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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2016 (09/09/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 54

598840 NORMAS LEGALES Viernes 9 de setiembre de 2016 / El Peruano de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SINANPE y en su autoridad técnica normativa; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2004-TR que reglamenta la Ley N° 27736, se dispone la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del Sector Público y Privado por parte del Instituto de Radio y Televisión del Perú a través del Canal 7 y Radio Nacional del Perú; Que, el Decreto Supremo N° 012-2004-TR, en su artículo 1, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a través de su programa Red CIL Proempleo proporcionará diariamente al Instituto de Radio y Televisión del Perú la información vinculada con la oferta de trabajo del sector público y privado, en cumplimiento del artículo 1° de la Ley N° 27736, la misma que será difundida por Canal 7 y Radio Televisión del Perú; Que, el artículo 2 del reglamento antes citado establece que todo organismo público y empresa del estado está obligado a remitir al programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar, con excepción de los clasi fi cados como de con fi anza conforme a la normativa legal vigente; Que, asimismo, el acotado artículo establece la obligación de los organismos públicos y empresas del Estado de designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Entidad al programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo mediante resolución del titular de la entidad, publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, con Memorándum N° 1053-2016-SERNANP- OA de fecha 22 de agosto de 2016, la O fi cina de Administración ha considerado que el señor Ángel Daniel Bautista Pastor, en su calidad de Responsable (e) de la Unidad Operativa Funcional de Recursos Humanos, sea designado como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo del SERNANP a la Dirección General de Servicio Nacional del Empleo; Que, en tal sentido, es necesario o fi cializar la mencionada designación de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto Supremo N° 012-2004-TR; Con las visaciones de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Ofi cina de Administración y la Secretaría General, y; De conformidad con las atribuciones conferidas en el Artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar al señor Ángel Daniel Bautista Pastor, Responsable (e) de la Unidad Operativa Funcional de Recursos Humanos del SERNANP, como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo del SERNANP a la Dirección General de Servicio Nacional del Empleo. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del SERNANP y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese.PEDRO GAMBOA MOQUILLAZA Jefe 1425473-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Designan Responsable de Remitir las Ofertas de Empleo de SUSALUD, al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 146-2016-SUSALUD/S Lima, 8 de septiembre de 2016VISTO: El Informe N° 00416-2016/OGPER de la O fi cina General de Gestión de las Personas; y CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 9, 11 y 13 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, en armonía con el Decreto Legislativo N° 1158 que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, se crea la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud, registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS - UGIPRESS, en el ámbito de su competencia; Que, el artículo 1 de la Ley N° 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, dispone que el Instituto de Radio y Televisión del Perú, mediante Radio Nacional del Perú y Canal 7 programará en horario que considere conveniente, los avisos de servicio público en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 012-2004- TR, que dicta disposiciones reglamentarias de la Ley N° 27736, antes acotada, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de su programa “Red CIL Proempleo”, proporcionará diariamente al Instituto de Radio y Televisión del Perú la información vinculada con la oferta de trabajo del sector público y privado, a efectos de dar cumplimiento al artículo 1 de la Ley antes mencionada. El Instituto de Radio Nacional y Televisión Nacional del Perú, podrá disponer de otras fuentes de información, además de la proporcionada por la “Red CIL Proempleo”; Que, complementariamente, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 012-2004-TR, dispone que todo organismo público y empresa del Estado está obligada a remitir al Programa “Red CIL Proempleo” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar. Los organismos públicos y empresas del Estado remitirán con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso los puestos de trabajo vacantes a ofertar y designarán al responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, por medio de Resolución del Titular de la Entidad publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, de conformidad con los artículos 6 y 35 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 10 de junio de 2014, se considera en la estructura orgánica de SUSALUD a la O fi cina General de Gestión de las Personas, como órgano de apoyo dependiente de la Secretaría General, responsable de gestionar en la entidad, el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 078-2015-SUSALUD/S de fecha 15 de abril de 2015 se designó al señor Abogado CESAR AUGUSTO GARCÍA CÉSPEDES en su calidad de Director General de la O fi cina General del Gestión de las Personas, como Responsable de Remitir las Ofertas de Empleo de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD, al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en concordancia con lo dispuesto por el Artículo 2 del Decreto Supremo N° 012-2004-TR; Que, como consecuencia de la renuncia formulada por el servidor citado en el párrafo precedente, la que fue aceptada mediante Resolución de Superintendencia N° 138-2016-SUSALUD/S de fecha 01 de setiembre de 2016, se encargó transitoriamente las funciones de