Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2016 (05/10/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

600752

NORMAS LEGALES

Miércoles 5 de octubre de 2016 /

El Peruano

Ministerio de Cultura para la Secretaría Técnica de dicha Comisión; Que, estando al visado del Viceministro de Interculturalidad, de la Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; y, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE:

Con el visado del Viceministro de Interculturalidad, de la Secretaria General, del Director General de la Oficina General de Recursos Humanos, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y el Decreto Supremo N° 005-2013-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar al (la) titular de la Dirección de Políticas Indígenas como representante de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural del Viceministerio de Interculturalidad y al (la) titular de la Dirección de Patrimonio Inmaterial como representante de la Dirección General de Patrimonio Cultural del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales para la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para la Salvaguardia y Revalorización de los Conocimientos, Saberes, y Prácticas Tradicionales y Ancestrales de los Pueblos Indígenas u Originarios. Artículo 2.- Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura. gob.pe). Regístrese comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Cultura 1437213-1

Artículo 1.- Dar por concluida, a partir del 1 de octubre de 2016, la designación efectuada al señor Luis Alberto Negrón Bardález en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Lucía Matilde Solís Alcedo, en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Interculturalidad del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Cultura 1437215-1

Designan Asesor II del Despacho Viceministerial de Interculturalidad del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 361-2016-MC Lima, 3 de octubre de 2016 Visto, el Memorando N° 000270-2016/VMI/MC del Despacho Viceministerial de Interculturalidad; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, a través del Decreto Supremo N° 005-2013-MC se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, el mismo que establece la estructura orgánica de la entidad y funciones de sus órganos; Que, por Resolución Ministerial N° 334-2014-MC se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Cultura, y mediante Resolución Ministerial N° 183-2016-MC se aprobó el reordenamiento de cargos del citado instrumento de gestión, contemplándose el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Interculturalidad, como cargo de confianza; Que mediante Resolución Ministerial N° 350-2015-MC de fecha 2 de octubre de 2015, se designó, a partir del 13 de octubre de 2015, al señor Luis Alberto Negrón Bardález en el cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Interculturalidad del Ministerio de Cultura; Que, a través del documento de Visto, se solicita dar por concluida la referida designación, y se propone designar en dicho cargo a la señora Lucía Matilde Solís Alcedo; Que, a través del Informe N° 000329-2016/OGRH/SG/ MC de fecha 29 de setiembre de 2016, la Oficina General de Recursos Humanos emite opinión favorable respecto a la propuesta formulada, indicando que resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;

Crean el Grupo de Trabajo Multisectorial denominado "Grupo de Trabajo multisectorial para la protección de derechos de los indígenas Mashco Piro del río Alto Madre de Dios"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 362-2016-MC Lima, 3 de octubre de 2016 Visto, el Informe N° 000083-2016/DGPI/VMI/MC de fecha 23 de septiembre de 2016, emitido por la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica, siendo una de las áreas programáticas de acción sobre las que ejerce su competencia, funciones y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado en el Sector Cultura, la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto Supremo N° 005-2013-MC, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, el Despacho Viceministerial de Interculturalidad es la autoridad inmediata al Ministro de Cultura en materia de interculturalidad e inclusión de pueblos indígenas u originarios y población afroperuana; Que, el artículo 1 de la Ley N° 28736, Ley para la Protección de los Pueblos Indígenas u Originarios en Situación de Aislamiento y en Situación de Contacto Inicial, y el artículo 1 del Reglamento de la misma, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2007-MIMDES y modificado por el Decreto Supremo N° 008-2016-MC, señala que el objeto de la normatividad es establecer un Régimen Especial Transectorial de Protección de los derechos de los pueblos indígenas de la Amazonía peruana, que se encuentren en situación de aislamiento o en situación de contacto inicial, garantizando sus derechos a la vida y a la salud, salvaguardando su existencia e integridad; Que, de acuerdo al literal a) del artículo 4 de la Ley N° 28736, el Estado garantiza los derechos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento y en situación de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.