Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2016 (01/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Sábado 1 de octubre de 2016 /

El Peruano

artículo 1 de la presente Resolución, están obligados a dar cuenta mensualmente a la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables respecto de las actuaciones derivadas de la delegación otorgada. Artículo 6.- Dejar sin efecto. Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 2082016-MIMP del 12 de agosto de 2016, y la Resolución Ministerial Nº 229-2016-MIMP del 19 de agosto de 2016. Artículo 7.- Notificación. Notificar la presente resolución a los/las funcionarios/ as a quienes han sido delegadas facultades y atribuciones mediante la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1435872-1

PRODUCE
Autorizan viaje de Asesor del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 373-2016-PRODUCE Lima, 29 de setiembre de 2016 VISTOS: La Carta N° 0423-410 de fecha 11 agosto de 2016, el Informe N° 316-2016-PRODUCE/DGP-Diropaorios de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, el Memorando N° 1426-2016-PRODUCE/OGPP del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 0546-2016-PRODUCE/ OGPP-Op de la Oficina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta N° 0423-410 de fecha 11 de agosto de 2016, el señor Guillermo Compeám, Director de la Comisión Interamericana del Atún Tropical - CIAT, cursa invitación a los Comisionados y partes del APICD y Gobiernos Participantes, a la 90ª reunión de la CIAT reanudada y las reuniones del APICD, que se llevarán a cabo del 10 al 14 de octubre de 2016, en La Jolla, California, Estados Unidos de América; Que, la Comisión Interamericana del Atún Tropical ­ CIAT, es una organización con personería jurídica internacional constituida en virtud a la "Convención de Antigua" de la cual el Perú es contratante desde el 14 de noviembre de 2003 y cuya función principal es la conservación del atún y especies afines; asimismo, sus miembros acuerdan anualmente establecer medidas de regulación y conservación aplicables a las embarcaciones pesqueras de mayor escala de cada miembro que operan en las actividades extractivas del atún en el ámbito del Océano Pacífico Oriental; Que, el Informe N° 316-2016-PRODUCE/DGP-Diropaorios, de fecha 12 de setiembre de 2016, hecho suyo por el Director General (e) de Políticas y Desarrollo Pesquero, indica que la 90ª Reunión de la CIAT reanudada tiene como objetivo continuar con las discusiones llevadas a cabo durante la 90ª reunión de la CIAT realizada el 27 de junio al 01 de julio de 2016, para la aprobación de las medidas de conservación que regirán en los próximos años, aplicables a las flotas atuneras registradas en organizaciones que operan en el Océano Pacífico Oriental; que asimismo, en dicha reunión se discutirá la solicitud peruana de asignación de capacidad de bodega (acarreo) restante, que fuera reconocida a pie de página del numeral 10 de la Resolución CIAT C-02-03, equivalente a 5,851m³ para el desarrollo de la industria atunera nacional, en concordancia con las políticas del sector pesca y acuícola aprobadas en el Plan Estratégico Multianual (PESEM), recomendando la participación del

señor Luis Alfredo García Mesinas en las mencionadas reuniones; Que, el Informe citado en el considerando precedente, señala que la autorización de viaje se encuentra enmarcada en el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, por cuanto la participación peruana en las reuniones de la CIAT, son actuaciones promotoras, de impulso, por parte del Estado Peruano; que tiene por finalidad la conservación y medidas de ordenamiento del recurso atún y otras especies marinas, sobre la base de la discusión técnica y política, que se traducen en el aprovechamiento sostenible de la capacidad de acarreo otorgada al Estado Peruano sobre este recurso por parte de la CIAT, como una actividad económica importante para el consumo humano directo; Que, con Informe N° 0546-2016-PRODUCE/OGPPOp, de fecha 22 de setiembre de 2016, del Director de la Oficina de Presupuesto, hecho suyo por el Director General de Planeamiento y Presupuesto con Memorando N° 1426-2016-PRODUCE/OGPP, se emite opinión favorable respecto a la adquisición de pasajes aéreos y asignación de viáticos para el viaje del señor Luis Alfredo García Mesinas;; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del señor Luis Alfredo García Mesinas, Asesor del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, a la ciudad de La Jolla, California, Estados Unidos de América, del 09 al 15 de octubre de 2016, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; y, la Directiva General Nº 007-2009-PRODUCE, Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción, aprobada por Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Luis Alfredo García Mesinas, Asesor del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, a la ciudad de La Jolla, California, Estados Unidos de América, del 09 al 15 de octubre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo al presupuesto del Ministerio de la Producción, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos Luis Alfredo García Mesinas Pasaje aéreo Viáticos por 6 días (clase económica US$ 440,00 por día incluido TUUA) (5 + 1 día por concepto US$ de instalación) 1 503.06 2 640.00 TOTAL US$ 4 143.06

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar al Ministro de la Producción, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1435497-2

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