Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2016 (01/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Jueves 1 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Que, mediante correo electrónico de fecha 10 de agosto de 2016, el Asesor de Jefatura Nacional, comunica que el SENASA será representado en la reunión por la Ing. Vilma Aurora Gutarra García, Directora (e) de Cuarentena Vegetal y por la Ing. Cecilia Felícitas Lévano Stella, Especialista de la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria; Que, a través del Oficio RE (DPE-PCO) N° 2-9-B/464 del 23 de agosto de 2016 el Director de Promoción de Inversiones del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, comunica la aceptación del Departamento de Agricultura de Tailandia para sostener la reunión técnica con las representantes del SENASA en la ciudad de Bangkok el 8 de setiembre de 2016; Que, de acuerdo a los documentos antes mencionados, se advierte que el tema central de la reunión en Tailandia, a cargo de las Representantes del SENASA con el DOA de Tailandia, versará en el acceso de la palta peruana al mercado Tailandés, incluyendo el sistema de monitoreo de plagas que conduce el SENASA en las zonas de producción de palta para exportación; Que, conforme con lo anterior se advierte que la reunión a llevarse a cabo, en la ciudad de Bangkok se encuentra en el marco del "Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio" y los demás Acuerdos celebrados por el Perú, en este sentido las actividades a desarrollarse se encuentran vinculadas a promover el adecuado manejo del estatus fitosanitario en el país que incluye acciones para el manejo de la producción de la palta Hass y demás condiciones fitosanitarias que desarrolla el SENASA a nivel nacional a fin de asegurar la competitividad de ese y otros productos peruanos de exportación a Tailandia, lo que constituye en suma acciones de promoción en materia de sanidad agraria de importancia para el Perú dentro del marco de dicho acuerdo; Que, en el artículo 10°, numeral 10.1, inciso a) de la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos, exceptuándose los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, mediante el Informe-0029-2016-MINAGRISENASA-DSV-MPACHECO de fecha 24 de agosto de 2016, se concluye que la reunión bilateral de promoción, a efectuarse con el Departamento de Agricultura (DOA) de Tailandia, se encuentra dentro de los parámetros del "Protocolo entre la República del Perú y el Reino de Tailandia para Acelerar la Liberalización del Comercio de Mercancías y la Facilitación del Comercio" y vinculado con acciones de promoción en sanidad agraria de importancia para el Perú de productos vegetales que como la palta Hass y otros que se desea que ingresen adecuada y técnicamente como materia de exportación a dicho país; Que, en este sentido, la asistencia y participación de las profesionales del SENASA, en la mencionada reunión bilateral, se encuentra subsumida en la excepción establecida por el artículo 10°, numeral 10.1, inciso a) de la Ley N° 30372, en razón a que el viaje se efectuará en el marco de la actividades relacionadas en el marco de los acuerdos citados vinculados al comercio y promoción de los productos vegetales y condiciones fitosanitarias de acceso de Perú a Tailandia, lo que es de especial importancia para el país, por lo que, resulta conveniente autorizar el referido viaje, el cual se realizará con cargo al presupuesto institucional; por lo que resulta necesaria la participación de los profesionales del SENASA; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 0562013-PCM; y la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 y con el visado de los Directores Generales de la Dirección de Sanidad Vegetal, de la Oficina de Planificación y Desarrollo

Institucional y de las Directoras Generales de la Oficina de Administración, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de las ingenieras Vilma Aurora Gutarra García y Cecilia Felicitas Lévano Stella de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA, del 05 al 10 de setiembre de 2016, a la ciudad de Bangkok -Tailandia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria, de acuerdo al siguiente detalle: Ing. VILMA AURORA GUTARRA GARCÍA Pasaje aéreo (incluye TUUA) Viáticos Total: US$ 2,453.55 US$ 1,500.00 US$ 3,953.55

Ing. CECILIA FELICITAS LEVANO STELLA Pasaje aéreo (incluye TUUA) Viáticos Total: US$ 2,453.55 US$ 1,500.00 US$ 3,953.55

Artículo 3º.- La presente Resolución Jefatural no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Las profesionales cuyo viaje se autoriza deberán presentar al Titular del Pliego un informe sobre la comisión encomendada, dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno al país. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1422931-1

Prorrogan a favor del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Olmos - Tinajones del Gobierno Regional de Lambayeque, la reserva de recursos hídricos proveniente de los ríos Huancabamba, Tabaconas, Manchara, Chotano y Chunchuca, así como de los afluentes de estos ríos con excepción del río Paltic, afluente del río Chotano, localizados en la vertiente del Atlántico, prorrogada mediante Resolución Jefatural Nº 274-2014ANA
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 224-2016-ANA Lima, 31 de agosto de 2016 VISTO: El Oficio Nº 799/2016-GR.LAMB/PR mediante el cual el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Lambayeque solicita prórroga de reserva de recursos hídricos; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 15º inciso 5 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece que es función de la Autoridad Nacional del Agua, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación;

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