Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2016 (15/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Sábado 15 de octubre de 2016 /

El Peruano

Que, en el séptimo considerando de la precitada Resolución se señala que mediante Liquidación Nº 1542011-MDA/GDU-SGHUE; de fecha 06 de Diciembre del 2,011; correspondiente al déficit de los aportes de Aportes de Recreación Pública y Otros Fines para Zonificación "RDM" y del Aporte de Otros Fines parea la Zonificación "CZ" y por Derecho de Licencia de Habilitación Urbana, de acuerdo con lo estipulado en el Artículo II-XXI-4 del Reglamento Nacional de Construcciones ascendente a un monto total de S/. 18,784.37 Nuevos Soles, y mediante Recibo de Pago Nº 0009147690, de fecha 13/12/2011; pagado en la Tesorería de esta Entidad Edilicia acreditan la cancelación de dicha valorización, Que, en el octavo considerando de la precitada Resolución se señala que mediante Oficio Nº 2933-2011-EMILIMA-GG; de fecha 26 de Diciembre del 2,011; EMILIMA, comunica a esta entidad municipal que la Sra. Luz María Hinostroza Ospinal, ha cumplido con cancelar el pago de Aportes por Renovación Urbana correspondiente a la Zonificación Comercial CZ, con un área de 34.38 m2; la cual asciende a la suma de S/. 9,306.70 Nuevos Soles y mediante Recibo de Caja Nº 001147 de fecha 24/11/2011; se acredita la cancelación del Aporte de Renovación Urbana. Que, en el noveno considerando de la precitada Resolución se señala que mediante Oficio Nº 0163-2012-EMILIMA-GG; de fecha 20 de Enero del 2,012; EMILIMA, comunica a esta entidad municipal que la Sra. Luz María Hinostroza Ospinal, ha cumplido con cancelar el pago de Aportes por Renovación Urbana correspondiente a la Zonificación Residencial de Densidad Media RDM; con un área de 43.32 m2; la cual asciende a la suma de S/. 1,083.00 Nuevos Soles y mediante Recibo de Caja Nº 001130 de fecha 14/10/2011; se acredita la cancelación del Aporte de Renovación Urbana. Que, en el décimo considerando de la precitada Resolución se señala que mediante Resolución de Gerencia Administrativa Nº 165, de fecha 07 de Febrero del 2,012; emitida por el Servicio de Parques de Lima, se resuelve aprobar la valorización del Déficit del área de Aportes para Parques Zonales, para Zonificación de RDM y CZ; ascendente a la suma total de S/. 18,449.49 Nuevos Soles y mediante Recibo de Ingresos Nº 21-020360-SERPAR ­ LIMA; de fecha 20/02/2012; pagado en la tesorería de dicha institución, los administrados acreditan la cancelación del mencionado aporte reglamentario. Que, mediante Resolución de Sub Gerencia Nº 492-2015-MDA/GDU, de fecha 21 de Abril del 2015; se RESUELVE, Otorgar, la Revalidación de la Licencia de Habilitación Urbana otorgada con Resolución de Sub Gerencia Nº 492-2015-MDA/GDU-SGHUE, de fecha 21 de Abril del 2,016; mediante nuevo formulario FUHU, a doña LUZ MARIA HINOSTROZA OSPINAL hasta el 10 de Abril del 2,018, dentro de dicho plazo máximo deberán culminar las obras de Habilitación Urbana pendientes, Que, mediante Resolución de Sub Gerencia Nº 670-2016-MDA/GDU, de fecha 21 de Abril del 2015; se RESUELVE, Aclarar, que la Licencia de Revalidación será computada a partir de la emisión de la Resolución de Sub Gerencia Nº 492-2015-MDA/GDU-SGHUE, de fecha 21 de Abril del 2,015, Que, mediante Resolución Nº 030-16-RDPBT-LDS, emitida por LUZ DEL SUR (Fs, 22 al 24); de fecha 03 de Agosto del 2016; se resuelve dar conformidad al Expediente Técnico de la Obra, el cual reúne los requisitos establecidos por el numeral 12.4.1 de la Resolución Directoral Nº 0182002-EM/DGE, y proceder a la Recepción y Puesta de Servicio del Sub Sistema de Distribución Secundario e Instalaciones de Alumbrado Público en la Habilitación Urbana de la Parcela Nº 10634 ­Predio la Gloria Baja, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, Que, mediante Carta Nº 082-2016-ET-C; emitida por SEDAPAL (Fs, 25 y 26); de fecha 26 de Enero del 2016; se resuelve Recepcionar las Redes y Conexiones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado Ejecutadas para los Servicios a las Manzanas A y B de la Parcela Nº 10634 ­ Gloria Baja, ubicadas en el distrito de Ate, Que, el personal técnico de esta Sub Gerencia ha verificado que el predio a recepcionar cuenta viviendas edificadas de 1 o 2 niveles, así como los servicios básicos de agua y desagüe, electrificación domiciliario y público, restándole las obras de pavimentación de pistas y veredas, bermas y martillos, rampas para discapacitados,

por lo cual el presente trámite califica a una Recepción de Obra de Habilitación Urbana de Tipo Progresivo, Que, mediante Compra Venta y Adjudicación de Lote, suscrita entre la Sra. Luz María Hinostroza Ospinal en su calidad de "Vendedora" de uno de los Lotes del Programa de Vivienda (Fs, 60-61); se establece en la Cláusula Séptimo, que la Ejecución y Financiación de las Obras de Pistas y Veredas; serán asumidos exclusivamente por la Compradora, en su oportunidad, Que, mediante Informe Nº 145-2016-MDA/GDUSGHUE-RNLS, de fecha 29 de Septiembre del 2,016; emitido por el Área técnica de la Habilitaciones Urbanas, concluye por la procedencia de lo solicitado en su trámite de Recepción de Obras de Tipo Progresivo, al haber cumplido con la documentación y pagos establecidos para estos procedimientos de habilitación urbana, ESTANDO LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 3.6.1 DEL CAPÍTULO II DEL ARTÍCULO 79º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES LEY Nº 27972, LEY Nº 27444 LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL, LEY Nº 29090 LEY DE REGULACION DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES, POR EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES Y ORDENANZA Nº 273-MDA. SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECEPCIONAR; las Obras de Habilitación Urbana de Tipo Progresivo del predio en mención, para Uso Residencial de Densidad Media "RDM" y Comercio Zonal "CZ"; del terreno de 5,478.62 m2, constituido por la Unidad Catastral Nº 10634 del Predio Rústico Gloria Baja, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; ejecutadas conforme al Plano Nº 011-2012-SGHUE-GDU/MDA, Aprobado mediante Resolución de Sub Gerencia Nº 260-2012-MDA/GDUSGHUE, de fecha 27.03.2012; emitida por esta Entidad Municipal. Del Área Bruta del Terreno correspondiente a 5,478.62 m2, han cedido un Área de vías Públicas de 1,520.40 m2.; correspondiéndole un Área Útil Total de 3,958.22 m2, distribuido de la siguiente manera:
MANZANA A B 02 CANTIDAD DE LOTES 15 10 25 NUMERACION 1 AL 15 1 AL 10 TOTAL ÁREA (m2) 2,261.32 1,696.90 3,958.22

Artículo Segundo.- CONSIDERAR, de Tipo Progresivo la presente Habilitación Urbana, dejándose diferidas la ejecución de las obras de pavimentación de las pistas, veredas y bermas, aprobada mediante Resolución de Sub Gerencia Nº 260 de fecha 27 de Marzo del 2,012; debiendo ser ejecutado por los Compradores de los Lotes, según Minuta de Compra Venta, en un plazo máximo de 10 años contados a partir de la notificación de la presente Resolución. En caso que la Municipalidad ejecutara dichas obras, los adquirientes de los Lotes pagarán el derecho de mejora. Artículo Tercero.- INCORPORAR, en la jurisdicción del Distrito de Ate, el mencionado predio que se Recepciona como Urbano. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo máximo de 30 días calendario de notificados, por cuenta de los interesados. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución de Sub Gerencia, al Registro de Propiedad de Inmueble de la Oficina Registral de Lima y Callao ­ SUNARP; para los efectos de su Inscripción correspondiente; al SERPARLIMA, a EMILIMA, al MINISTERIO DE EDUCACIÓN, la Municipalidad Metropolitana de Lima para su conocimiento y fines respectivos. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL IVAN RIVERA VILLENA Subgerente de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones 1440823-1

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