Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2016 (15/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Sábado 15 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

601733

Alcaldía, para la adecuada aplicación de la presente ordenanza municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUSTINIANO PEDRO VALENCIA PANTOJA Alcalde BASES PARA EL SORTEO TRIBUTARIO "PAGANDO Y GANANDO HUAURA PROGRESANDO" Artículo 1º.- SORTEO DE PREMIOS La Municipalidad Distrital de Huaura promueve la cultura tributaria, el cumplimiento puntual y oportuno de pagos por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2016 entre los contribuyentes con el propósito de otorgar un tratamiento distintivo a los contribuyentes puntuales. El contribuyente que participe en dicho sorteo lo hará de forma gratuita, automática y sujetándose a las reglas contenidas en las presentes Bases y Ordenanza Municipal Nº 021-2016-MDH. Artículo 2º.- GLOSARIO DE TÉRMINOS Para efectos del Sorteo Tributario, se tendrá en cuenta las siguientes definiciones: - CONTRIBUYENTE PARTICIPANTE Se considera contribuyente participante al sujeto pasivo del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales administrado por la Municipalidad Distrital de Huaura, que al 30 de Diciembre del 2016, no registren deuda tributaria pendiente de pago por dichos conceptos en los registros de la Administración Tributaria Municipal. - CONTRIBUYENTE DEL IMPUESTO PREDIAL Y/O ARBITRIOS MUNICIPALES Persona natural o sociedad conyugal, y otros, que sean propietarios de inmuebles ubicados en el distrito de Huaura, registrados ante la Administración Tributaria. - CUENTA CORRIENTE Comprende la documentación y registros de deuda generados por cada una de las cuatro cuotas del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de cada ejercicio. Artículo 3º.- REGLAS PARA PARTICIPAR EN EL SORTEO La participación en el Sorteo Tributario "PAGANDO Y GANANDO HUAURA PROGRESANDO", comprendidos dentro de las presentes Bases y Ordenanza Municipal Nº 021-2016-MDH, tendrá en cuenta las siguientes reglas: - Participarán en el Sorteo, los Contribuyentes del Impuesto Predial, y de Arbitrios Municipales, de la Municipalidad Distrital de Huaura que al 30 de diciembre del 2016, no mantengan deuda pendiente de pago por los tributos mencionados que les corresponde. - No se considerarán contribuyentes participantes del Sorteo, aquellos contribuyentes que tengan suscrito convenio de fraccionamiento con la Administración Tributaria. - No podrán participar del sorteo los contribuyentes que tienen personería jurídica. - No están comprendidos los contribuyentes participantes del Sorteo, aquellos que se encuentren con algún proceso de Fiscalización o Cobranza Coactiva con la Municipalidad. - No podrán participar del sorteo: El Alcalde, los regidores, los funcionarios (Gerentes y Sub Gerentes), trabajadores por todo régimen ni sus conyugues, de la Municipalidad Distrital de Huaura, que a la fecha del sorteo tengan vínculo laboral con ésta - Se efectuará la publicación de los participantes aptos

antes del sorteo, pudiendo presentar las observaciones a la Administración Tributaria. Artículo 4º.- LUGAR Y FECHA DEL SORTEO El Sorteo de todos los bienes se realizará el día 30 de Diciembre del 2016 a partir de las 04:00 p.m; en el frontis del Palacio Municipal. Artículo 5º.- DE LOS BIENES QUE SE VAN A SORTEAR - (01) AUTOMOVIL Artículo 6º.- PROCEDIMIENTO DEL SORTEO El procedimiento del sorteo comprende las siguientes acciones: Orden del sorteo: Registro electrónico de todos los contribuyentes participantes con sus respectivas cuentas corrientes que hayan cumplido con los requerimientos para ser considerados Participantes. La relación de los contribuyentes, será publicada 24 horas antes del sorteo en la Municipalidad y en la página web de nuestra corporación edil. En un ánfora se colocarán las tarjetas y/o tickets conteniendo los códigos de los contribuyentes participantes, apellidos y nombres, documento de identidad y domicilio fiscal. La persona que se elija entre los asistentes al acto del sorteo, sacará al azar una tarjeta a la vez, siendo premiada la tercera tarjeta y las dos primeras tarjetas serán no premiadas; haciéndose alcance al Notario la tarjeta ganadora quien junto a un funcionario de la Municipalidad leerá el código, los nombres y apellidos consignados en ellas y se declarará su validez y será acreedor al premio en sorteo. Las tarjetas correspondientes a los ganadores se retirarán. El sorteo se realizará en presencia de un Notario Público, de un representante designado por la Municipalidad Distrital de Huaura, y un representante del público en general. Al inicio del sorteo, el Notario Público elaborará un Acta en la que se detallarán las incidencias del acto y en la que se especificarán los datos de los contribuyentes ganadores de los premios. Al final del acto el Notario Público, un representante designado por la Municipalidad Distrital de Huaura, el Sub Gerente de Rentas y Desarrollo Económico, un representante de los ganadores suscribirán el Libro de Actas. Artículo 7º.- ENTREGA DE LOS PREMIOS La Municipalidad Distrital de Huaura declarará a los ganadores de los sorteos, en mérito del acto público realizado y que consta en el Acta elaborada a la conclusión del sorteo. A los participantes ganadores que se encuentren al momento del sorteo "PAGANDO Y GANANDO HUAURA PROGRESANDO", se les hará la entrega del premio en forma inmediata debiendo suscribir el acta en señal de recepción y conformidad. La SubGerencia de Rentas y Desarrollo Económico de la Municipalidad Distrital de Huaura, procederá a notificar a los ganadores en el domicilio fiscal consignado en la tarjeta, el mismo que se ha tomado de la base de datos de la Administración Tributaria municipal, mediante una carta indicando la fecha, hora y lugar donde debe apersonarse para recoger los premios. La gestión de notificación a los ganadores deberá iniciarse dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la realización del sorteo. La Municipalidad Distrital de Huaura entregará los premios a los titulares ganadores debidamente identificados con documento de identidad, (Documento Nacional de Identidad, Carné de Extranjería, u otro, según corresponda) o poder suficiente. Si el ganador de uno de los sorteos fuera una persona natural que por algún motivo no pudiera acercarse personalmente a recoger su premio, podrá ser representado por tercero, con la exhibición

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