Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2016 (08/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Sábado 8 de octubre de 2016 /

El Peruano

el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Luis Genaro Saldaña Bardales, del 9 al 14 de octubre de 2016, a la ciudad de Lyon - República Francesa, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente, son efectuados con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos Importe US$ 2,201.00 540.00 Días X 4 X X Personas Total US$ 1 = 2,201.00 1 = 2,160.00 ------------4,361.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1439096-6

Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a Panamá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 337-2016-IN Lima, 6 de octubre de 2016 VISTOS; la Carta DGPN-D.A.I/ 174-2016, de fecha 27 de julio de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional de Panamá; y, el Memorándum N° 2975-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 14 de setiembre de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta DGPN-D.A.I/ 174-2016, de fecha 27 de julio de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional de Panamá hace de conocimiento a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú sobre la invitación para que una (1) Oficial de la Policía Nacional del Perú, participe en el Segundo Encuentro de Mujeres de los Estamentos de Seguridad, a realizarse en la ciudad de Panamá - República de Panamá, del 10 al 12 de octubre de 2016; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión Nº 318-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 14 de

setiembre de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú estima conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior, en comisión de servicios, del 9 al 12 de octubre de 2016, a la ciudad de Panamá - República de Panamá, de la Mayor de la Policía Nacional del Perú Magaly Josefina Cisterna Silva, para que participe en el evento indicado en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum N° 2975-2016-DIRGEN-PNP/ DIRASINT-DIVBEC, de fecha 14 de setiembre de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba la propuesta mencionada en el considerando anterior, disponiendo la formulación de la resolución autoritativa de viaje correspondiente y señalando que el mismo irroga gastos al Estado; Que, las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, redunda en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido; Que, conforme se precisa en la Carta DGPN-D.A.I/ 174-2016, de fecha 27 de julio de 2016, cada país participante asumirá el costo de hospedaje y boleto de viaje, en tanto que los gastos de alimentación, transporte interno y materiales de la conferencia serán asumidos por la Dirección General de la Policía Nacional de Panamá, por lo que corresponde el otorgamiento del 70% como porcentaje máximo del total de viáticos; Que, al respecto es preciso señalar que el artículo 5° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos modificado por el artículo 1° del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, establece en su segundo párrafo que sobre la base de la referida Escala de Viáticos, mediante Resolución del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario Oficial "El Peruano", las Entidades del Sector Público deberán aprobar menores asignaciones por concepto de viáticos, tomando en consideración las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia de financiamiento parcial, duración del viaje por capacitación, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad del gasto fiscal; Que, en este contexto, mediante Resolución Ministerial N° 0570-2015-IN, de fecha 22 de setiembre de 2015, se han aprobado los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 5° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal policial y civil del Sector Interior, a quienes se les otorgará como porcentaje máximo de viáticos, el 70% del total de viáticos si les cubre alimentación; 40% si les cubre hospedaje y 20% si les cubre hospedaje y alimentación; Que, en tal sentido los gastos parciales que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto y viáticos, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme se precisa en el Oficio N° 5499-2016-DIREJADMDIRECFIN-PNP/DIVPRE, de fecha 13 de setiembre de 2016, mientras que la Policía Nacional de Panamá asume los gastos de alimentación, transporte interno y materiales de la conferencia, conforme se establece en la Carta DGPND.A.I/ 174-2016, de fecha 27 de julio de 2016; Que, asimismo el artículo 3° del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004, que aprueba el reglamento de viajes del personal Militar y Civil del sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, de fecha 11 de marzo de 2009, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente

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