro de áreas, cuadro de aportes reglamentarios R4 Y R5. Que, en el numeral 201.1 del Artículo 201º de la Ley de Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, donde señala: "(...) Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altérelo sustancial de su contenido ni en el sentido de la decisión". SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Plano de Lotización Nº 026-2013-SGCyHU-GDUMDSMP, aprobado con Resolucion de Subgerencia Nº 143-2013-SGCHU-GDU/MDSMP, de fecha 11 de abril del 2013 y en su reemplazo APROBAR el nuevo Plano de Lotización signado con el Nº 083-2016-SGHUySFL-GDUMDSMP. Artículo Segundo.- RECTIFICAR el Artículo Segundo de la Resolucion de Subgerencia Nº 143-2013-SGCHUGDU/MDSMP, quedando el cuadro de áreas de la siguiente manera:
CUADRO GENERAL DE AREAS Descripción Área bruta del terreno Área afecta a aportes (referencial) Área bruta (R4) Área bruta (R5) Área de vía metropolitana Área útil de vivienda Área de compensación Área de vías Área de recreación pública Área (m2) 39,100.00 37,999.50 35,202.20 2,797.30 1,100.50 23,476.60 732.20 10,363.80 3,426.90

Artículo Tercero.- RECTIFICAR el Artículo Primero de la Resolucion de Subgerencia Nº 203-2013-SGCHUGDU-MDSMP con respecto al cuadro de Aportes Reglamentarios R4 y R5 respectivos:

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