Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2016 (01/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Gastos de Traslado (Ida) (Equipaje, bagaje e instalación) YUAN ¥ 32,613.73 x 03 personas = YUAN ¥

NORMAS LEGALES
97,841.19

Jueves 1 de setiembre de 2016 /

El Peruano

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Aceptan renuncia de Jefa de la Oficina General de Administración del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2016-MIDIS Lima, 31 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, conforme al artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 299-2014-MIDIS se designó a la señora Aída Mónica La Rosa Sánchez Bayes de López como Jefa de la Oficina General de Administración del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo de Jefa de la Oficina General de Administración, habiéndose considerado pertinente aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y el Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Aída Mónica La Rosa Sánchez Bayes de López, al cargo de Jefa de la Oficina General de Administración del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1422999-1

40% de la Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero YUAN ¥ 13,045.49 / 30 x 26 días x 03 personas = YUAN ¥ 33,918.27 YUAN ¥ 13,045.49 x 03 meses x 03 personas = YUAN ¥ 117,409.41 -------------------------------Total a pagar = YUAN ¥ 249,168.87

Artículo 3º.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducido por la Fuerza Aérea del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 4º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; en el Decreto Supremo Nº 262-2014EF de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior; y en la Resolución Ministerial N° 1017-2015-DE/SG del 06 de noviembre de 2015, con cargo al presupuesto institucional del año fiscal correspondiente. Artículo 5º.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa ­ Fuerza Aérea del Perú del Año Fiscal correspondiente. Artículo 6º.- Los gastos de pasajes aéreos de ida y vuelta serán asumidos por la Organización para la Cooperación Espacial Asia ­ Pacífico (APSCO) y el gasto de alojamiento será asumido por el Gobierno de la República Popular China. Artículo 7º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 8º.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 9º.- El personal designado, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 11º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1423003-20

Designan Jefe de la Oficina General de Administración del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 195-2016-MIDIS Lima, 31 de agosto de 2016 VISTOS: El Memorando N° 2906-2016-MIDIS/SG, emitido por la Secretaría General; y el Informe N° 039-2016/MIDIS/ SG/OGRH, emitido por la Oficina General de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Decreto Supremo N° 005-2016-MIDIS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose que la Oficina General de Administración, dependiente de la Secretaría General, es el órgano de apoyo responsable de gestionar los Sistemas Administrativos de Abastecimiento, Contabilidad y Tesorería, así como los bienes estatales, para asegurar una eficaz y eficiente gestión institucional; Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe/a de la Oficina General de Administración, por lo que resulta

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