Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2016 (05/09/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

598346

NORMAS LEGALES

Lunes 5 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Final de la Ley N° 30025 y el Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación de un (1) inmueble afectado por el Proyecto de la Línea 2 y Ramal Av. Faucett ­ Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao, y el valor de la Tasación del mismo, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao ­ AATE, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los cinco (5) días hábiles de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192, a efectos de inscribir el bien inmueble expropiado a favor del beneficiario.

Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el bien inmueble expropiado cuya partida registral se detalla en el Anexo que forma parte de la presente resolución, bajo responsabilidad y sanción de destitución; según lo previsto en el literal d) del numeral 28.1 del artículo 28 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192, requiriéndole la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de expropiación; según lo previsto en el literal e) del numeral 28.1 del artículo 28 de la citada Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE TASACIÓN CORRESPONDIENTE A UN PREDIO AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO LÍNEA 2 Y RAMAL AV. FAUCETT ­ AV. GAMBETTA DE LA RED BÁSICA DEL METRO DE LIMA Y CALLAO SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE CODIGO: EST15-COFOPRI-P08
LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA TOTAL DE AFECTACION: PRIMER PISO - ESCALERA Por el Frente: Colinda con Prolongación Huamanga, en línea recta de 01 tramo: A-B de 1.20 ml. Por la Derecha: Colinda con Predio TE-156, en línea recta de 01 tramo: D-A de 4.25 ml. Por la Izquierda : Colinda con Predio TE-156, en línea recta de 01 tramo: B-C de 4.25 ml. Por el Fondo: Colinda con Predio TE-156, en línea recta de 01 tramo: C-D de 1.20 ml. SEGUNDO PISO MINISTERIO DE JOSÉ Por el Frente: TRANSPORTES Y MERCEDES Colinda con la Av. 28 de Julio, en línea recta de 01 tramo: B-C de 5.70 ml. 1 COMUNICACIONES ORTEGA Por la Derecha: - AATE MORALES Colinda con Prolongación Huamanga, en línea recta de 01 tramo: A-B de 20.00 ml. Por la Izquierda : Colinda con el Predio TE-154, en línea recta de 01 tramo: C-D de 20.00 ml. Por el Fondo: Colinda con la Propiedad de Terceros, en línea recta de 01 tramo: D-A de 5.70 ml. Partida Registral Nº 47022126 del Registro de Predios de Lima de la Zona Registral No. IX Sede Lima, Oficina Registral Lima. Área Registral: 114 m2 Área de la Escalera: 5.10 m2 Informe Técnico N° 13952-2014-SUNARP-Z.R. N° IX/OC, emitido por la Zona Registral N° IX - Sede Lima, Oficina Lima



AFECTACION: Total del Inmueble (Régimen de Propiedad Exclusiva y Común)
COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE (PRIMER PISO - ESCALERA) VÉRTICE LADO DISTANCIA A B C D A-B B-C C-D D-A 1.20 4.25 1.20 4.25 WGS-84 ESTE NORTE

VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

280030.1665 8665800.7693 280030.3310 8665799.5806 280026.1212 8665798.9978 280025.9566 8665800.1864

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE (SEGUNDO PISO) VÉRTICE LADO DISTANCIA A B C D A-B B-C C-D D-A 20.00 5.70 20.00 5.70 WGS-84 ESTE NORTE S/ 280,694.89

280028.4522 8665813.1512 280031.1950 8665793.3401 280025.5489 8665792.5584 280022.8060 8665812.3695

1424217-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.