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601043 NORMAS LEGALES Sábado 8 de octubre de 2016 El Peruano / 4. - Un representante de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. 5. - Un Representante de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. Asimismo, la O fi cina de Organización y Modernización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto actuará como secretaría técnica del referido Grupo de Trabajo. Artículo 3.- Plazo de Vigencia del Grupo de Trabajo El plazo de vigencia del Grupo de Trabajo será de noventa (90) días, contados a partir de la noti fi cación de la presente Resolución Ministerial, plazo en que deberán presentar la propuesta de actualización del Reglamento de Organización y Funciones a la Secretaría General del Ministerio de Cultura. Artículo 4.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Cultura 1438629-1 Aceptan y agradecen donación dineraria efectuada por el Fondo General Contravalor Perú - Japón, para la ejecución de proyecto RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 373-2016-MC Lima, 6 de octubre de 2016VISTO, el Informe Nº 000535-2016/OGPP/SG/MC de fecha 5 de octubre de 2016, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 471-2015-MC de fecha 29 de diciembre de 2015, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos, correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, con Informe N° 000269-2016/OT/OGA/SG/MC de fecha 23 de setiembre de 2016, la O fi cina de Tesorería de la Ofi cina General de Administración informa sobre la recepción del importe transferido por el Fondo General Contravalor Perú – Japón en la cuenta corriente N° 00-068-361990 del Banco de la Nación, cuya denominación es “MINISTERIO DE CULTURA-ADM. GENERAL-DONACIONES DEL FONDO GENERAL E CONTRAVALOR PERÚ-JAPÓN”, cuenta corriente aperturada especí fi camente para la ejecución del Proyecto 4-2006 “Construcción y equipamiento del Centro Internacional de Investigación, Conservación y Restauración y Museografía del Museo Nacional Chavín”; asimismo, precisa que el desembolso ingresó mediante Recibo de Ingreso N° 0785-A por el monto de S/ 175 106.00 (Ciento setenta y cinco mil ciento seis con 00/100 Soles), indicando que dicho importe ha sido registrado en el SIAF SP en el clasi fi cador de ingresos 1.4.1.1.5.2 Fondo Contravalor Perú - Japón; Que, con Memorando N° 001004-2016/DGM/VMPCIC/ MC del 30 de setiembre de 2016, la Dirección General de Museos, solicita aceptar e incorporar la donación efectuada por el Fondo General Contravalor Perú - Japón, por el monto de S/ 175 106.00 (Ciento setenta y cinco mil ciento seis con 00/100 Soles), correspondiente a la novena transferencia recibida en virtud del Contrato de Financiamiento y Adendas suscritas con la Entidad en relación al Proyecto “Construcción y Equipamiento del Centro Internacional de Investigación, Conservación y Restauración y Museografía del Museo Nacional Chavín”, para lo cual adjunta los Formatos N° 01 y 02 con el desagregado de la información a incorporar;Que, mediante Informe de Visto, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto señala que se ha evidenciado el registro fi nanciero del importe que se requiere incorporar; indicando asimismo que, atendiendo a la necesidad de contar con dichos recursos para la ejecución del proyecto antes citado, resulta pertinente continuar con los trámites respectivos en el marco de la normatividad vigente; Que, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante Resolución del Titular de la Entidad cuando provengan de fuentes distintas a las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito que se produzcan durante el Año Fiscal; Que, asimismo, el artículo 69 del citado Texto Único Ordenado establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, debiendo ser publicados en el Diario O fi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; y en el caso de montos inferiores, la referida Resolución o Acuerdo se publicará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página web de la entidad, bajo responsabilidad; Que, el numeral 25.1 del artículo 25 de la Directiva N° 005-2010-EF/76,01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modi fi catorias, establece que dado el carácter fi nanciero del presupuesto del Sector Público, sólo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos serán registrados en números enteros; Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, considerando que los mayores fondos públicos a incorporar corresponden a la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias; Con el visado de la Secretaria General, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptación Aceptar y agradecer la donación dineraria por la suma de S/ 175 106.00 (Ciento setenta y cinco mil ciento seis con 00/100 Soles), efectuada por el Fondo General Contravalor Perú – Japón, para la ejecución del Proyecto “Construcción y Equipamiento del Centro Internacional de Investigación, Conservación y Restauración y Museografía del Museo Nacional Chavín”. Artículo 2.- Incorporación Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 003: Ministerio de Cultura, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Cultura – Administración General para el Año Fiscal 2016, en la Fuente de Financiamiento 4 Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ 175 106.00 (Ciento setenta y cinco mil ciento seis con 00/100 Soles), de acuerdo al detalle siguiente: