Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2016 (01/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Sábado 1 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

600521

Designan Asesor II del Viceministerial de Energía
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 400-2016-MEM/DM Lima, 27 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO:

Despacho

sector y de la promoción de la actividad minera del país; Que, la asociación solicitante ha cumplido con los requisitos señalados en la Resolución Ministerial N° 0502001-EM/SG, que regula el procedimiento para oficializar eventos nacionales por parte del Ministerio de Energía y Minas, a pedido de entidades públicas o privadas; De conformidad con la Resolución Ministerial N° 050-2001-EM/SG y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Oficializar el evento denominado "II CONVENCIÓN DE DERECHO MINERO", a realizarse del 13 al 15 de octubre de 2016, en la ciudad de Arequipa, República del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1436125-1

Que, mediante Resolución Ministerial N° 298-2015MEM/DM se designó a la señorita economista Iris Marleni Cárdenas Pino en el cargo de Asesor II, Código 161AEC04, Nivel Remunerativo F-5 del Despacho Ministerial del Ministerio de Energía y Minas; Que, la citada funcionaria ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar su renuncia; Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Energía del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confianza; Que, por convenir al servicio de este Ministerio, es necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señorita economista Iris Marleni Cárdenas Pino al cargo de Asesor II, Código 161AEC04, Nivel Remunerativo F-5 del Despacho Ministerial del Ministerio de Energía y Minas; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señorita economista Iris Marleni Cárdenas Pino en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Energía del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1436124-1

Autorizan transferencia financiera, a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno Sociedad Anónima Abierta para el mejoramiento del proyecto de electrificación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 405-2016-MEM/DM Lima, 30 de setiembre de 2016 VISTOS: el Memorando N° 610-2016/MEM-DGER del 20 de setiembre de 2016; el Informe N° 001-2016MEM/DGER-JAL-ROJ del 16 de setiembre de 2016; el Memorándum N° 301-2016-MEM/DGER-JPEI del 14 de setiembre de 2016; el Memorándum N° 453-2016-MEM/ DGER-JEST y el Informe N° 377-2016-MEM/DGERJEST, ambos del 03 de agosto de 2016; CONSIDERANDO Que, la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, tiene por objeto establecer el marco normativo para la promoción y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país; Que, el artículo 7 de la Ley Nº 28749 establece que los recursos para la electrificación rural constituyen bienes inembargables y son, entre otros, las transferencias del Tesoro Público que se fije anualmente; el 4% de las utilidades de las empresas generadoras, transmisoras y distribuidoras del sector eléctrico que se aplicará con cargo al Impuesto a la Renta; y, el aporte de los usuarios de electricidad de 2/1000 de 1 UIT por Megavatio hora facturado; Que, el artículo 9 de la citada Ley señala que los recursos que son empleados para la electrificación rural están destinados exclusivamente a la ejecución de proyectos, obras y subsidios de los Sistemas Eléctricos Rurales (SER), así como a reforzar, ampliar, remodelar o mejorar la infraestructura eléctrica existente a través de transferencias de recursos mediante resolución del Titular del Pliego a favor de las empresas concesionarias de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado ­ FONAFE y a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. ­ ADINELSA, previa suscripción de convenios y de acuerdo a lo que señale el reglamento de la referida norma; Que, el Decreto Supremo N° 033-2015-EM establece los criterios y el procedimiento aplicable para financiar la ejecución de proyectos de Sistemas Eléctricos Rurales (SER), así como para el reforzamiento, ampliación, remodelación o mejora de la infraestructura eléctrica

Oficializan evento denominado "II Convención de Derecho Minero", a realizarse en la ciudad de Arequipa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 401-2016-MEM/DM Lima, 30 de setiembre de 2016 VISTO: El requerimiento efectuado por la Asociación Koritos, organización inscrita en la Partida N° 11265859 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa, Oficina Registral de Arequipa, a través del cual solicita la oficialización del evento denominado "II CONVENCIÓN DE DERECHO MINERO"; CONSIDERANDO: Que, mediante documentos con Registros N° 2613743 y N° 2635335 del 09 de junio y 31 de agosto de 2016, respectivamente, la Asociación Koritos solicita la oficialización del evento denominado "II CONVENCIÓN DE DERECHO MINERO", a realizarse del 13 al 15 de octubre de 2016, en la ciudad de Arequipa, República del Perú; Que, a través del Informe N° 1793-2016-MEM-DGM/ DPM, del 13 de septiembre de 2016, la Dirección de Promoción Minera de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas emite opinión favorable a la oficialización del citado evento, señalando que este constituye un foro de difusión de la legislación peruana del

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