Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2016 (28/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Viernes 28 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

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información señalada en el artículo 30 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192, a efectos de inscribir el bien inmueble expropiado a favor del beneficiario. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el bien inmueble expropiado y levante toda carga o gravamen contenido en la partida registral que se detalla en el Anexo que forma parte de la presente resolución, bajo responsabilidad y sanción de destitución; según lo previsto en el literal d) del numeral 28.1 del artículo 28 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192.

Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao AATE, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192, requiriéndole la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de expropiación; según lo previsto en el literal e) del numeral 28.1 del artículo 28 de la citada Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE TASACIÓN CORRESPONDIENTE A UN (01) PREDIO AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO LÍNEA 2 Y RAMAL AV. FAUCETT ­ AV. GAMBETTA DE LA RED BÁSICA DEL METRO DE LIMA Y CALLAO VALOR IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE SUJETO ACTIVO / DE LA No. SUJETO PASIVO AFECTACION: Total del Inmueble BENEFICIARIO TASACIÓN CODIGO: TE-144 (Régimen de Propiedad Exclusiva y Común) (S/) COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA TOTAL DE INMUEBLE (PRIMER PISO - ESCALERA) AFECTACION: WGS-84 VÉRTICE LADO DISTANCIA ESTE NORTE PRIMER PISO - ESCALERA En la Partida electrónica del inmueble no se consignan linderos, A A-B 1.20 279984.8488 8665794.4948 ni colindancias. B B-C 4.25 279985.0133 8665793.3062 C C-D 1.20 279980.8036 8665792.7227 SEGUNDO PISO D D-A 4.25 279980.6390 8665793.9114 Por el Frente: COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL Con la Calle Prolongación Cangallo con 20.00 ml. INMUEBLE (SEGUNDO PISO) Por la Derecha: WGS-84 Entrando con la Avenida 28 de julio con 5.70 ml. VÉRTICE LADO DISTANCIA Por la Izquierda : ESTE NORTE Con la casa signada con el número 383 por la Calle Prolongación A A-B 20.00 279984.5708 8665807.0758 Cangallo con 5.70 ml. MINISTERIO DE B B-C 5.70 279987.3136 8665787.2647 TRANSPORTES Y LUCIA KUAN Por el Fondo: 1 C C-D 20.00 279981.6675 8665786.4830 460,684.48 COMUNICACIONES SALAZAR Con la casa signada por la Avenida 28 de julio con el número D D-A 5.70 279978.9246 8665806.2941 2005 con 20.00 ml. - AATE Partida Registral Nº 47022134 del Registro de Predios de Lima de la Zona Registral No. IX Sede Lima, Oficina Registral Lima. El Área Registral, que corresponde al predio materia de afectación es el siguiente: Área Registral: 114.00 m2 Área de la Escalera: 5.10 m2 Certificado de Búsqueda Catastral: Expedido el 27.05.2015 (Informe Técnico N° 10809-2015-SUNARP-Z.R.N°IX/OC del 21.05.2015, emitido por la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX Sede - Lima )

1447325-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 783-2016 MTC/01.02 Lima, 30 de setiembre de 2016 VISTA: La Nota de Elevación Nº 114-2016-MTC/33.1 de fecha 21 de junio de 2016, de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, en su Quinta Disposición Complementaria Final, declara de necesidad pública la ejecución de la obra: Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Líneas 1 y 2, y Línea 4: Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta, y, en consecuencia, autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su ejecución; Que, el Decreto Legislativo Nº 1192, que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 de la Constitución Política del Perú; Que, la Ley en su artículo 12, establece que el valor de la Tasación es fijado por la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, salvo lo dispuesto en

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