Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2016 (09/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Domingo 9 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

601245

ORDENANZA REGIONAL Primero: APROBAR el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, el mismo que consta de Ocho (08) Títulos, Veinticuatro (24) Capítulos, Noventa y ocho (98) Artículos, Tres (03) Disposiciones Complementarias y Tres (03) Disposiciones Transitorias; cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza. Segundo: DEJAR sin efecto la Ordenanza N° 052014-GR.CAJ-CR, de fecha 07 de febrero del 2014. Tercero: ENGARGAR a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional Cajamarca la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial "El Peruano". Cuarto: ENCARGAR a la Dirección de Comunicación y Relaciones Públicas la publicación la presente Ordenanza Regional con el respectivo Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe). Quinto: La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los dos días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis. HILARIO PORFIRIO MEDINA VÁSQUEZ Gobernador Regional (e) 1438541-2

mediante Resolución, designará a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público y de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, en cumplimiento de la normativa expuesta en los considerandos precedentes, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0217-2015-GORE-ICA/GR, se designó al Director de la Oficina de Tecnologías de la Información de la Oficina Regional de Administración y al Subgerente de Desarrollo Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, como titular y alterno, respectivamente, de registrar y actualizar el Portal de Transparencia del Gobierno Regional de Ica. De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27806, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ordenanza Regional Nº 0016-2013-GORE-ICA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0217-2015-GORE-ICA/GR, de fecha 03 de junio 2015 en la cual se modifica el artículo segundo de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0058-2015-GORE-ICA/PR. Artículo 2º.- MODIFICAR el artículo segundo de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0058-2015-GORE-ICA/ PR, en los términos siguientes: "Artículo 2º.- DESIGNAR al Subgerente de Tecnologías de la Información de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, como responsable del registro y actualización del Portal de Transparencia del Gobierno Regional de Ica, en concordancia con el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ica, aprobado por Ordenanza Regional Nº 0016-2013-GOREICA" Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web del Gobierno Regional de Ica. Regístrese, comuníquese y cúmplase.

GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Designan responsable del registro y actualización del Portal de Transparencia del Gobierno Regional
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 0337-2016-GORE-ICA/GR Ica, 15 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales se establece la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales, constituyéndolos como una persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información, consagrada en el numeral 5 del Art. 2º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 3º del citado Texto Único Ordenado, señala que el Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, para cuyo efecto se designa al funcionario responsable de entregar la información solicitada; y, en su artículo 5º prescribe que las entidades públicas deben contar con un Portal de Internet en el que se publique la información más importante de la institución, debiendo designar para tal efecto a un funcionario responsable del mantenimiento de dicho portal; Que, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, disponiendo en su artículo 3º que la máxima autoridad de la entidad

FERNANDO CILLONIZ BENAVIDES Gobernador Regional 1438607-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ATE
Modifican la Ordenanza N° 306-MDA que regula el servicio de transporte público de pasajeros y carga en vehículos menores
ORDENANZA Nº 422-MDA Ate, 29 de setiembre del 2016 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de Setiembre del 2016, visto, el Dictamen Nº 002-2016-MDA/CAJTI de la Comisión de Asesoría Jurídica y Tecnologías de la Información, y;

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