Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2016 (08/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Sábado 8 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES
Viáticos: US$ 370.00 x 3 personas x 5 días

601047
US$ 5,550.00

propuestas para que personal de la Marina de Guerra del Perú, efectúe la visita a las Unidades Submarinas de la Armada Nacional de Colombia, a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2016, la designación y autorización de viaje de TRES (3) Oficiales Superiores, para que participen en la mencionada actividad; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Chiti CHOY KIFOX Arce, del Capitán de Fragata Arturo Wilder ESPINOZA Landa y del Capitán de Corbeta Roberto Wilfredo QUESADA Alburqueque, quienes han sido designados para que participen en la visita a las Unidades Submarinas de la Armada Nacional de Colombia, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 10 al 14 de octubre de 2016; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá incrementar los conocimientos sobre temas específicos tales como: soluciones tecnológicas en modernización de submarinos, problemáticas presentadas antes, durante y después del proceso de modernización, tanto en el aspecto técnico como en el desarrollo logístico de modernización de los Submarinos Tipo 209 de la Armada Nacional de Colombia, asegurando la correcta y eficiente ejecución del mencionado Proyecto de Inversión Pública; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento; sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata Chiti CHOY KIFOX Arce, CIP. 00913145, DNI. 43564679, del Capitán de Fragata Arturo Wilder ESPINOZA Landa, CIP. 00912141, DNI. 43869819 y del Capitán de Corbeta Roberto Wilfredo QUESADA Alburqueque, CIP. 00910673, DNI. 10808475, quienes han sido designados para que participen en la visita a las Unidades Submarinas de la Armada Nacional de Colombia, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 10 al 14 de octubre de 2016; así como, autorizar su salida del país el 9 y su retorno el 15 de octubre de 2016. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Cartagena de Indias (República de Colombia) - Lima US$ 1,300.00 x 3 personas US$ 3,900.00

TOTAL A PAGAR: US$ 9,450.00 Artículo 3.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Superior designado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1439096-4

Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de los EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1069-2016-DE/SG Lima, 6 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 752, del 28 de setiembre de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 5338 CCFFAA/CIOEC/SG, del 04 de octubre de 2016, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 13 de octubre de 2016 al 19 de enero de 2017, con la finalidad de efectuar entrenamiento con personal del Ejército del Perú y sostener reuniones con personal del Comando de Inteligencia y Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas Armadas del Perú; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar

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Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

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