Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2016 (05/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Miércoles 5 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

600767

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aceptan renuncia de Procurador Público Adjunto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 162-2016-JUS Lima, 4 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 47, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos y mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el literal a) del artículo 25 del Decreto Legislativo Nº 1068, estipula que la designación de los Procuradores Públicos Adjuntos culmina, entre otras razones, por renuncia; Que, mediante Resolución Suprema Nº 021-2015JUS, de fecha 04 de febrero del año 2015, se designó al señor abogado Efraín Núñez Zelaya como Procurador Público Adjunto de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos; Que, mediante Oficio N° 309-2016-SUNARP/OGAJSN de fecha 02 de setiembre de 2016, el Superintendente Nacional de los Registros Públicos - SUNARP comunicó al Consejo de Defensa Jurídica del Estado haber recibido la renuncia del señor abogado Efraín Núñez Zelaya al cargo de Procurador Público Adjunto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; Que, mediante Sesión Extraordinaria de fecha 13 de setiembre de 2016, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado acordó recomendar la aceptación de la renuncia del abogado Efraín Núñez Zelaya a la designación como Procurador Público Adjunto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172008-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor abogado Efraín Núñez Zelaya a su designación como Procurador Público Adjunto de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1437383-8

Autorizan viaje de profesional del INPE a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 163-2016-JUS Lima, 4 de octubre de 2016 VISTOS; el Informe N° 057-2016-JUS/OGCP, de la Oficina General de Cooperación y Proyectos y el Informe N° 973-2016-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que las Cancillerías acordaron celebrar el próximo Encuentro Presidencial y X Gabinete Binacional Perú - Ecuador el 07 de octubre de 2016, en la ciudad de Macas, provincia de Morona Santiago, República del Ecuador, el cual estará precedido por reuniones preparatorias técnicas el 05 y 06 de octubre de 2016, en las cuales se evaluará el cumplimiento de los compromisos del Sector, contraídos en la Declaración de Jaén y el Plan de Acción, que se llevó a cabo en el Encuentro Presidencial y IX Gabinete Binacional de Ministros Perú Ecuador, celebrado el 18 de diciembre de 2015; Que, entre los compromisos contraídos por la República del Perú con la República del Ecuador en la referida Declaración de Jaén, se acordó realizar la visita de funcionarios del Instituto Nacional Penitenciario - INPE al Centro de Rehabilitación Social de la provincia de Guayas, ciudad de Guayaquil; Que, con la finalidad de cumplir dicho compromiso, se ha previsto la visita del señor Rubén Oscar Ramón Ramos, Director de Tratamiento Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario - INPE, al mencionado Centro de Rehabilitación Social, quien posteriormente, integrará la delegación peruana que asistirá a la reunión preparatoria del 06 de octubre, así como al Encuentro Presidencial y X Gabinete Binacional Perú - Ecuador, el 07 de octubre del presente año, en la ciudad de Macas, provincia de Morona Santiago, República del Ecuador; Que, mediante Informe N° 057-2016-JUS/OGCP, la Oficina General de Cooperación y Proyectos señala la importancia de la visita del referido funcionario al Centro de Rehabilitación Social de la provincia de Guayas, Guayaquil, así como su participación en el Encuentro Presidencial y X Gabinete Binacional Perú - Ecuador, por lo que opina favorablemente a la autorización del presente viaje; Que, la visita del señor Rubén Oscar Ramón Ramos, Director de Tratamiento Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario - INPE, al Centro de Rehabilitación Social de la provincia de Guayas, Guayaquil, así como su visita al Encuentro Presidencial y X Gabinete Binacional Perú - Ecuador, son de interés nacional e institucional, toda vez que contribuirán a la unificación de los lazos entre ambos países; Que, considerando el itinerario y trayecto que demandará el viaje de dicho funcionario a las ciudades de Guayaquil y Macas, en la República del Ecuador, es necesario que éste sea autorizado del 05 al 08 de octubre de 2016, para los fines a que se refieren los considerandos precedentes; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece, respecto a los viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e), f) y g) del mismo numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, los gastos que genere el presente viaje serán asumidos con cargo al presupuesto del Instituto Nacional Penitenciario - INPE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia

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