Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2016 (05/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Lunes 5 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Gastos de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalación) 3,832.05 x 2 compensaciones 7,664.10 TOTAL A PAGAR EN EUROS: 16,811.57

CONSIDERANDO: Que, mediante carta del mes de mayo de 2016, el Director del Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz, otorga tres (03) vacantes para que Personal Militar de la Fuerza Aérea del Perú, participe en el "Curso de Francés Técnico Intermedio", que se dictará en dicho centro de estudios del 05 al 16 de setiembre de 2016; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participe en el "Curso de Francés Técnico Intermedio", que se desarrollará en el Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz, ubicado en la ciudad de Buenos Aires ­ República Argentina del 05 al 16 de setiembre de 2016; por cuanto, permitirá capacitar al personal designado en prácticas lingüísticas que incluyan términos técnicos frecuentemente utilizados en las comunicaciones orales y escritas en el marco de las Operaciones de Mantenimiento de la Paz; redundando en beneficio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, los gastos de instrucción, alojamiento, alimentación y transporte interno del personal que participará en el citado curso, serán asumidos por el Gobierno de la República Argentina; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado, resulta necesario, autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 0022015-DE de fecha 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participe en el "Curso de Francés Técnico Intermedio", que se desarrollará en el Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz, ubicado en la ciudad de Buenos Aires ­ República Argentina del 05 al 16 de setiembre de 2016; así como, su salida del país el 04 de setiembre de 2016 y retorno el 17 de setiembre de 2016:
Coronel FAP NSA: O-9500784 Técnico de 1ra. FAP NSA: S-60575388 Suboficial de 3ra. FAP NSA: S-61078911 DANIEL IVAN TAIPE DOMINGUEZ DNI: 09462459 JORGE ENRIQUE SANTA CRUZ ZAVALA DNI: 09263961 NORMA LUCIA TACO BACA DNI: 46058765

Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, de fecha 26 de enero de 2004 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014. Artículo 4.- El pago por gastos de traslado y pasajes aéreos de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducida, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 6.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 7.- El Oficial Subalterno designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El mencionado Personal Naval, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 9.- El citado Oficial Subalterno, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 11.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1424157-14

Autorizan viaje de Personal Militar FAP a Argentina, en misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 292-2016-DE/FAP Lima, 2 de setiembre de 2016 Visto, la Carta del mes de mayo de 2016 del Director del Centro Argentino de Entrenamiento Conjunto para Operaciones de Paz y el Oficio NC-50-COAI-N° 1815 de fecha 20 de julio de 2016 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú.

Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2016, de acuerdo a los conceptos siguientes:

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