Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2016 (08/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Sábado 8 de octubre de 2016 /

El Peruano

en el periodo comprendido del 10 de octubre al 02 de diciembre de 2016; Que, mediante Dictamen Legal Nº 122-2016-SAL/ DRIE, del 13 de setiembre de 2016, el Jefe de la Sección de Asesoría Legal de la Dirección de Relaciones Internacionales del Ejército, emite opinión favorable para el viaje del personal militar descrito en el artículo 1º de la presente Resolución, en tanto se ajusta a las normas jurídicas nacionales; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Cadete designado, a fin de adquirir conocimientos y desarrollar competencias y capacidades con estándares similares a países desarrollados, con el fin de que posteriormente los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho de la Institución, fortaleciendo el prestigio del Ejército del Perú; Que, mediante Carta Nº 98/PER/AD, del 17 de mayo de 2016, el Agregado de Defensa de la República Francesa en el Perú, comunica al Director de la Escuela Militar de Chorrillos "Crl Francisco Bolognesi", que los gastos de alojamiento y alimentación del Cadete designado, serán cubiertos por el Ejército de la República Francesa; por lo que debe otorgarse la Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero por un veinte por ciento (20%) del que corresponde a su grado y zona geográfica, en mérito a lo establecido en los artículos 1º y 3º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, del 12 de septiembre de 2014, que dispone el pago por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la presentación del Cadete designado en la fecha requerida, es necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al Cadete IV EP Daniel Andree JIMENEZ HUANCAHUARE, identificado con DNI Nº 70327357, para visitar la Escuela de Saint-Cyr, del Ejército de la República Francesa, ubicado en Coetquidan, ciudad de Rennes, República Francesa, en el periodo comprendido del 10 de octubre al 02 de diciembre de 2016; así como autorizar su salida del país el 08 de octubre de 2016 y su retorno al país el 03 de diciembre de 2016. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2016, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aéreos: Lima ­ Coetquidan (República Francesa) ­ Lima (clase económica) US$ 2,000 x 01 persona US$ 2,000.00

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero 824.72/31 días x 22 días x 20 % 824.72 x 20 % x 01 mes 824.72/31 días x 02 días x 20 % (10 OCT-31 OCT 16) (01 NOV-30 NOV16) (01 DIC-02 DIC 16) TOTAL A PAGAR: 117.06 164.94 10.64 292.64

Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, de la presente Resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4º.- El personal militar comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5º.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1439096-3

Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 339-2016-DE/MGP Lima, 6 de octubre de 2016 Visto, el Oficio P.200-2389 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 14 de setiembre de 2016; CONSIDERANDO: Que, la Marina de Guerra del Perú, en un franco proceso de modernización, viene ejecutando el Proyecto de Inversión Pública "Recuperación de la Capacidad Submarina en el Teatro de Operaciones Marítimo", Código SNIP 137495, para la recuperación de la capacidad de CUATRO (4) Unidades Submarinas Tipo 209, con asesoramiento del astillero alemán contratado, lo que comprende la realización de trabajos especializados de los Sistemas de Comando y Control, equipos que componen el sistema de propulsión, navegación, búsqueda; así como, equipos mecánicos, eléctricos, electrónicos, ópticos e hidráulicos y el planeamiento y supervisión de los trabajos de modernización, instalación y mantenimiento mayor; Que, la Armada Nacional de la República de Colombia, a través de un contrato suscrito con el astillero alemán, ha efectuado los trabajos de modernización y mantenimiento de sus DOS (2) Unidades Submarinas ARC "PIJAO" y ARC "TAYRONA", logrando obtener una serie de conocimientos y experiencias durante el desarrollo de los trabajos efectuados; por lo que es importante realizar in situ la transferencia de estos conocimientos a personal de la Marina de Guerra del Perú; Que, el Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República de Colombia, ha informado al Comandante General de la Marina, que el Jefe de Operaciones Navales de la Armada Nacional de Colombia, ha comunicado la autorización de las fechas

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